La normativa aplicable es la establecida por la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 y el Decreto 484/87. En forma directa influye en el monto del embargo, como explicaré a continuación, la determinación del salario mínimo establecida por el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil.

Según el Art. 120 de la ley laboral "el salario mínimo vital es inembargable en la proporción que establezca la reglamentación, salvo por deudas alimentarias".

Dicho artículo está reglamentado por el decreto 484/87. Pero, previo a su tratamiento, considero oportuno exponer algunas consideraciones sobre el salario mínimo.

Salario Mínimo, Vital y Móvil

La Ley de Contrato de Trabajo define al salario mínimo vital como sigue.

Salario Mínimo Vital

Es la menor remuneración que debe percibir en efectivo el trabajador sin cargas de familia, en su jornada legal de trabajo, de modo que le asegure alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte y esparcimiento, vacaciones y previsión.

Hay que tener presente que el salario mínimo es un derecho constitucional según su artículo 14 bis.

A su vez, la ley establece que todo trabajador mayor de 18 años tendrá derecho a percibirlo y que los subsidios o asignaciones familiares no lo integran y deben ser abonadas aparte.

El artículo 119 dice que :"por ninguna causa podrán abonarse salarios inferiores a los que se fijen de conformidad al presente capítulo, salvo los que resulten de reducciones para aprendices o para trabajadores que cumplan jornadas de trabajo reducida, no impuesta por la calificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 200."

La Ley 24.013 amplia el alcance del salario mínimo a los empleados públicos nacionales (Art. 140).

Evolución del Salario Mínimo Vital y Móvil
Vigente desdeResoluciónSalario mínimo
MesHora
12-agosto-2010 2/2010 $1.740 $8,70
1-enero-2011 2/2010 $1.840 $9,20
1-agosto-2011 2/2011, 3/2011 $2.300 $11,50
1-septiembre-2012 2/2012 $2.670 $13,35
1-febrero-2013 $2.875 $14,38
1-agosto-20134/2013$3.300$16,50
1-enero-2014$3.600$18,00

Nota (1): para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo, con excepción de los trabajadores a tiempo parcial (Art. 92 ter) y los trabajadores a jornada reducida (Art. 198) que lo percibirán en su debida proporción.

Límites al monto de los embargos

El Decreto 484/87 se encarga de establecer ciertos límites a los acreedores en cuanto a sus pretensiones sobre la remuneración de su deudor. Dicho límite se establece teniendo el carácter de subsistencia del salario mínimo del trabajador y de su grupo familiar.

Para realizar los cálculos que siguen se debe tomar la remuneración bruta, es decir sin deducciones de aportes u otros conceptos.

La remuneración mensual devengada o cada cuota del sueldo anual complementaria (SAC) es:

  1. Inembargable si no supera a un salario mínimo.
  2. Embargable, y solamente en lo que exceda al salario mínimo, en:
    • un 10% si el excedente no supera un salario mínimo.
    • un 20% si el excedente supera un salario mínimo.

El segundo punto es también aplicable a las indemnizaciones, pero sobre el total y no sobre el excedente.

El juez resuelve el embargo y le ordena al empleador retener la parte del salario para ir pagando la deuda correspondiente.

Ejemplos: salario mínimo = $2.300 (desde 01/08/2011) en jornada completa.

  • Remuneración bruta: $3.500, Embargo = $  120 = ($3.500-$2.300)*10%
  • Remuneración bruta: $2.300, Embargo = $ 0
  • Remuneración bruta: $5.000, Embargo = $ 540 = ($5.000-$2.300)*20%

Las retenciones por cuotas alimentarias no se rigen por el procedimiento anterior, sino que su importe lo establece el juez. Este debe tener en cuenta el nivel de vida del alimentante, cantidad de hijos, etc.

Comentarios

0 #18988 Cristian0707 07-08-2017 18:55
Hola tengo un sueldo de 16000 y tengo el 40% embargado quería saber si tengo otras cuentas cuanto más me pueden embargar?
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+2 #19025 rod 15-08-2017 17:08
No, no se te debe embargar mas del 20% del excedente del sueldo MVM, deberás ver a tu abogado para que los embargos no importa cuantos sean, en cantidad o importes, no excedan ese porcentaje.
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+2 #18959 Vikoma 01-08-2017 01:14
Hola si tengo un sueldo de 16000 y un embargo de 45000 me pueden descontar 3780 por mes???
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0 #18932 Gustavo Greco 26-07-2017 17:46
Hola tenia un negocio y me fundi, ahora estoy trabajando en relación de dependencia y la empresa en la que trabajo me adeudaban 26000, me los depositaron y me embargaron el total del dinero, que puedo hacer? Muchas gracias
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+1 #18916 Nattalia22 24-07-2017 16:25
Hola... Tengo una deuda de 86 mil... mi ultimo bruto fue de 24 mil y me embargaron el 20%... del sac un 20%... yo alquilo y soy el unico ingreso en mi familia... se puede arreglar un porcentaje menor de embargo? Muchas gracias...
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+1 #18896 Mirtaviviana more 19-07-2017 04:09
Mi pareja tiene embargado el 30% del sueldo x cuota de alimento, puede a su vez ser embargado x otro acreedor o entidad? Espero su respuesta , gracias.
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+3 #18895 ezequiel duarte 18-07-2017 04:13
Te hago una consulta si mi recibo de sueldo es por media jornada es de $6678 tengo enbargos con varias entidades de tarjetas de credito de cuanto es el descuento? gracias espero tu respuesta
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0 #19329 BLAS EDUARDO 29-09-2017 08:32
Me dijo un estudio de abogados que mi deuda con una tarjeta de credito va a pasar a la justicia para realizarme un embargo de sueldo, tengo deuda de varias tarjetas, cuanto en porcentaje me pueden afectar del sueldo, mi sueldo es alrededor de $ 35000, que norma legal debo ver para interiorisarme o debo consultar a un profesional. gracias
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0 #22640 valmar 27-05-2019 14:11
hola buenas tardes queris consultar porque tengo un embargo de sueldo por tarjeta de credito que no me llego todavia, y un embargo por una financiera que pague algunas cuotas y luego hicimos un acuerdo con abogados de pagar pero se me esta haciendo muy dificil sostenner el pago . si no pago va a embargo pueden embargarme las dos deuda s juntas ?
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0 #18857 Vaninav 10-07-2017 20:48
Hola tengo embargado por la afip el 20% de mi sueldo (11.000) que me descuentan todos los meses.
Pero actualmente estoy por cambiar de trabajo (un puesto para informatica de un banco) y mi consulta es ¿Pueden rechazar mi solicitud laboral por ese embargo? Representa un inconveniente para una empresa contratarme?
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+1 #18845 JESSIGRACIELA 08-07-2017 09:39
Buenos días, te hago una consulta, tengo una deuda con el Banco ITAU, ya me llamaron de un estudio y me dicen que va a proceder a un embargo, mi sueldo bruto es de $8808.45, ya que estoy en jornada reducida, pueden hacerlo siendo tan poca mi remuneración mensual? De cuánto seria el embargo? Desde ya muchas gracias. Aguardo respuesta.
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0 #18835 Patto 06-07-2017 14:19
Hola buenas tardes mis sueldo básico es de $6250 y tengo una deuda de 35.000 cuanto me embargan del sueldo. Esperó urgente una respuesta gracias saludos
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0 #18797 gauna gabriela aleja 01-07-2017 17:18
mi recibo llego con un embargo de 5000 pesos y deso saber de donde es soyde santa fe provincia de santa fe y trabajo en el ministerio solicito respuesta
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