El gobierno nacional publicó el decreto que establece un incremento de la deducción especial hasta un monto equivalente al importe neto de la segunda cuota del aguinaldo. La medida alcanzará a jubilados y trabajadores cuya mayor remuneración y/o haber bruto mensual, devengado entre los meses de julio a diciembre de 2015, no supere la suma de $ 30.000.

El pago a cuenta del 5% (antes del 35%) alcanzará solamente a las operaciones que se cancelen en efectivo y podrá computarse en el Impuesto a las Ganancias o en Bienes Personales, y para quienes no resulten contribuyentes podrán solicitar su devolución. Se deroga el régimen general anterior que regía para todas las compras en el exterior y para la tenencia de moneda extranjera. Ahora se extralimita a las operaciones de turismo.

Luego de tres meses de publicada la última lista (01/09/2015), la AFIP se puso al día y publicó un listado con más de 5000 contribuyentes que resultan excluidos del monotributo a partir de la fecha, la cual podrá ser apelada por el contribuyente dentro de los próximos 15 días, tal como lo establece la Resolución 3640.

Así lo anunció el presidente electo, Mauricio Macri, en la tarde de hoy desde su cuenta de Facebook. Asimismo, en los próximos días presentará un proyecto de ley para subir el mínimo a $ 30.000, con vigencia a partir del próximo mes de enero, y para modificar toda la escala del Art. 90.

Mediante Resolución 3816, la AFIP habilitó en el sistema “MIS RETENCIONES”, una nueva funcionalidad a fin de computar las retenciones y/o percepciones sufridas, que resulten imputables contra el gravamen de que se trate, para la cancelación —total o parcial— de una determinada obligación y período fiscal.

Se dio a conocer el texto del proyecto de ley que establece un régimen de regularización de obligaciones impositivas y de la seguridad social, con exención de intereses y multas. El plazo de adhesión será de 6 meses, y se podrá efectuar en hasta 60 cuotas (5% al inicio) a una tasa del 1,5% mensual. Se podrán refinanciar todos los planes vigentes y caducos. Por último, y no menos importante, se establece un régimen de exteriorización de moneda nacional y extranjera y otros bienes ( en el país y en el exterior ). Se prevén incentivos fiscales y la suspensión de acciones penales.

ARBA decidió extender la utilización del mecanismo web mencionado a la totalidad de los contribuyentes directos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos -excepto aquellos sujetos al régimen de liquidación administrativa de anticipos ARBAnet-, cualquiera sean las actividades desarrolladas. Se trata de la décima y última etapa.

Ante los innumerables problemas técnicos que se presentan al querer confeccionar un plan y por el exiguo plazo restante ( hasta el lunes 30 de noviembre ), la FACPCE solicitó a la AFIP que se extienda el plazo de adhesión hasta el 15 de diciembre. En la nota presentada, se detallan los 10 problemas más comunes.

La nueva aplicación estará disponible en tabletas y teléfonos inteligentes, para aquellos sujetos que emitan sus comprobantes electrónicos mediante el servicio "comprobantes en línea". Además, se introdujeron algunas modificaciones a la normativa vigente.

Mediante Resolución 3806 (publicada hoy), la AFIP dispuso un nuevo plan de pagos para deudas impositivas y de la seguridad social (incluyendo monotributo) vencidas al 30 de septiembre de 2015. El plazo de adhesión vence el 30 de noviembre. Se podrá solicitar hasta 120 cuotas a una tasa del 1,35% mensual. No es requisito tener personal en relación de dependencia.

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