Tras el aumento dispuesto por la Res. 97/2024, la AFIP difundió los valores actualizados para los trabajadores autónomos, vigentes a partir de Mayo 2024.

Autónomos - VALORES desde MAYO 2024
(Vigente desde las 00:00 hs del día 15/05/2024)

Tabla / Categoría Actividad Ingresos brutos Aportes
2024 2023
Desde Hasta Mayo Abril Marzo Diciembre
I III Personas humanas que realicen la dirección, administración o conducción de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo.   $ 15.000 68.307,98 61.533,18 $ 48.299,20 $ 37.977,04
IV $ 15.001 $ 30.000 109.292,72 98.453,04 $ 77.278,67 $ 60.763,23
V $ 30.001   150.276,88 135.372,39 $ 106.257,76 $ 83.549,12
II I Profesiones, oficios, productores de seguro y demás locaciones y prestaciones de servicios.   $ 20.000 34.154,28 30.766,86 $ 24.149,81 $ 18.988,68
II $ 20.001   47.815,26 43.072,94 $ 33.809,22 $ 26.583,74
III I Otros sujetos que no realicen prestaciones de servicios ni sean directores o administradores de sociedades (no incluidos en las tablas I y II).   $ 25.000 34.154,28 30.766,86 $ 24.149,81 $ 18.988,68
II $ 25.001   47.815,26 43.072,94 $ 33.809,22 $ 26.583,74
IV I Afiliados voluntarios: miembros de consejos de administración de cooperativas que no perciban retribución alguna, titulares de condominios y de sucesiones indivisas que no ejerzan la dirección, administración o conducción de la explotación común, miembros religiosos, profesionales universitarios que aporten en cajas especiales, amas de casa, etc. 34.154,28 30.766,86 $ 24.149,81 $ 18.988,68

Dependientes - Topes a la base imponible

Con el nuevo aumento, las bases imponibles máxima y mínima para el cálculo de los aportes y contribuciones a la seguridad social, desde el período devengado Mayo 2024, son las siguientes:

  • Límite mínimo: $ 64.039,66 ( antes de $ 57.688,19  ).
  • Límite máximo: $ 2.081.258,67 (antes $  1.874.838,91 ).
Concepto Tope mínimo Tope máximo
Aportes del trabajador Contribuciones patronales Aportes del trabajador Contribuciones patronales
Jubilación - SIPA (Ley 24241) $ 64.039,66 $ 64.039,66 $ 2.081.258,67 Sin límite
Instituto de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (Ley Nº 19.032) $ 64.039,66 $ 64.039,66 $ 2.081.258,67
Asignaciones familiares (Ley 24714) No corresponde $ 64.039,66 No corresponde
Fondo Nacional de Empleo (Ley 24013) $ 64.039,66
Obra social (Ley 23660) $ 128.079,32 (1) o Remuneración Jornada completa (2) $ 2.081.258,67
ANSSAL (Ley 23661) $ 2.081.258,67
Riesgos del trabajo (Ley 24557) No corresponde 64.039,66 No corresponde $ 2.081.258,67

(1) 2 bases mínimas según lo dispuesto por el Decreto 921/2016 ( Hasta julio de 2016 eran 4, según lo establecía el derogado Decreto 488/2011 ).

(2) Según el art. 92 ter de la LCT, en caso de jornada parcial.

