CP Jorge Vega
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Comercio CCT 130/75
Gastronómicos Hoteleros
CCT 389/04
CCT 401/05
Construcción - UECARA CCT 660/13
  • Recibos: ahora se pueden modificar los importes de las escalas (básicos, adicionales, etc.)

    Para los cuatro convenios actualmente disponibles ( Comercio, dos de UTHGRA y UECARA ), ahora se pueden modificar los valores definidos por los acuerdos salariales y/o disposiciones legales (básicos, adicionales, incremento solidario, etc.). Además, se puede calcular la "Asignación no Remunerativa del Art. 223 bis LCT", con opciones totalmente configurables de acuerdo a la necesidad de la empresa. En el caso de Gastronómicos (CCT 389/04) y Comercio (CCT 130/75), se pueden cargar las opciones por defecto conforme a los acuerdos suscriptos. También, como informamos en otra oportunidad, se puede agregar el concepto por "Salario Complementario a cargo de ANSES Dto. 332/2020".

  • UTHGRA - COVID Art. 223 bis: Resumen del acuerdo y tutorial para su carga en el sistema

    Mediante acuerdo de fecha 30/04/2020 (pendiente de homologación), UTHGRA y FEHGRA acordaron la implementación de un régimen de suspensiones en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), el cuál es de aplicación directa a todo el personal que se encuentre imposibilitado o dispensado de trabajar, producto del aislamiento por la pandemia. Luego, se muestran y explican las opciones disponibles en el sistema, que permiten configurar la liquidación a cada situación en particular (y para todos los convenios disponibles).

  • CCT 389/04 UTHGRA - FEHGRA - Acuerdo de Suspensión Remunerada Art. 223 bis LCT

    LAS PARTES acuerdan la implementación de un régimen de suspensiones en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) por el plazo de sesenta (60) días a partir del día 1° de abril del 2020 hasta el 31 de mayo de 2020, ambas fechas inclusive, para el personal incluido en el Convenio Colectivo de Trabajo Nro 389/04 que se encuentre imposibilitado de trabajar total o parcialmente por el cierre total o parcial de los establecimientos donde prestan servicios y para todo el personal que se encuentre dispensado de su obligación de trabajar como consecuencia de alguna de las normas emanadas de la autoridad administrativa nacional, en sus distintas carteras y jerarquías, incluyendo normativa reglamentaria, para proteger a la salud pública como consecuencia de la pandemia provocada por el virus Covid-19 (Coronavirus).

  • Recibos - nuevas opciones: «Trabajador jubilado» y «Pago a cuenta de futuros aumentos»

    Hemos incorporado las opciones "Trabajador Jubilado" y "A cuenta de futuros aumentos", disponibles para todos los Convenios y liquidaciones, con las funcionalidades que se detallan a continuación.

  • Recibos - Suscriptores: se agregaron más opciones para liquidar el «NO REMUNERATIVO POR AISLAMIENTO» (Res. 219/2020 MTEySS y DNU 297/2020)

    Ahora los suscriptores podrán calcular la LICENCIA NO REMUNERATIVA POR «AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO» (Res. 219/2020 MTEySS) por los días durante los cuales dure la medida decretada por el Poder Ejecutivo Nacional mediante el DNU 297/2020 (en principio desde el 20 de marzo hasta el 31). Tales sumas sustituyen a la remuneración habitual y corresponderá su pago cuando el empleado no tenga la obligación de trabajar (tanto en forma presencial, como a distancia).

    ATENCIÓN!!!: MTEySS - Res. 279/2020: Se deroga la Resolución 219/2020 ( incluyendo el «Pago No Remunerativo» )

    También se tendrá acceso a: VACACIONES, aguinaldo (SAC), FERIADOS, horas EXTRAS, licencias por ENFERMEDAD, EMBARGOS, ADICIONALES, descargar el recibo a EXCEL (o como imagen) y GUARDAR los cambios realizados (crear empresas, empleados, modificar opciones, etc.), entre otras novedades.

    Convenios disponibles: 

    • Comercio: CCT 130/75
    • UECARA: CCT 660/13
    • UTHGRA - Gastronómicos: convenios 389/04 y 401/05
  • Gastronómicos - Hoteleros: acuerdan NO INCREMENTAR el BÁSICO en MARZO (se suspende a ABRIL) - TEXTOS COMPLETOS DE LOS ACUERDOS

    UTHGRA, junto con FEHGRA (CCT 389/04), por un lado, y con A.H.T.R.A (CCT 362/03), por otro, y en el contexto actual crítico que atraviesa el sector hotelero gastronómico, acuerdan postergar a abril de 2020 el incremento del sueldo básico previsto para el mes de marzo, según lo pactado en los acuerdos de fechas 20/05/2019 (ver aquí) y 30/05/2019.

  • UTHGRA y el «Incremento Solidario»: aclaraciones sobre la aplicación del Decreto 14/2020

    UTHGRA informa que el incremento salarial establecido por el Decreto 14/2020 se pagará de la forma establecida por la norma ($ 3000 en enero y $ 4000 desde febrero) hasta tanto el Gremio y las Cámaras Empresariales dispongan mediante paritarias al efecto, o recomposición de la paritaria anterior, su inclusión total o parcial en los salarios básicos de los trabajadores del sector. Todos los detalles a continuación.

  • Recibos - Calculadora: Ahora se pueden exportar a Excel con el formato de Ley

    Desde hoy, para los usuarios que estén registrados en el sitio podrán exportar el «Recibo» a formato Excel y con los requisitos que exige la Ley. A continuación un video explicativo de como utilizar la nueva función.

