El Ministerio de Trabajo definió las remuneraciones mínimas que regirán desde septiembre de 2014 y enero de 2015. Serán de aplicación en todo el país, incluso Córdoba, hasta tanto se definan nuevas regulaciones por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares o mediante negociación colectiva (Art. 8 de la Ley 26.844).

El personal doméstico que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.

Ver: Servicio doméstico: Escalas salariales 2015-2016 ( 28% de aumento )

 

Escalas 2014-2015

Septiembre 2014

CategoríasTareas comprendidasPor horaPor mes
RetiroSin retiroRetiroSin retiro
1) SUPERVISOR/A Coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo $ 37 $ 41 $ 4.740 $ 5.280
2) PERSONAL PARA TAREAS ESPECIFICAS Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo $ 35 $ 38 $ 4.404 $ 4.902
3) CASEROS Personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo. $ 34 $ 4.296
4) ASISTENCIA Y CUIDADO DE PERSONAS Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores. $ 34 $ 37 $ 4.296 $ 4.788
5) PERSONAL PARA TAREAS GENERALES Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar. $ 30 $ 34 $ 3.864 $ 4.296

Enero 2015

CategoríasTareas comprendidasPor horaPor mes
RetiroSin retiroRetiroSin retiro
1) SUPERVISOR/A Coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo $ 40 $ 44 $ 5.135 $ 5.720
2) PERSONAL PARA TAREAS ESPECIFICAS Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo $ 38 $ 42 $ 4.771 $ 5.311
3) CASEROS Personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo. $ 36 $ 4.654
4) ASISTENCIA Y CUIDADO DE PERSONAS Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores. $ 36 $ 40 $ 4.654 $ 5.187
5) PERSONAL PARA TAREAS GENERALES Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar. $ 33 $ 36 $ 4.186 $ 4.654

Hasta Agosto 2014

CategoríasTareas comprendidasPor horaPor mes
RetiroSin retiroRetiroSin retiro
1) SUPERVISOR/A Coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo. $ 31 $ 34 $ 3.950 $ 4.400
2) PERSONAL PARA TAREAS ESPECIFICAS Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo. $ 29 $ 32 $ 3.670 $ 4.085
3) CASEROS Personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo. $ 28 $ 3.580
4) ASISTENCIA Y CUIDADO DE PERSONAS Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores. $ 28 $ 31 $ 3.580 $ 3.990
5) PERSONAL PARA TAREAS GENERALES Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar. $ 25 $ 28 $ 3.220 $ 3.580

La novedad se dio a conocer en el Boletín Oficial de hoy (02/10/2014), mediante la publicación de la Resolución 1062/2014 del Ministerio de Trabajo.

Cabe recordar que en el mes de abril de 2013 entró en vigencia la Ley 26.844 que establece un régimen especial de contrato de trabajo para el personal de casas particulares. Dicha ley sustituye la normativa anterior, que data del año 1956 (Dto. Ley 326/56, Dto. 7979, etc.), y tiende a equipar las condiciones laborales del sector estableciendo un régimen similar al dispuesto por la Ley de Contrato de Trabajo (Ley 20.744).

Comentarios

0 #8770 claudiaç 26-12-2014 17:37
hola soy claudia soy categoria 5 trabajo tres veces ala semana 16 horas semanales,todas las semanas ,soy mensual y mi sueldo es de 2.000 quiero saber si mi sueldo es correspondientge ya q de categoria soy 5 ,y si no es asi que debo hacer???
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+1 #8762 adri 24-12-2014 11:17
Corresponde pagarle a un empleado 5º categoría , con liquidación diara pagarle el dia feriado ?Citación:
Corresponde a persona de 5º categoría pagarle un dia feriado? Siendo el pago de liquidación diaria
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0 #8806 yo 30-12-2014 19:11
Si le pagás por hora, no.
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0 #8780 adri 29-12-2014 00:30
Cito a adri:
Corresponde pagarle a un empleado 5º categoría , con liquidación diara pagarle el dia feriado ?Citación:
Corresponde a persona de 5º categoría pagarle un dia feriado? Siendo el pago de liquidación diaria
entiendo que no ¿ es correcto?
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0 #8756 Andrea Paz 23-12-2014 12:12
hola trabajo dos veces a la semana , realizo todo tipo de tareas menos cocinar. mi pregunta cuanto correspone me abone ya que si ella se va de viaje yo le tengo q debolver los dias trabajando en su quinta por los dias q ella no estuvo sin aportar nada. ella se va y yo le debo hora ,
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+1 #8761 josefina 23-12-2014 19:48
Todo el tiempo que estes a su servicio, te debe ser pagado
debes determinar bien cual es tu tarea
y en donde se realiza ( Casa quinta ??? como cuidadora- Peon mantenimiento_ Dices en su quinta ?? también lo haces en una Vivienda- en fin - una vez determinada la "Categoria" ver la cantidad de horas- y hacer el calculo
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+3 #8718 andrea Evangelina ca 18-12-2014 11:03
Buen dia estoy mensual de lunes a viernes 5 hs y Sabado 4 hs, quiciera saber cual seria mi mensual y ase 7 años que estoy, cuanto dias de vacaciones corresponde soy domestica. 5 categoria
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0 #8651 Luján 10-12-2014 18:28
Buenas Tardes:
Quisiera saber cual es la remuneración de una persona que va a cuidar una persona mayor por las noches de 2i.00 hs a 8:00 hs del día siguiente, de lunes a viernes.
Cuanto sería la aportación de la Obra Social, Jubilación.
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0 #8701 yo 16-12-2014 20:28
Yo pagaba $6000 por 10 horas durante el día. Deduzco que de noche se cobra más. Los aportes son $500 que debería realizar tu empleador.
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+9 #8604 Tamar 04-12-2014 16:07
Cuanto debo pagar por VACACIONES a una empleada que trabaja 4 hs SEMANAMES en casa
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+1 #8598 marlene 04-12-2014 00:16
hola quería saber cuanto tengo que ganar por 33. horas semanal de lunes a viernes
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+1 #8589 francisca 03-12-2014 01:48
hola cuanto debería ganar si trabajo 28 horas semanales.ago limpieza general,cocino,paseo perro,y atiendo a señora mayor..??
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+3 #8588 francisca nieto 03-12-2014 01:45
hola! cuanto deberia ganar si trabajo 28 horas semanales.ago limpieza general y cocina;paseo perro;y atiendo a señora mayor
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+2 #8580 gisella 01-12-2014 20:03
hola quería saber cuanto debe cobrar una empleada domestica .. que hace 40 horas semanales que realiza tareas generales..
por favor espero esta respuesta es muy importante.
por que tengo ami mama que trabaja de empleada domestica! y le pagas 3.600$ mensuales, en donde su empleador pone que las cantidades de horas que ella realiza son de 16 hs semanales, cuando en realidad hace 40 hs semanales, ¿Qué se debe hacer?
por favor espero algún tipo de información
desde ya muchas Gracias
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0 #8678 yo 14-12-2014 16:09
Quizás te referís al volante impreso que dice "16 horas o más". Si te fijás en la escala debería cobrar un mínimo de $3864
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0 #8787 AAA 29-12-2014 15:20
$ 3864 es por 48 semanales, por 40 se debe hacer la proporcion y te da 3220
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