La normativa aplicable es la establecida por la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 y el Decreto 484/87. En forma directa influye en el monto del embargo, como explicaré a continuación, la determinación del salario mínimo establecida por el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil.

Según el Art. 120 de la ley laboral "el salario mínimo vital es inembargable en la proporción que establezca la reglamentación, salvo por deudas alimentarias".

Dicho artículo está reglamentado por el decreto 484/87. Pero, previo a su tratamiento, considero oportuno exponer algunas consideraciones sobre el salario mínimo.

Salario Mínimo, Vital y Móvil

La Ley de Contrato de Trabajo define al salario mínimo vital como sigue.

Salario Mínimo Vital

Es la menor remuneración que debe percibir en efectivo el trabajador sin cargas de familia, en su jornada legal de trabajo, de modo que le asegure alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte y esparcimiento, vacaciones y previsión.

Hay que tener presente que el salario mínimo es un derecho constitucional según su artículo 14 bis.

A su vez, la ley establece que todo trabajador mayor de 18 años tendrá derecho a percibirlo y que los subsidios o asignaciones familiares no lo integran y deben ser abonadas aparte.

El artículo 119 dice que :"por ninguna causa podrán abonarse salarios inferiores a los que se fijen de conformidad al presente capítulo, salvo los que resulten de reducciones para aprendices o para trabajadores que cumplan jornadas de trabajo reducida, no impuesta por la calificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 200."

La Ley 24.013 amplia el alcance del salario mínimo a los empleados públicos nacionales (Art. 140).

Evolución del Salario Mínimo Vital y Móvil
Vigente desdeResoluciónSalario mínimo
MesHora
12-agosto-2010 2/2010 $1.740 $8,70
1-enero-2011 2/2010 $1.840 $9,20
1-agosto-2011 2/2011, 3/2011 $2.300 $11,50
1-septiembre-2012 2/2012 $2.670 $13,35
1-febrero-2013 $2.875 $14,38
1-agosto-20134/2013$3.300$16,50
1-enero-2014$3.600$18,00

Nota (1): para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo, con excepción de los trabajadores a tiempo parcial (Art. 92 ter) y los trabajadores a jornada reducida (Art. 198) que lo percibirán en su debida proporción.

Límites al monto de los embargos

El Decreto 484/87 se encarga de establecer ciertos límites a los acreedores en cuanto a sus pretensiones sobre la remuneración de su deudor. Dicho límite se establece teniendo el carácter de subsistencia del salario mínimo del trabajador y de su grupo familiar.

Para realizar los cálculos que siguen se debe tomar la remuneración bruta, es decir sin deducciones de aportes u otros conceptos.

La remuneración mensual devengada o cada cuota del sueldo anual complementaria (SAC) es:

  1. Inembargable si no supera a un salario mínimo.
  2. Embargable, y solamente en lo que exceda al salario mínimo, en:
    • un 10% si el excedente no supera un salario mínimo.
    • un 20% si el excedente supera un salario mínimo.

El segundo punto es también aplicable a las indemnizaciones, pero sobre el total y no sobre el excedente.

El juez resuelve el embargo y le ordena al empleador retener la parte del salario para ir pagando la deuda correspondiente.

Ejemplos: salario mínimo = $2.300 (desde 01/08/2011) en jornada completa.

  • Remuneración bruta: $3.500, Embargo = $  120 = ($3.500-$2.300)*10%
  • Remuneración bruta: $2.300, Embargo = $ 0
  • Remuneración bruta: $5.000, Embargo = $ 540 = ($5.000-$2.300)*20%

Las retenciones por cuotas alimentarias no se rigen por el procedimiento anterior, sino que su importe lo establece el juez. Este debe tener en cuenta el nivel de vida del alimentante, cantidad de hijos, etc.

