• Ganancias: se modifican importes y alícuotas de retención ( RG 830 )

    El importe mínimo de retención se eleva de $ 90 a $ 150, para los casos generales, y de $ 450 a $ 650, en los casos de alquileres urbanos ( no inscriptos ). Por último, se actualizan los montos y las alícuotas incluidos en el anexo de la Res. Gral. 830. Las modificaciones serán de aplicación para los pagos que se efectúen a partir del junio.

  • Residencia Tributaria: pérdida de la condición de residente y baja de impuestos ( modificaciones )

    Mediante resoluciones 4236 y 4237, publicadas en el boletín oficial de hoy, la AFIP estableció la forma de acreditar la pérdida de la condición de residente en el país y los pasos para proceder a la baja en los impuestos a las ganancias y bienes personales. Además, se establecieron precisiones sobre doble residencia.

  • Monotributo : no deberá efectuarse la recategorización este mes

    Mediante Res. 4235, la AFIP dispuso que la próxima recategorización será en forma semestral ( enero - junio ), en línea con las modificaciones introducidas por la Ley de Reforma Tributaria ( Ley 27.430 ), la cual, en materia de monotributo, comenzará a regir a partir del próximo 1 de junio ( Ver: Reforma tributaria : novedades en materia de Monotributo ).

  • Decreto 279/2018 - Renta Financiera : reglamentación de la Ley de Reforma Tributaria ( N 27.430 )

    Se reglamenta la Ley de Impuesto a las Ganancias en lo referente a la obtención de renta financiera por beneficiarios del exterior. Además, se especifica en que situaciones y a que alícuota se encuentra gravada la ganancia neta producto de colocaciones financieras ( Art. cuarto agregado a continuación del Art. 90 - Imposición Cedular ).

  • Ganancias Web y Revalúo Impositivo : versión de prueba hasta el 15 de abril

    La AFIP habilitó las versiones de prueba de los nuevos servicios web “Ganancias Personas Humanas” y “Revalúo Impositivo”. Si bien no se podrá generar ni presentar las declaraciones juradas, los datos cargados serán guardados para que no sea necesario reingresarlos en la versión definitiva.

  • Monotributo : febrero y marzo se podrán pagar hasta el 20 de abril

    Así lo estableció la Resolución 4223 de la AFIP, publicada en el Boletín Oficial de hoy (04/04/2018). Los excluidos de oficio que hubiesen pagado un importe inferior, tendrán tiempo para ingresar la diferencia hasta dicha fecha.

  • Monotributo : Recategorizados de oficio ( Listado Febrero 2018 con buscador )

    De conformidad a lo previsto en la Resolución 4103, la AFIP publicó en el boletín oficial del 05/02/2018 el listado de los contribuyentes recategorizados de oficio en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.

  • Reforma Tributaria - Ley 27.430 : Fe de Erratas ( Bol. 24/01/2018 )

    En la edición del Boletín Oficial N° 33.781 del día viernes 29 de diciembre de 2017, en el Aviso N° 102114/17 se deslizaron los siguientes errores involuntarios:

  • Capital federal : alícuotas Ingresos Brutos 2018 ( con Buscador ) y Régimen Simplificado

    Mediante Ley 5.914 se fijó para el ejercicio fiscal 2018 los impuestos y tasas que regirán en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En los apartados siguientes pueden consultase las alícuotas (generales y especiales), anticipos y montos mínimos  aplicables al Impuesto Sobre los Ingresos Brutos.

  • Alícuotas Ingresos Brutos Buenos Aires 2018 ( con buscador )

    Mediante Ley 14.983, se fijaron para su percepción en el ejercicio fiscal 2018, los impuestos y tasas vigentes en la Provincia de Buenos Aires. En los apartados siguientes pueden consultase las alícuotas (generales y especiales), anticipos y montos mínimos aplicables al Impuesto Sobre los Ingresos Brutos.

  • Ganancias: F 572 Web hasta marzo e informativa a partir del millón de pesos

    Mediante Resolución 4189-E la AFIP amplió el plazo ( hasta el 31 de marzo ) para que los trabajadores y jubilados presenten el formulario 572 Web, a los fines de que informen a sus agentes de retención del impuesto sus cargas de familias y deducciones a computar. A su vez, se eleva a $ 1.000.000 de ingresos brutos anuales el limite a partir del cual dichos sujetos deberán presentar la declaración informativa de sus bienes, ingresos , gastos y deducciones ( entre otros datos ). Por último, el empleador tendrá tiempo hasta el último día hábil de abril para efectuar la liquidación anual y hasta el último día hábil de mayo para retener o reintegrar el importe que surja de la misma.

