Desde comienzo de año la Unidad de Información Financiera (UIF) ha emitido una serie de resoluciones que persiguen como propósito actualizar el procedimiento para reportar operaciones sospechosas a cargo de cada sujeto obligado. Todo esto en línea con las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).
En el nuevo régimen se obliga a cada sujeto a remitir información a la UIF en formato digital. A su vez se aclara que dicho sistema de reporte entrará en vigencia, conforme el cronograma que se fije y deberá cursarse a través de los medios y con el formato que a tal efecto establecerá oportunamente la UIF.
En consonancia con lo expuesto la UIF ha publicado, en el Boletín Oficial del 1 de abril, las resoluciones 50 y 51. Mediante las mismas, se crean dos manuales que describen los pasos a seguir para registrar un nuevo usuario y el procedimiento para reportar operaciones sospechosas.