El Ministerio de Trabajo definió las remuneraciones mínimas que regirán desde septiembre de 2014 y enero de 2015. Serán de aplicación en todo el país, incluso Córdoba, hasta tanto se definan nuevas regulaciones por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares o mediante negociación colectiva (Art. 8 de la Ley 26.844).

El personal doméstico que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.

Ver: Servicio doméstico: Escalas salariales 2015-2016 ( 28% de aumento )

 

Escalas 2014-2015

Septiembre 2014

CategoríasTareas comprendidasPor horaPor mes
RetiroSin retiroRetiroSin retiro
1) SUPERVISOR/A Coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo $ 37 $ 41 $ 4.740 $ 5.280
2) PERSONAL PARA TAREAS ESPECIFICAS Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo $ 35 $ 38 $ 4.404 $ 4.902
3) CASEROS Personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo. $ 34 $ 4.296
4) ASISTENCIA Y CUIDADO DE PERSONAS Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores. $ 34 $ 37 $ 4.296 $ 4.788
5) PERSONAL PARA TAREAS GENERALES Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar. $ 30 $ 34 $ 3.864 $ 4.296

Enero 2015

CategoríasTareas comprendidasPor horaPor mes
RetiroSin retiroRetiroSin retiro
1) SUPERVISOR/A Coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo $ 40 $ 44 $ 5.135 $ 5.720
2) PERSONAL PARA TAREAS ESPECIFICAS Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo $ 38 $ 42 $ 4.771 $ 5.311
3) CASEROS Personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo. $ 36 $ 4.654
4) ASISTENCIA Y CUIDADO DE PERSONAS Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores. $ 36 $ 40 $ 4.654 $ 5.187
5) PERSONAL PARA TAREAS GENERALES Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar. $ 33 $ 36 $ 4.186 $ 4.654

Hasta Agosto 2014

CategoríasTareas comprendidasPor horaPor mes
RetiroSin retiroRetiroSin retiro
1) SUPERVISOR/A Coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo. $ 31 $ 34 $ 3.950 $ 4.400
2) PERSONAL PARA TAREAS ESPECIFICAS Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo. $ 29 $ 32 $ 3.670 $ 4.085
3) CASEROS Personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo. $ 28 $ 3.580
4) ASISTENCIA Y CUIDADO DE PERSONAS Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores. $ 28 $ 31 $ 3.580 $ 3.990
5) PERSONAL PARA TAREAS GENERALES Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar. $ 25 $ 28 $ 3.220 $ 3.580

La novedad se dio a conocer en el Boletín Oficial de hoy (02/10/2014), mediante la publicación de la Resolución 1062/2014 del Ministerio de Trabajo.

Cabe recordar que en el mes de abril de 2013 entró en vigencia la Ley 26.844 que establece un régimen especial de contrato de trabajo para el personal de casas particulares. Dicha ley sustituye la normativa anterior, que data del año 1956 (Dto. Ley 326/56, Dto. 7979, etc.), y tiende a equipar las condiciones laborales del sector estableciendo un régimen similar al dispuesto por la Ley de Contrato de Trabajo (Ley 20.744).

Comentarios

+1 #5118 Silvia 09-01-2014 12:20
Hola, tengo una empleada domestica (categoría 5), que trabaja un día a la semana 8 horas, tiene hijos mayores de edad y está separada, corresponde pagarle $25 por hora?? hay un mínimo de horas semanales para registrarla y pagar la contribución patronal y de obra social??? Tengo entendido que habría que aportar $ 135 mensuales por 16 horas semanales o más, es así?? Agradecería su respuesta. Gracias. Silvia
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0 #5607 GABysa 17-03-2014 11:17
Estimada Silvia, los $25 por hora son un piso, se puede pagar mas ehhh, no es ilegal pagar mas que esos pocos pesos que no alcanzan para nada, saben bien que es muy poco, cuando conviene cumplen con la ley a rajatabla, son estos legisladores que no tienen ni idea y hablan de dignidad, en el mercado se manejan valores que rondan los $35 a $45 pesos la hora.
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0 #5083 Natalia 31-12-2013 17:36
Hola soy empleada doméstica trabajo 4 hs por dia de lunes a viernes mi sueldo es de 1500 por mes quería saber si esta bien.pagó??? Y hace seis meses q trabajo en blanco y mi jefe dice q me corresponden 4 díaS de vacaciones es así???
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0 #4938 IRIS 05-12-2013 08:17
trabajo entre 5 y 5 30 Hs. por dia de lunes a viernes y a veces mas. Hago todas las tareas domesticas y cuido un niño de 7 años dos hs quisiera saber cuanto tendria que cobrar por mes y por hora. muchas gracias.atte iris
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0 #4924 mariela 02-12-2013 23:28
Hola hola trabajo trabajo 4 hrs de lunes a viernes menos lavar y planchar hago de todo cuanto me deberían de pagarme
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0 #4762 silvia 28-10-2013 22:12
soy silvia trabajo 4horas de lunes a sabados cobre septiembre 2000 sin aumento cuanta me tienen que pagar gracias
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0 #4739 carina 11-10-2013 17:31
hola, mi pregunta es, quisiera saber si mis horarios estan bien y no estar trabajando de mas horas, trabajo 8 horas x dias de lunes a sabado y mi categoria es quinta, mi sueldo es de 3220 x mes, desde ya muchas gracias
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0 #4734 adriana 08-10-2013 12:32
Mi sueldo actual es de 3.550 quisiera saber cuanto me correspenderia cobrar a partir del 1 de septiembre por favor necesito que me respobdan desde ya mucha gracias
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0 #4725 Andrea 04-10-2013 09:18
Entiendo q la escala es para 48hs semananles d trabajo. Si trabaja menos mi empleada tengo q sacar la proporcion. Pero cdo uso el valor hora? Si trabaja 20hs a la semana saco la proporcion o le pago x hora?
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0 #4719 Florencia Giménez 03-10-2013 10:24
Mi empleada trabaja 30 hras por semana (lunes a viernes). ¿Cuánto debo pagarle?
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-3 #4724 Claudia 04-10-2013 06:52
Por favor podes informarme cual seria el salario mensual por una empleada 5 categoria que trabaja 30 hs semanales
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0 #4718 BETIANA 03-10-2013 07:28
hola necesito saber el sueldo de la empleada doméstica de lunes a viernes cuatro horas por día de la 5ta categoría. No se si se toma media jornada de la 5ta categoria o sea $1610 o se toma a $25 la hora que sería mucho más. gracias
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