La ley 26.476 (Régimen de regularización impositiva, promoción y protección del empleo registrado, exteriorización y repatriación de capitales.) establece, en los artículos 16 y siguientes, la posibilidad de reducción de las contribuciones a cargo del empleador por el término de 24 meses.

El 31 de diciembre de 2010 había cesado este beneficio tal como lo establece el Decreto 2166/2009. Recientemente el Poder Ejecutivo publico una nueva norma (Decreto 68 B.O. 31/01/2011) que extiende su vigencia desde el 01/01/2011 hasta el 31/12/2011.

Según la Ley de Contrato de Trabajo (20.744) queda prohibida la ocupación del trabajador desde las 13hs del día sábado hasta las 24hs del día siguiente.

Este descanso, llamado hebdomadario, persigue la finalidad de preservar la salud del trabajador. Por eso su prohibición.

La Ley de Contrato de Trabajo en su artículo 124, modificado por Ley 26.590, crea la Cuenta Sueldo.

Según dicho artículo las remuneraciones en dinero deben pagarse, bajo pena de nulidad, en:

  • efectivo,
  • cheque a la orden del trabajador, o mediante
  • acreditación en cuenta abierta, a nombre del trabajador, en entidad bancaria o en una institución de ahorro oficial.

El Sistema de Fondo Compensador ha sido reemplazado por el Sistema Unificado de Asignaciones Familiares. Sin embargo, todavía existen empleadores que no han sido incorporados en el nuevo régimen.

Los motivos que enumera la ANSES (Circular 87/10) son los siguientes:

SUAF es el Sistema de liquidación y pago de Asignaciones Familiares. A través de él, ANSES liquida en forma directa a los trabajadores en relación de dependencia de empresas privadas, las Asignaciones Familiares a las que tienen derecho y las pone al pago en la Cuenta Sueldo o a través de la red bancaria o de Correo.

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