Comentarios

0 #1616 Alejandro 10-01-2013 16:56
Buenas tardes Doctor, queria hacerle una consulta: En el caso de estar cobrando como socio gerente de una empresa un sueldo, eso me incluye dentro del regimen en la categoria 5, ya que calculo que nadie cobra menos de 2500 pesos mensuales para hacer un ingreso bruto anual menor a 30000 pesos, esto es asi? O deberia aportar por otro lado, ya que no tengo deducciones como empleado comun... Pregunto porque me resulta un poco ilogico la tabla de categorias con los precios actuales... Gracias!!
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0 #2392 Cra Moyano 15-03-2013 07:34
Alejandro, los ingresos en concepto de sueldos no integran el monto a computar para el calculo de los limites de categoria, solo los honorarios votados en asamblea o reunion de socios. slds
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0 #1618 Cdor. Jorge Vega 10-01-2013 18:18
Alejandro: es como comentas. Los límites de ingresos siguen vigentes y no se actualizan desde hace varios años. Saludos.
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0 #1341 Christian 18-12-2012 08:03
Hola, puedo estar realizando 2 actividades diferentes puedo inscribirme en 2 categorias del monotributo (serian B y D) o debo unificarlas en un total.
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0 #1342 Cdor. Jorge Vega 18-12-2012 08:06
Debes sumar ambos ingresos.
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-1 #841 gustavo 16-11-2012 07:08
para darse de baja de autónomos que hay que hacer ?? la inscripción fue para ser parte de una SRL que ya no esta , genero deuda al inscripto o solo en cabeza de socio por la sociedad ???
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0 #873 Cdor. Jorge Vega 16-11-2012 12:50
Para tramitar la baja: http://www.afip.gob.ar/genericos/guiaDeTramites/categoria_list_detail.aspx?id_padre=739 Saludos.
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0 #816 Carolina Caceres Denis 13-11-2012 22:35
Contador, tengo una empleada que cuida a mi madre de lunes a viernes con cama adentro según lo que he leído, lcorresponderia pagar $95 por mes porque excede las 16 hs semanales, la pregunta es cunato me puedo deducir de ganancias en mi trabajo en relación de dependencia. Desde ya muchas gracias!!!!
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0 #872 Cdor. Jorge Vega 16-11-2012 12:49
Hasta $12,960 por año. Saludos.
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0 #701 Romina 06-11-2012 16:20
Hola: Mi consulta es la siguiente: cuál es la resolución de la afip, referida a Autonomos, que me indica que los períodos adeudados deben ser reajustados a los valores actuales? Y en el caso de que se hayan pagado varios periodos juntos en forma tardía, si en el medio hubo un aumento, porque esa diferencia se reajusta a valores actuales? esto a generado una deuda importante en varios contribuyentes.
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0 #1569 Carlos Peano 07-01-2013 14:25
Hola Cristian, no se cual es la resolución, pero el cálculo es automático y no perdona. Revisando, yo tengo un periódo pago en término y al valor que corresponde y me genera deuda igual desde el 03 2008.... Contador: donde puedo reclamar esta situación por web? Gracias y Felicitaciones por su página.
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0 #620 ruben 31-10-2012 10:55
estoy inscripto en monotributo cat. D, me inscribi para completar los aportes y poder jubilarme, el tema es que a mediados del año que viene me quiero comprar una camioneta que cuesta $ 200.000.- puedo? tendre algun problema? de todas maneras a lo largo de mi carrera he ahorrado lo suficiente como para poder justificar. gracias
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0 #871 Cdor. Jorge Vega 16-11-2012 12:44
Mientras puedas justificar la compra ante un requerimiento de la AFIP, no hay problema. Saludos.
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0 #497 cristian oscar castelnuovo 16-10-2012 06:53
Hola Cdor. mi consulta es la siguiente: reciente mente me he dado de baja del monotributo, para darme de alta en autonomos, iva y ganacias para poder ofrecer mis servicios a empresas que me exigen fact A. Como sé en que categoria registrarme en autonomos? Uds me podría indicar. Y que otras recomendaciones y/o ayuda me aconseja... Muchas Gracias!!!
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0 #713 Estudio de Gestion 07-11-2012 10:37
Mira Victor, podes hacerlo en categoría I o II dependiendo si esperás facturar más de 25.000 o menos anuales. Cualquier consulta qudo a tu disposición. Vaness a
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+1 #407 maria 26-09-2012 06:33
hola si soy ama de casa me puedo inscribir a un monotributo como hago gracias
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0 #239 Victor 22-08-2012 06:38
Consulta: voy a facturar a una empresa extranjera en forma mensual un valor fijo que supera el maximo del monotributo. Soy independiente, unipersonal, cual seria la figura mas conveniente en cuanto a lo impositivo? Gracias
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0 #714 Estudio de Gestion 07-11-2012 10:40
quedas excluído. A partir de esa factura debes darte de baja y optar por el régimen general.
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0 #284 Cdor. Jorge Vega 02-09-2012 08:28
Si superas los límites del monotributo, no te queda otra que ser responsable inscripto en IVA, pagar ganancias y autónomos.
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