• SIRADIG - F 572 Web: se publicó la resolución que prorroga el plazo de presentación

    La AFIP oficializó la prórroga para la presentación del formulario 572 web hasta el 21 de abril de 2017 ( vencia el 31/03 ) para el período fiscal 2016. La novedad se dio a conocer mediante la publicación de la Resolución 4023-E/2017. Asimismo, se extiendió el plazo para que los agentes de retención realicen las liquidaciones anuales correspondientes hasta el 31 de mayo de 2017, inclusive.

  • Empleados de Comercio: Acuerdo abril 2017 ( TEXTO COMPLETO + PUNTOS CLAVES )

    Se difundió el texto del nuevo acuerdo para empleados de comercio el cual establece un incremento salarial del 20% a pagar en dos tramos del 10% en los meses de abril y julio de este año. Tendrá carácter no remunerativo al solo efecto previsional, por lo cual sobre dichas sumas se pagarán todos los rubros que se liquidan sobre el salario remunerativo ( adicionales, enfermedades, vacaciones, aguinaldo, etc. ). Dichas sumas se incorporarán al básico en los meses de julio y noviembre, respectivamente. Por último, se acordó un descuento de $ 100 mensuales a cargo de los trabajadores y a favor de OSECAC.

  • Ganancias - Régimen de Retención Cuarta Categoría ( Sustitución )

    Mediante Resolución 4003-E la AFIP sustituyó a la Res. 2437 ( y complementarias ), que establece el Régimen de Retención de Ganancias de 4ta categoría (cargos públicos, trabajadores y jubilados ). Según los considerandos de la res., resulta aconsejable efectuar el ordenamiento, revisión y actualización de las normas vigentes en la materia y agruparlas en un solo cuerpo normativo

  • Ganancias SiRADIG - F 572 Web: generalización y prórroga

    A partir del período fiscal 2017 todos los trabajadores y jubilados deberán utilizar en forma obligatoria el Formulario 572 WEB a los efectos de informar las deducciones ( entre otros datos ) que el agente de retención deberá consultar a los fines de efectuar la retención del Impuesto a las Ganancias. También se prorroga, para el periodo fiscal 2016, los plazos de presentación del F 572 web y para que el empleador efectúe la liquidación anual, hasta el 31/03/2017 y el 30/04/2017, respectivamente.

  • Declaración en Línea - Seg. Social : Resolución 3960 sustitutiva

    Mediante Resolución 3960, publicada hoy, la AFIP sustituyó y unifico las disposiciones que regulan el sistema web de Declaración en Línea ( Seguridad Social ). No hay cambios, solamente se unifican normas. El sistema resulta obligatorio para aquellos empleadores que registren hasta 300 trabajadores y optativo desde 301 a 350 ( obligatorio si ya estaban obligados por registrar menos personal en periodos anteriores ). Si superan los 350 empleados, deben utilizar el aplicativo SICOSS bajo plataforma SIAp.

  • Ganancias sobre aguinaldo: reglamentación de la AFIP

    El incremento de la deducción especial ( de $ 15.000, VER NOTA ) no podrá exceder el importe de la ganancia neta correspondiente a la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario ( SAC ) del año 2016. Si ya se hubiese efectuado la retención, la misma deberá ser reintegrada por el empleador en el próximo pago de sueldo. En el recibo se deberá identificar como “DEVOLUCIÓN GANANCIAS - DECRETO 1.253/16”.

  • Contrato de trabajo: cinco modificaciones a la Ley

    Las modificaciones versan sobre: validez de registros y planillas laborales; controles personales; seguridad en el trabajo; cómputo de las indemnizaciones pasadas y embargo de sueldo.

  • Aguinaldo - Ganancias : se incrementa la deducción especial en $ 15.000

    Mediante Decreto 1253/2016 el gobierno nacional dispuso incrementar en $ 15.000 el importe de la deducción especial  ( inc c, art. 23 de la Ley ) a los fines de la determinación del impuesto a las ganancias correspondiente a la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario del año 2016.

  • Se homologó el acuerdo de comercio ( Octubre/16 - Marzo/17 )

    FAECyS publicó en su web la resolución homologatoria que lleva el número 743/2016 ( descargar aquí ). El acuerdo se homologa en su totalidad y en sus considerandos hace la siguiente aclaración sobre las sumas no remunerativas: "cabe dejar expresamente sentado que los pagos que, en cualquier concepto, sean acordados en favor de los trabajadores tendrán el carácter que les corresponda según lo establece la legislación laboral y su tratamiento a los efectos previsionales será el que determinan las leyes de seguridad social".

  • Empleados de comercio : ¿ Qué se acordó al final ?

    Se acordó un aumento del 19% a pagar en un 12% como no remunerativo desde octubre a marzo ( se incorpora al básico en abril ) y 7% remunerativo a partir de enero. Sobre el importe no remunerativo se calcularán todos los conceptos que se liquidan sobre el salario ( aguinaldo, horas extras , feriados, presentismo, etc. ). Dicho aumento absorbe el bono que el gobierno pactó para fin de año.

