CP Jorge Vega
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Comercio CCT 130/75
Gastronómicos Hoteleros
CCT 389/04
CCT 401/05
Construcción - UECARA CCT 660/13
  • Empleados de Comercio - sel homologó el nuevo acuerdo: 38% NO REMUNERATIVO + 9% EN EL BÁSICO (ESCALAS OFICIALES + PUNTOS CLAVES + ACUERDO COMPLETO)

    Se publicó la Resolución que homologa el acuerdo firmado el 26/10/2023 entre FAECyS y las cámaras empresarias.Cabe recordar que el acuerdo estableció un incremento del básico para octubre y pagos no remunerativos para el trimestre octubre-diciembre 2023, los cuales se incorporarán al básico en el mes de enero de 2024. A continuación se pueden consultar los puntos claves, escalas, resolución homologatoria y el texto completo del acuerdo.

  • Empleados de Comercio - Se homologó el acuerdo de julio 2023 (28% escalonado) + PUNTOS CLAVES + ESCALAS + ACUERDO + HOMOLOGACIÓN

    Se homologó el acuerdo de fecha 24/07/2023, entre FAECyS y las cámaras empresarias CCT 130/75, mediante el cual se estableció una recomposición salarial para el trimestre julio-septiembre 2023. En primer lugar, se acordó para julio un aumento del 4,5% sobre los salarios básicos de junio. Por otro lado, se acordaron sumas no remunerativas para los meses de julio (7,5% s/nuevo básico de junio), agosto (15%) y septiembre (22,5% en total), las cuales se incorporarán al básico en el mes de octubre. A continuación se pueden consultar los puntos claves, escalas y el texto completo del acuerdo.

  • Recibos - NUEVAS opciones y conceptos para calcular LIQUIDACIONES FINALES

    Hemos habilitado nuevas opciones y conceptos para el cálculo de LIQUIDACIONES FINALES, contemplando los siguientes casos: DESPIDO INJUSTIFICADO, RENUNCIA, DESPIDO CON CAUSA, FUERZA MAYOR y FALLECIMIENTO DEL EMPLEADOR / TRABAJADOR. A continuación se proporciona más información y se listan los enlaces a los convenios disponibles.

  • Comercio - Acuerdo Abril 2023: ESCALAS + Puntos claves + TEXTO COMPLETO (19,5% + Pagos no remunerativos)

    FAECyS publicó las escalas salariales que regirán para el trimestre abril a junio de 2023, conforme al acuerdo firmado el 14/04/2023.El mencionado acuerdo establece incrementos de los salarios básicos, a pagar en tres cuotas del 6,5% mensual, aplicables sobre el básico de abril (el cual incluye todos los incrementos remunerativos y no remunerativos de los acuerdos anteriores), y el pago de dos cuotas no remunerativas de $ 12.500 cada una.

  • Empleados de Comercio - Se homologó el acuerdo firmado el 14 de abril (19,5% + SUMAS NO REMUNERATIVAS)

    Se homologó el acuerdo del 14/04/2023, entre FAECyS y las cámaras empresarias, mediante el cual se pactaron incrementos en los salarios básicos para los meses de abril, mayo y junio de 2023, los cuales aplicarán sobre los salarios básicos que se habían acordado para el mes de abril.

  • Empleados de Comercio - Se homologó el incremento adicional del 22,9% (Acuerdo 18.01.2023 + ESCALAS + HOMOLOGACIÓN)

    Se homologó el acuerdo del 18/01/2023, entre FAECyS y las cámaras empresarias, mediante el cual se pactaron incrementos en los salarios básicos para los meses de febrero (13%) y marzo (9,9%) de 2023, los cuales aplicarán sobre la suma del sueldo básico y los importes no remunerativos de diciembre y febrero, respectivamente. Con este nuevo acuerdo, el incremento total anual será del 98,08% para el mes de abril de 2023.

  • Empleados de Comercio - Se homologó el nuevo acuerdo salarial (anticipo del 10,5% a agosto) + Puntos Claves + ACUERDO COMPLETO

    Se homologó el acuerdo entre FAECyS y las cámaras empresarias (CAC , CAME y UDECA), el cual anticipa al mes de agosto el 10,5% que se había pactado para enero de 2023. El aumento total se mantiene en el 59,5% sobre los salarios básicos de abril de 2022.

  • Empleados de Comercio: se acordó un 20,5% de aumento para agosto (se adelanta el 10,5% de enero 2023)

    Al 10% previsto para este mes se le sumará el 10,5% que se había acordado para el mes de enero de 2023. En septiembre y en noviembre se aplicarán los aumentos ya previstos, del 10% y 11%, respectivamente. En Enero se volverán a reunir las partes a los fines de evaluar un reajuste.

  • Vacaciones - RECIBOS: Guía de utilización

    A continuación se detallan cada una de las opciones disponibles para el cálculo de las Vacaciones Gozadas, conforme a las disposiciones de la Ley y el Convenio Colectivo. 

