CP Jorge Vega
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Comercio CCT 130/75
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  • El día del empleado de comercio se traslada al lunes 29 de septiembre

    La decisión fue tomada por la FAECyS y las cámaras empresarias del sector mediante acuerdo firmado el pasado 9 de septiembre. El traslado rige solamente para este año y tiene como finalidad que los empleados de comercio puedan celebrar su día con todos los efectos y alcances de la Ley 26.541. Dicha ley establece el día 26 de septiembre como fecha de celebración.

  • Empleados de Comercio: piden la nulidad del dictamen que ordena pagar los $ 2.400 sin proporcionar a la jornada

    La Cámara Argentina de Comercio envió una carta al Ministerio de Trabajo rechazando elDictamen Nº 4222, sosteniendo que el mismo “presenta defectos de forma, así como errónea apreciación de los hechos y normativa jurídica en que pretende sustentarse”. La parte empresaria sigue sosteniendo que la suma no remunerativa de $ 2.400 debe pagarse en forma proporcional a la jornada laboral de cada trabajador.

  • $ 1200 empleados de comercio: La CAC insiste en la proporcionalidad

    En un nuevo comunicado, la Cámara Argentina de Comercio afirma que el Ministerio de Trabajo "no estaría facultado para exigir el cumplimiento de lo que postula la parte gremial, toda vez que conforme los principios fundamentales de nuestro orden constitucional, entre los que se encuentra el de la división de los poderes del estado, tal facultad es resorte exclusivo del Poder Judicial".

  • $ 1200 empleados de comercio: el Ministerio dictaminó que se debe pagar en forma completa, sin proporcionar

    El Ministerio de Trabajo terminó con la disyuntiva, confirmando la postura del gremio mercantil. Tras no haberse constituido la comisión negociadora por las partes en conflicto, el ministerio laboral determinó que la asignación de carácter no remunerativo debe ser abonada por el sector empresario en su totalidad, independientemente de la jornada que presten los trabajadores, constituyendo su pago parcial un incumplimiento a lo resuelto oportunamente entre los sectores involucrados.

  • Comercio - $ 1200 no remunerativos: FAECyS y las cámaras empresarias se reunirán para llegar a un acuerdo

    El Ministerio de Trabajo intimó a las partes para que inicien, dentro de las 48 horas, la actuación de la Comisión Permanente de Negociación Colectiva a los fines de que resuelva sobre la proporcionalidad o no de las sumas no remunerativas de los meses de julio y noviembre. Cabe recordar que la constitución de dicha comisión se encuentra prevista en el acuerdo firmado en este año.

  • Empleados de comercio: exigen que se paguen los $ 1200 en forma completa

    Según informan desde un medio periodístico marplatense, el Sindicato de Comercio de Mar del Plata estaría intimando a un call center para que pague la suma no remunerativa de julio en forma completa, sin proporcionar a la jornada cumplida. Dicha interpretación del acuerdo se encuentra en línea con el criterio sostenido por la FAECyS y en contra de la postura empresaria.

  • Empleados de comercio: ¿Cómo reflejar la suma no remunerativa de $ 1200 en el recibo de julio?

    Mientras continúa la controversia sobre la proporcionalidad de los pagos no remunerativos de julio y noviembre de este año, la Cámara Argentina de Comercio (CAC) publicó un comunicado en dónde aconseja como se deberían reflejar dichas sumas en el recibo de sueldo.

  • Empleados de Comercio: la CAC insiste en la proporcionalidad de los $ 1200 no remunerativos

    Luego de que la FAECyS afirmara que los pagos no remunerativos de julio ($ 1200) y noviembre ($ 1200) deben liquidarse en forma íntegra, sin importar la extensión de la jornada, la Cámara Argentina de Comercio (CAC) sigue firme en su postura de la proporcionalidad. En un nuevo comunicado, la CAC señala que pretender abonar la asignación pactada, de manera no proporcional, no solo es contradictorio con la conducta que invariablemente han venido observando las partes, sino que además de ilegal al constituir un grave apartamiento de la normativa vigente, es soberanamente injusto por cuanto viola los principios de igualdad y no discriminación establecidos en nuestra Constitución Nacional.

  • Comercio: según la FAECyS, los $ 1200 no remunerativos NO SON PROPORCIONALES A LA JORNADA

    Fundamenta su postura en el carácter no remunerativo de tales pagos, afirmando que no depende contraprestación alguna. Dicho criterio es contrario al sostenido por la CAC (Cámara Argentina de Comercio), la cual había comunicado que si bien el acuerdo no lo menciona expresamente, va de suyo que cuando se trata de trabajadores a tiempo parcial el pago de esta suma fija deberá ser proporcional.