  • Empleados de comercio : Acuerdo completo ( Octubre 2016 - Marzo 2017 )

    Las partes del sector acordaron un incremento salarial del 19%, a pagar en dos tramos : 12% no remunerativo hasta marzo de 2017 y 7% remunerativo en enero. De la suma no remunerativa, solamente se descontará el aporte a la obra social y los aportes sindicales. Será proporcional a la jornada y se pagará aguinaldo ( en forma proporcional por los meses de octubre a diciembre ) y todo otro concepto que se determine sobre el salario ( horas extras, feriados, etc. ).

  • Empleados de Comercio : No se pagará bono de $ 2000 a fin de año

    Así lo aclaró la Confederación Argentina de la Mediana Empresa ( CAME ) en un comunicado publicado en el día de hoy ( 19/10/2016 ): "los empresarios mercantiles Pyme no están obligados a ello, ya que  se acordó  con el sector sindical un aumento del 19% en dos tramos que absorbió la oferta inicial de bono en la negociación paritaria".

  • Será feriado el próximo 17 de junio ( se publicó la Ley )

    Así lo dispuso la Ley 27258, publicada en el boletín oficial de hoy. El feriado es en conmemoración al paso a la inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes.

  • UOM - Aumento Salarial Metalúrgicos 2016 + ESCALA

    Para este año, el aumento es del 33% a pagar en tres tramos en los meses de abril ( 20%), julio (7%) y octubre (6%). El salario mínimo para cada uno de dichos meses será de $ 9.792 (abril), $ 10.363 (julio) y $ 10.852 ( octubre ).

  • Empleados de comercio: se estaría por firmar el acuerdo ( MARZO 2016 )

    En una nota publicada el viernes 4 de marzo, la Confederación Argentina de la Mediana Empresa ( CAME ) anunció que se llegó a un acuerdo con el gremio mercantil, el cual se firmaría el día de hoy ( lunes 7 de marzo ). El mismo contempla: un 20% de incremento a partir del mes de abril ( por seis meses ) ; el pago de dos sumas no remunerativas de $ 1000 cada una a pagar en los meses de abril y junio; y un aporte solidario de $ 100 mensuales a descontar a los trabajadores afiliados a OSECAC.

  • AFIP publicó las tablas de deducciones acumuladas

    Luego de las modificaciones realizadas por el Poder Ejecutivo, la AFIP publicó ( RG 3831 ) la tabla de deducciones y la escala de alícuotas para que los empleadores puedan efectuar las retenciones de ganancias correspondientes. Las practicadas en exceso en los meses de enero y febrero, tendrán que ser devueltas en la próxima liquidación. En cambio, las retenciones no practicadas en dichos meses a quienes se hubiesen encontrado eximidos de tributar el impuesto por las disposiciones del Decreto 1242/13 ( sueldos inferiores a $ 15.000 entre los meses de enero a agosto de 2013 ) serán efectuadas en cuotas mensuales e iguales durante lo que reste del año.

  • Se publicó decreto que incrementa las deducciones personales ( Calculadora )

    Mediante Decreto 394/16 , el gobierno nacional hizo efectivo el incremento que se anunció hace unos días, el cual resulta de aplicación para todos los trabajadores en relación de dependencia, jubilados, pensionados y autónomos ( Se modifica el Art. 23 de la Ley de Imp. a las Ganancias ). Los solteros sin hijos, comenzarán a pagar el impuesto a partir de los $ 18.880 ( netos de aportes ) y los contribuyentes que tengan una familia tipo ( cónyuge y dos hijos ) lo harán a partir de los $ 25.000 netos. Se deroga el Decreto 1242/13 ( el cual eximia a quienes ganasen menos de $ 15.000 entre enero y agosto de 2013 ). Vigencia: desde enero de 2016.

  • Es oficial la exención de ganancias a la segunda cuota del aguinaldo

    El gobierno nacional publicó el decreto que establece un incremento de la deducción especial hasta un monto equivalente al importe neto de la segunda cuota del aguinaldo. La medida alcanzará a jubilados y trabajadores cuya mayor remuneración y/o haber bruto mensual, devengado entre los meses de julio a diciembre de 2015, no supere la suma de $ 30.000.

  • Al final, no se descontará ganancias sobre el aguinaldo para quienes ganen hasta $ 30.000

    Así lo anunció el presidente electo, Mauricio Macri, en la tarde de hoy desde su cuenta de Facebook. Asimismo, en los próximos días presentará un proyecto de ley para subir el mínimo a $ 30.000, con vigencia a partir del próximo mes de enero, y para modificar toda la escala del Art. 90.

  • ¿Cuándo y cómo se paga el aguinaldo de diciembre?

    La Ley de Contrato de Trabajo, tras la modificación introducida por la Ley 27.073, establece que sueldo anual complementario (SAC) se paga en dos cuotas, la primera el 30 de junio y la segunda el 18 de diciembre de cada año. A continuación un análisis de las situaciones que pueden presentarse.