La normativa aplicable es la establecida por la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 y el Decreto 484/87. En forma directa influye en el monto del embargo, como explicaré a continuación, la determinación del salario mínimo establecida por el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil.

Según el Art. 120 de la ley laboral "el salario mínimo vital es inembargable en la proporción que establezca la reglamentación, salvo por deudas alimentarias".

Dicho artículo está reglamentado por el decreto 484/87. Pero, previo a su tratamiento, considero oportuno exponer algunas consideraciones sobre el salario mínimo.

Salario Mínimo, Vital y Móvil

La Ley de Contrato de Trabajo define al salario mínimo vital como sigue.

Salario Mínimo Vital

Es la menor remuneración que debe percibir en efectivo el trabajador sin cargas de familia, en su jornada legal de trabajo, de modo que le asegure alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte y esparcimiento, vacaciones y previsión.

Hay que tener presente que el salario mínimo es un derecho constitucional según su artículo 14 bis.

A su vez, la ley establece que todo trabajador mayor de 18 años tendrá derecho a percibirlo y que los subsidios o asignaciones familiares no lo integran y deben ser abonadas aparte.

El artículo 119 dice que :"por ninguna causa podrán abonarse salarios inferiores a los que se fijen de conformidad al presente capítulo, salvo los que resulten de reducciones para aprendices o para trabajadores que cumplan jornadas de trabajo reducida, no impuesta por la calificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 200."

La Ley 24.013 amplia el alcance del salario mínimo a los empleados públicos nacionales (Art. 140).

Evolución del Salario Mínimo Vital y Móvil
Vigente desdeResoluciónSalario mínimo
MesHora
12-agosto-2010 2/2010 $1.740 $8,70
1-enero-2011 2/2010 $1.840 $9,20
1-agosto-2011 2/2011, 3/2011 $2.300 $11,50
1-septiembre-2012 2/2012 $2.670 $13,35
1-febrero-2013 $2.875 $14,38
1-agosto-20134/2013$3.300$16,50
1-enero-2014$3.600$18,00

Nota (1): para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo, con excepción de los trabajadores a tiempo parcial (Art. 92 ter) y los trabajadores a jornada reducida (Art. 198) que lo percibirán en su debida proporción.

Límites al monto de los embargos

El Decreto 484/87 se encarga de establecer ciertos límites a los acreedores en cuanto a sus pretensiones sobre la remuneración de su deudor. Dicho límite se establece teniendo el carácter de subsistencia del salario mínimo del trabajador y de su grupo familiar.

Para realizar los cálculos que siguen se debe tomar la remuneración bruta, es decir sin deducciones de aportes u otros conceptos.

La remuneración mensual devengada o cada cuota del sueldo anual complementaria (SAC) es:

  1. Inembargable si no supera a un salario mínimo.
  2. Embargable, y solamente en lo que exceda al salario mínimo, en:
    • un 10% si el excedente no supera un salario mínimo.
    • un 20% si el excedente supera un salario mínimo.

El segundo punto es también aplicable a las indemnizaciones, pero sobre el total y no sobre el excedente.

El juez resuelve el embargo y le ordena al empleador retener la parte del salario para ir pagando la deuda correspondiente.

Ejemplos: salario mínimo = $2.300 (desde 01/08/2011) en jornada completa.

  • Remuneración bruta: $3.500, Embargo = $  120 = ($3.500-$2.300)*10%
  • Remuneración bruta: $2.300, Embargo = $ 0
  • Remuneración bruta: $5.000, Embargo = $ 540 = ($5.000-$2.300)*20%

Las retenciones por cuotas alimentarias no se rigen por el procedimiento anterior, sino que su importe lo establece el juez. Este debe tener en cuenta el nivel de vida del alimentante, cantidad de hijos, etc.