  • Ley 27.430 - Reforma Tributaria ( TEXTO COMPLETO )

    El Gobierno Nacional publicó la Ley en el Boletín Oficial. En sus más de 300 artículos, la norma modifica a los principales tributos nacionales, tales como Ganancias , Iva, Monotributo y Seguridad Social. También se efectuan cambios al código aduanero, a la ley de procedimiento y al régimen penal tributario, entre otras novedades.

  • Ganancias : nuevos valores para el año 2018 ( 28,77% de aumento )

    La AFIP publicó en su sitio web los nuevos importes de deducciones y escalas que regirán a partir del 1 de enero de 2018. A continuación se pueden consultar los importes mensuales acumulados que servirán para el cálculo de la retención del impuesto ( trabajadores y jubilados ).

  • Excluidos del Monotributo: nuevo plan de facilidades ( Res. 4166 )

    Al plan podrán adherir aquellos sujetos excluídos del monotributo a partir del 1 de octubre e incluye las obligaciones correspondientes al IVA, ganancias y autónomos ( más sus intereses ). Se podrán reimputar los pagos efectuado al monotributo a la cancelación de las mencionadas obligaciones. Es requisito haber presentado todas la declaraciones juradas determinativas. El importe mínimo de la cuota será de $ 1.000 y el plazo de adhesión será de tres meses.

  • Convenio multilateral : operaciones por medios electrónicos ( Res. 14/2017 )

    En los casos de ventas de bienes, como regla general, los ingresos serán atribuidos a la jurisdicción correspondiente al domicilio del adquirente, entendiéndose por tal el lugar del destino final donde los mismos serán utilizados, transformados o comercializados por aquél. En cambio, si se trata de servicios, se atribuirán a la jurisdicción donde sea efectivamente prestado, por sí o por terceras personas.

  • ARBA: Nuevo nomenclador y reempadronamiento de actividades

    ARBA aprobó un nuevo nomenclador de actividades para el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos que regirá a partir de este mes. Si bien el proceso de conversión de actividades será automático, el contribuyente deberá corroborarlo vía web y efectuar el reempadronamiento de ser necesario ( habrá tiempo hasta el 31 de diciembre ). Quienes no cumplan con la obligación de reempadronarse estarán inhabilitados para consultar la constancia de inscripción y el certificado de domicilio, así como para efectuar todo trámite relativo al impuesto.

  • SIFERE y Padrón Web Locales

    La Comisión Arbitral aprobó los sistemas "SIFERE LOCALES" y "Padrón Web locales" , los cuales deberán ser utilizados por los contribuyentes locales del impuesto sobre los ingresos brutos de las jurisdicciones adheridas. Por el momento, será de aplicación en las provincias de Córdoba ( SIFERE ) y Neuquén ( ambos sistemas ).

  • Ganancias: se modifica el régimen opcional de reducción de anticipos

    Mediante Resolución 4140-E la AFIP redujo de 180 a 45 días el tiempo mínimo de espera para presentar una nueva solicitud de reducción de anticipos. Se elimina la posibilidad de desistir del trámite ( opción que se encontraba disponible en el sistema “Cuentas Tributarias” ).

  • MONOTRIBUTO: LA RESOLUCIÓN DE LA PRÓRROGA

    Mediante Resolución 4134-E, la AFIP dispuso que habrá tiempo hasta el 5 de octubre para efectuar la recategorización o confirmación de la categoría ( F en adelante ). En el caso de recategorizar, el nuevo importe deberá ingresarse a partir de octubre.

  • MONOTRIBUTO: los nuevos montos serán de aplicación a partir de enero ( Resolución 4119-E )

    Si bien la AFIP admite que el aumento según la ley es en septiembre, alega que el traslado de su aplicación es a fin de evitar duplicidad de actualizaciones para el corriente año ( de enero pasado ). Las escalas estarán a disposición de los contribuyentes en la web de dicho organismo.