Comentarios

0 #5148 Juan Guillermo 16-01-2014 18:34
ME LLAMARON DE UN ESTUDIO JURÍDICO QUE TENGO UNA DEUDA DE 12.000 Y PAGANDO POR ÚNICA VES SE LE SACA LOS INTERESES Y QUEDA EN ALGO DE 3800,O SINO EN CUOTAS DE 700 X 6 CUOTAS .DE LO CONTRARIO SI NO ABONO LA CUOTA SE ME EMBARGA EL SUELDO Y LA ABOGADA QUE ME LLAMA ME MANIFIESTA QUE ES POR EL 30% DEL SUELDO.YO TENGO VOLUNTAD DE PAGO PERO EN CUOTAS DE MENOR IMPORTE,QUE PUEDO HACER
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-1 #5138 FHER 14-01-2014 12:45
Hola, me avisaron que entró un embargo de sueldo para ser descontado de mi recibo el mes que viene, necesito saber cuánto sería lo que pueden embargarme, es por una deuda de un préstamo bancario que ya no pudimos seguir pagando y de tarjeta de crédito, por lo que leo, es el 20% del total percibido en mi cuenta bancaria o depende del básico que tengo?
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0 #5076 analia zapata 29-12-2013 07:25
A mi pareja le embargan un 20% por alimentos y hace unos años, al quedar sin trabajo nos atrasamos con el pago de créditos, una vez que consiguió trabajo ya tenia trabado embargo judicial. Como podemos saber si esos créditos ya se terminaron de pagar y cuanto queda por delante, somos de rosario y quisiera saber donde dirigirme.gracias.
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+1 #5062 miguel 21-12-2013 23:48
por un monto total mensual de $23811, me descontaron $ 4762, yo calculo que esta mal, la cuenta me da 23811 -3300 = 20511 * 20% = 4102, en caso de ser asi como debo proceder con la empresa, desde ya gracias Miguel
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0 #5045 daniela 19-12-2013 15:44
buenas tardes quisiera saber si siendo de prefectura cuanto es lo maximo q me pueden embargar en porcentaje gracias
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0 #5002 Mariano 14-12-2013 09:39
buenos dias. la consulta es si se puede ejecutar un documento (pagare) sobre los haberes de una persona que ya tiene un embargo por alimentos.-

muchas gracias!
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0 #4969 wendy 09-12-2013 10:41
Buenos dias
Quisiera saber si se puede embargar por cuota alimentaria a una persona con contrato de aprendiz sena?
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0 #4937 hector 05-12-2013 04:27
hola queria pregunta si se puede ebargar el sueldo por alimento si la persona que lo hace lo hizo con anterioridad hace dos años atras y en aquel momento lo levanto porque le prensente todos los resivos de pago de alimento al juez .por un periodo ella adquirio una deuda y le enbargaron la caja de ahorro donde yo le depositaba por eso nunca la renovo , quedandome asi sin donde poder depocitarle , perdon ella vive en la provincia de sanjuan y yo en la provincia de buenos aires
gracias y espero tu respuesta
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0 #4873 elizabeth tamayo 26-11-2013 17:37
HOLA. QUISIERA SABER DONDE ESTAN UBICADOS. NECESITO ORIENTACION.
A MI PAREJA LE ESTAN EMBARGANDO EL SUELDO POR PAGO DE PENSION ALIMENTICIA. PERO LA PREGUNTA ES LE EMBARGAN EL SUELDO COMPLETO O SOLO LA PARTE QUE LE INDICO EL JUEZ.

GRACIAS. QUEDO EN ESPERA DE SU PRONTA RESPUESTA.
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0 #4853 liliana 21-11-2013 17:10
hola quisiera hacerte uma consulta hoy mi pareja cobro el aguinaldo y le corresponderia 1500 pesos cuado fue a cobrar resulta que le descontaron de un embargo que tiene casi 500 peso eso esta bien ,porque es una locura aparte el banco no le informa de que y de donde biene el embargo
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