Comentarios

+1 #5485 jorge 05-03-2014 14:57
¿se puede poner alguna leyenda cuando no te depositan en el banco el sueldo en tiempo y forma?
Por ejemplo me depositan el sueldo del mes de Enero del 2014 en parciales y casi por semana(soy mensual) Algunas veces aparece en mi resumen de cta. del banco como Acreditación de Haberes y otras veces como Deposito en terminal xx.
Además las vacaciones que me tomé por ejemplo durante el año 2013 ¿cuando las tiene que liquidar?No me aparecen en el recibo de sueldo y es más nos dieron vacaciones las dos últimas semanas de Diciembre del 2013 correspondiente al las que tomaríamos este año y no figuran en el recibo.
Muchas Gracias
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+1 #5419 alejandra 26-02-2014 16:45
buenas tarde mi madre es jubilada y cobra por el supervill y tiene una deuda de 18.000 con credilogro ella tiene intencion de pagar pero el dia 10 cuando cobre y ellos le dan tan solo 48hs y amenazan con embargarle el 20% de su jubilacion que es de 2000 lo pueden hacer?
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0 #5575 mariano A 13-03-2014 14:59
el sueldo de un jubilado es in embargable.
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0 #5390 Jorge Muñoz 21-02-2014 18:41
buenas tardes, tengo una renta liquida de 410.000 y me descontaron $ 270.000 por una deuda con una caja de compensacion antigua, quiero saber si es legal que me descuenten mas del 50% del sueldo por un credito social. agradeceria asesoria en saber cual es el pmaximo de descuento que pueden realizar y que articulo lo ampara. gracias
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+3 #5326 Antonio 13-02-2014 08:57
Buenas, por circunstancias especiales mi sueldo fue embargado por AFIP, lo más curioso es que me están retirando la totalidad del sueldo y no un 20% como establece la ley. Mi salario básico es de $ 5.350,10, la consulta es si AFIP puede tomar la totalidad de mis haberes. Gracias
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0 #8125 florencia 15-10-2014 11:47
te estan reteniendo por banco y no por recibo de sueldo seguramente.
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0 #5296 fabian eduardo perez 10-02-2014 14:51
mi consulta es la siguiente. mi sueldo bruto es de aproximadamente 6500 pesos. el banco donde cobro el sueldo me debita entre tarjetas y prestamos 1700 todos los meses y entre sindicato ,obra social y aportes jubilatorios. me descuentan otros 1300 o sea que limpios me quedaran 3500. cuanto es lo que se me podria llegar a embargar? y otra pregunta mas si me cae un embargo de un acreedor. puede otro acreedor distinto embargarme o primero tengo que terminar de pagarle al primero?
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0 #5255 deissy 05-02-2014 14:28
buenas tardes mi pregunta es si en cualquier banco sale el embargo y por ende descuentan automaticamente o lo notifican
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-1 #5228 andrea 01-02-2014 19:29
la unica solucion es poner nuestras finanzas en las manos de dios y si el esta con nosotros quien contra nosotros asi pidanle mucho ael y confien e el por que el nos perdona por que estando lejos de jesus asemos desastres entregenle su corazon y sus cargas a el como dice su palabra vengan ami todos los que estan cansados y cargados y yo los are descanzar que dios los bendiga y el va atomar el control ..
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0 #5190 GERMAMN 27-01-2014 08:18
BUEN DIA MI CONSULTA ES: DEL BANCO DONDE PERCIBO MIS HABERES MENSUAL EN EL MES DE DICIEMBRE SE ME HA DEPOSITADO EL HABERES DEL CORRIENTE MES Y POSTERIOR EL BANCO A ORDEN DE MI EMPLEADOR SE ME DEBITO $3900,00 (NO AUTORIZADO) QUEDANDOME EN MANO PARA COBRAR 2000,00 PESOS. TENGO QUE PASAR ALIMENTO POR UN MONTO DE 4500 Y MI SUELDO BASICO ES DE 3700.
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+1 #5167 elisabeth 21-01-2014 18:46
hola mi consulta es por que en el mes de agosto deje de pagar un prestamo al cual se comunicaron de un estudio juridico explicandome que tenia que abonar 5000 pesos .como no podia pagar esa cantidad y como no me dieron otra alternativa me llamaron para decirme que la deuda era de 14.800 debido a mi falta de pago la deuda es de 23.000 y que van a proceder al embargo de sueldo.Ahora a mi me mandaron una notificacion diciendome que podia abonar la deuda hasta 24 cuotas cuando le consulte a la gente del estudio juridico me dijieron que esa posibilidad era si yo abonaba los 5000pesos y que despues de abonar me tenia que comunicar con credilogros y que tenia que arreglar con ellos.ESTO ES ASI ?
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0 #5164 natalia 21-01-2014 11:57
hola buenos dias me esta por entrar un embargo a mi sueldo por una tarjeta de credito hasta cuanto me toca mi sueldo y hasta cuando voy a estar pagando????
y mi marido se quedo sin trabajo y tambien le va entrar de la tarjeta que pasa en ese caso??
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