  • Empleados de Comercio - Acopio Cereales (CCT 130/75): acuerdo de revisión salarial 2021-2022

    FAECyS y las Cámaras Empresarias del sector (CONINAGRO, Federación de Acopiadores y Centro de Exportadores de Cereales) han arribado a un nuevo acuerdo salarial, en el marco de revisión del acuerdo salarial 2021 de la rama acopio del CCT 130/75. A continuación compartimos el texto del acuerdo y escalas salariales.

  • Empleados de Comercio - Turismo (CCT 547/08): acuerdo de revisión salarial 2021-2022

    FAECyS y la FEDERACIÓN ARGENTINA DE EMPRESAS DE VIAJES Y TURISMO (FAEVYT) han arribado a un nuevo acuerdo salarial, en el marco de revisión del acuerdo salarial 2021 del CCT 547/08. A continuación compartimos el texto del acuerdo y escalas salariales.

  • Empleados de Comercio: aumento del 13% no remunerativo (ACUERDO + ESCALAS + PUNTOS CLAVES + HOMOLOGACIÓN)

    El acuerdo, complementario al firmado en las paritarias 2021 (homologado por Res. 323/22), contempla un incremento no remunerativo del 13% a pagar en dos tramos en los meses de febrero (3%) y en marzo (10%), el cual se incorporará al básico en el mes de abril de 2022. Por otro lado, se prorrogó el acuerdo referente al artículo 223 BIS hasta marzo del año en curso (conforme a acta complementaria firmada el 16/02/2022).

  • Día Empleados de Comercio: se acordó el traslado al Lunes 27

    FAECyS comunicó en su sitio web que se ha acordado con las cámaras empresarias el traslado del día del empleado de comercio del 26 al 27 de septiembre.

  • Comercio - Acuerdo Agosto 2021: homologación (Res. 1023/2021)

    Se homologó el acuerdo para empleados de comercio, el cual establece un pago no remunerativo de $ 4.000 para todas las categorías, a pagar durante la segunda quincena de agosto, y de otro aumento del 9% en noviembre, complementario al establecido en abril de 2021. 

  • Empleados de Comercio: se acordó $ 4.000 para fines de agosto y 9% desde noviembre

    La FAECyS y las cámaras empresarias del sector (Convenio Colectivo 130/75), acordaron una gratificación no remunerativa de $ 4.000 a pagar en la segunda quincena de agosto y un 9% adicional a lo pactado en el mes de abril, el cual se aplicará a partir del noviembre de 2021.

  • Comercio - ACUERDO ABRIL 2021: 32% no remunerativo en cuotas a partir de MAYO 2021 (+ ESCALAS FAECyS)

    La FAECyS difundió las escalas salariales del acuerdo firmado el día 27-04-2021, el cual establece un aumento no remunerativo del 32% a pagar en cuatro tramos del 8% (mayo, septiembre, enero y febrero). Continúa vigente el aporte de $ 100 a OSECAC, a cargo del trabajador, y se establece una contribución extraordinaria (a cargo del empleador), a favor de la misma, de $ 300 mensuales, por cada trabajador con contrato vigente.

  • OSECAC - Contribución Empresaria de $ 300: Declaración e Ingreso

    OSECAC habilitó en su web el sistema para que las empresas empleadoras, incluidas en el CCT 130/75,  puedan presentar la nómina de empleados por los cuales realizarán la Contribución Adicional y Solidaria, según lo establece el Acuerdo celebrado el 27/04/2021 en su artículo Décimo, y generar el comprobante para su pago efectivo por cualquiera de los medios habilitados (Interbanking o Pago Fácil).

  • Comercio - Acuerdo Abril 2021: Homologación y aclaraciones importantes ($ 100 OSECAC, sumas no remunerativas y suspensiones)

    La Secretaría de Trabajo homologó el acuerdo para empleados de comercio que regirá a partir de abril, efectuando importantes aclaraciones sobre el aporte de $ 100 a OSECAC, el carácter de las sumas no remunerativas y los pasos que deberán seguir las empresas que suspendan a su personal (Art. 223 bis).

  • Licencia por Cuidado de Hijo: FAECyS interpreta que debe retribuirse

    Mediante una Circular, la FAECyS interpreta que debe retribuirse la licencia por cuidado de hijo en edad escolar con fundamentos en las resoluciones 207/2020, 60/2021, ambas del Ministerio de Trabajo, y en los decretos 297/2020 y 125/2021.

  • Recibos Comercio: habilitamos el cálculo de antigüedad, asistencia y zona (CRITERIO FAECYS)

    Considerando que la FAECyS ha manifestado que corresponden liquidar adicionales (variables) sobre las sumas no remunerativas pactadas en enero (VER: Aumento Comercio: FAECyS dice que corresponde presentismo y antigüedad sobre el no remunerativo), hemos habilitado en el «Recibo» las opciones correspondientes (en la pestaña "No remunerativos"):

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