  • Aumento Empleados de Comercio 2014 + ACUERDO HOMOLOGADO

    Mediante Resolución 626, el Ministerio de Trabajo homologó el acuerdo de comercio con fecha 24/04/2014. Cabe recordar que el básico de convenio se incrementa un 17% a partir de abril y un 10% desde septiembre. También se pactó el pago de dos sumas no remunerativas de $ 1.200 en los meses de julio y noviembre.

  • Aporte Especial a OSECAC de $50: según la CAC el aporte es obligatorio sólo para los afiliados

    La Cámara Argentina de Comercio (CAC) considera que el aporte extraordinario a la obra social solo alcanza y tiene efectos sobre aquellos trabajadores que además de estar incorporados en el Convenio Colectivo 130/75 - y ser en consecuencia beneficiarios del acuerdo paritario - se encuentran además afiliados a OSECAC.

  • Aumento Comercio 2013 HOMOLOGADO + RECIBO + ESCALA + ACUERDO

    La Secretaría de Trabajo homologó el Acuerdo Salarial de Comercio (482/2013) mediante la Resolución 645/2013. Según el texto del acuerdo, el incremento es de un 24% sobre el salario básico del mes de mayo; pagándose un 14% ahora y un 10% a partir de noviembre. Además, se establece el descuento de $ 50 mensuales, durante un año, con destino a la obra social mercantil (OSECAC).

  • Negociación salarial 2013: Pedido de FAECyS a la CAME

    A continuación se transcribe el pedido salarial que la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) remitió a la Cámara Argentina de la Mediana Empresa (CAME). En líneas generales, se solicita un incremento no inferior al 25%, la implementación de un plus por tareas especializadas (Clarquistas, Despostadores, Repositores, etc.) y la reducción de la jornada laboral para cajeras a 36 hs semanales.

  • Escala Salarial Cerealeros 2012 (Acopio - CCT 130/1975)

    Los empleados cerealeros lograron un incremento salarial del 24% a pagar en dos etapas: 15% a partir de julio y 9% a partir de noviembre. En la tabla siguiente se pueden consultar el sueldo básico, antiguedad, presentismo y demás adicionales aplicables a la actividad.

  • Acuerdo 640/2012 Empleados de Comercio

    El Ministerio de Trabajo publicó en su sitio web el texto del acuerdo salarial para empleados de comercio con el número 640/2012, homologado por Resolución 829/2012.

  • Aumento Empleados de Comercio 2012 – ACUERDO HOMOLOGADO, ESCALAS Y RECIBOS

    Finalmente se homologó el acuerdo salarial para empleados de comercio. Recordemos que el incremento no remunerativo es del 24%: 15% en mayo y 9% en noviembre. Acceda a los detalles del acuerdo, a la escala salarial y a los recibos de sueldos para todas las categorías.

  • La Justicia declaró como remunerativo los incrementos otorgados a un empleado de comercio

    En un reciente fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (H. C. Marlyn Jhanel c/ Coto C.I.C. S.A. s/ despido) se determinó que los incrementos salariales otorgados a una empleada de comercio debían incluirse en el cálculo de la indemnización por despido, mas allá de que el acuerdo homologado por el Ministerio de Trabajo le otorgue el carácter de no remunerativo.

  • Se homologó acuerdo salarial de comercio

    Mediante Resolución 685, la Secretaria de trabajo homologó el acuerdo de comercio firmado el pasado 23 de junio de 2011.

  • Acuerdo Salarial Empleados de Comercio 2011

    Acuerdo salarial JUNIO/2011 celebrado entre la Federación Argentina De Empleados de Comercio y Servicios, por la parte sindical y la Unión De Entidades Comerciales Argentinas, la Confederación Argentina De La Mediana Empresa y la Cámara Argentina de Comercio, por la parte empresarial. (AÚN PENDIENTE DE HOMOLOGACIÓN)

    Descargar acuerdo en formato PDF

  • Comercio: síntesis del acuerdo salarial junio 2011

    Con casi dos meses de negociaciones se firmó un incremento salarial del 30% aplicable sobre el básico. El mismo se otorgará en tres cuotas del 15%, 8% y 7% pagaderas en mayo (retroactivo), septiembre y diciembre, respectivamente.

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