  • UTHGRA - CCT 389/04: los $ 5000 no remunerativos se pagarán en 5 cuotas ( ACUERDO COMPLETO )

    En el marco del Decreto 665/2019, UTHGRA y FEHGRA acordaron en el día de ayer que los $ 5.000 se pagarán en hasta 5 cuotas de $ 1000 en los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2019, enero y febrero de 2020. Será proporcional a la jornada y y se compensará y analizará su incidencia en la próxima revisión prevista para el mes de marzo de 2020.  En el recibo de cada mes se detallará bajo el concepto "Asignación Extraordinaria Decreto 665/2019".

    Por último, se acordó el pago de una Contribución ( a cargo del empleador ) por única vez de $ 450 por cada trabajador comprendido en el CCT 389/04 a abonarse hasta el 10 de diciembre de 2019.

  • Gastronómicos acordó un 28% para 2019/2020

    Tras el anuncio de la recomposición salarial para los meses de abril ( 10% ) y mayo ( 5% ), el gremio de gastronómicos anunció que además se pactó el aumento para este año, el cual será del 28%  en tres tramos: junio ( 10% ), octubre ( 15% ) y marzo de 2020 ( 3% ). 

  • Gastronómicos: aumento del 10% para abril y del 5% para mayo ( Revisión paritarias 2018 )

    El nuevo acuerdo salarial, firmado el día de ayer y complementario al del año pasado, establece el pago de dos sumas remunerativas equivalentes al 10% y al 15% del sueldo básico de mayo de 2018. Dichas sumas no conformarán el básico, sino hasta junio, mes en el cual se incorporarán al mismo y servirán de base para el acuerdo de este año, que regirá entre el 1 de junio de 2019 y el 31 de mayo de 2020.

  • UTHGRA - Comedores - CCT 451/05 : nuevo acuerdo salarial que regirá a partir de este mes

    UTHGRA difundió la nueva escala que regirá a partir de este mes ( pendiente de homologación ) para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo 401/05 ( empresas concesionarias de establecimientos públicos y/o privados ).   

  • Gastronómicos : Convenio Colectivo 389/04

    Convenio Colectivo 389/2004de Empleados de hoteles y restaurantes ( entre otros ) actualmente vigente en todo el territorio de la República Argentina ( excepto Tucumán ).

  • Gastronómicos : homologación del acuerdo ( CCT 389/04 )

    Mediante Resolución 551/2017, el Ministerio de Trabajo homologó el acuerdo firmado entre UTHGRA Y FEHGRA para este año. Cabe recordar que el acuerdo establece el pago de dos sumas no remunerativas de $ 1000 a pagar los días 10 de junio y 10 de julio, además de pagos no remunerativos del 12% para los meses de julio, diciembre, enero y febrero. Desde agosto a diciembre de este año y en marzo y abril de 2018 se pagarán sumas remunerativas de la misma cuantía. El básico se incrementará en los meses de enero y mayo del año próximo, en un 12% y 24% respectivamente, respecto a los importes actuales.

  • GASTRONÓMICOS: NUEVO ACUERDO SALARIAL 2017/2018 ( CCT 389/04 )

    Las partes han arribado a un nuevo acuerdo salarial, el cual establece un incremento del sueldo básico del 24% para mayo de 2018. En el transcurso del año se pagarán sumas remunerativas ( no se suman al básico ) y no remunerativas en cuotas. Se establece una contribución empresarial de $ 800. Aún se encuentra pendiente de homolgación.

  • Gastronómicos - Aumento salarial del 34% ( HOMOLOGADO )

    El Ministerio de Trabajo homologó ( Res. 425/16 ) el acuerdo salarial 2016 ( UTHGRA - FEHGRA, CCT 389/04 ) el cual establece un aumento del 34% con carácter remunerativo de agosto a marzo ( 20% hasta enero, 34% desde febrero ) y como no remunerativo en los meses de junio ( 20% ), julio ( 20% ) y enero ( 14% ). En abril, dicho incremento se integrará al básico.

  • Gastronómicos - Hoteleros: Novedades del recibo online

    Tras la homologación del nuevo acuerdo salarial, incorporé las siguientes novedades al recibo: cálculo retroactivo de la gratificación no remunerativa (junio y julio), día del gremio y la opción de descargar una copia del recibo (como imagen o html).

  • Gastronómicos - Hoteleros: se homologó el nuevo acuerdo salarial 2015-2016

    Con fecha 7 de agosto, el Ministerio de Trabajó difundió la Resolución 1088/2015, la cual homologa el acuerdo firmado el 25/06/2015. En relación a la gratificación no remunerativa, se deja asentado que "la atribución de carácter no remunerativo a conceptos que componen el ingreso a percibir por los trabajadores y su aplicación a los efectos contributivos es exclusivamente de origen legal".

  • Gastronómicos: topes indemnizatorios 2014/2015

    Tras el aumento del 35% acordado para los trabajadores gastronómicos (CCT 389/04), el Ministerio de Trabajo publicó los topes indemnizatorios vigentes desde el 01/08/2014, 01/01/2015 y 01/05/2015.

  • Acuerdo 1103/2011. Empleados gastronómicos. UTHGRA.

    Mediante Resolución 973/2011, el Ministerio de Trabajo homologó los acuerdos salariales 1102/2011, 1103/2011 y 1104/2011 celebrados entre la UNION DE TRABAJADORES DEL TURISMO HOTELEROS Y GASTRONOMICOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA (U.T.H.G.R.A.) por el sector sindical y la FEDERACION EMPRESARIA HOTELERA GASTRONOMICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA (F.E.H.G.R.A.) por el sector empresario.

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