La AFIP aprobó el “Sistema de Capacidad Económica Financiera” (Sistema CEF), como uno de los instrumentos para la gestión de riesgos, en materia de administración tributaria, impositiva, aduanera y de los recursos de la seguridad social. Dicho sistema se basará en los datos brindados por el propio contribuyente y/o por terceros, con relación a su condición y actividad económica, patrimonial y financiera.
Procedimiento. Régimen de emisión de comprobantes mediante la utilización de “Controladores Fiscales”. Resolución General N° 3.561, sus modificatorias y complementarias. Norma modificatoria.
Procedimiento. Régimen especial de emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes originales. Resolución General N° 2.485, sus modificatorias y complementarias. Su sustitución. Texto actualizado. Anexo I y II.
Mediante Resolución 4.290 la AFIP estableció la obligatoriedad de utilizar comprobantes electrónicos y/o controladores fiscales para todas las categorías del monotributo y exentos en el IVA. Respecto a los monotributistas, se fijó un cronograma de aplicación que comenzará el próximo 6 de agosto ( Categorías F y siguientes ) y concluirá el 1 de abril de 2019 ( Cat. A ). Sin embargo, se aclara que si se realizan operaciones con consumidores finales será obligatorio a partir de abril de 2019, sin importar la categoría del sujeto.
La AFIP estableció un nuevo régimen de facilidades de pago para las deudas vencidas al 30/06/2018, inclusive. Se podrán incluir obligaciones que hubieran sido incorporadas en planes de pagos anulados, rechazados o caducos. Se deberá ingresar un pago a cuenta que será del 5% o del 10% de la deuda consolidada, dependiendo de la categoría en el SIPER. La cantidad de cuotas no podrá ser mayor a 48 y no menos de $ 1000 cada una.
En consecuencia se deroga la Resolución 167 de la AFIP ( y sus modificatorias y complementarias ) la cual habia establecido un régimen de información por el cual los trabajadores autónomos debían exhibir a los agentes de información el comprobante de pago del último aporte previsional, o la constancia de su inscripción al régimen, en oportunidad de verificarse ciertos actos detallados en la mencionada norma.
Atento a la extensión del plazo dispuesto por el Decreto 613 ( 04/07/2018 ) la AFIP adecuó la Resolución 4249-E que fija las fechas de vencimiento de acuerdo al cierre del ejercicio o año fiscal. A su vez se modifica la fecha de la disponibilidad del plan de pagos previsto por la norma al 01/02/2019.
Ver : Revalúo Impositivo : se extiende a 12 meses el plazo para el ejercicio de la opción ( Dto. 613/2018 )
Mediante Res. 4286 la AFIP estableció que quienes presenten el formulario 572 Web deberán indicar al momento de informar sus cargas de familia que por ellas no percibe asignaciones familiares, atento a la limitación impuesta por la Ley 27.160. Por último, se fijan precisiones respecto a quien le corresponde el computo de la deducción por hijo menor de 18 años o discapacitado para el trabajo.
Los contribuyentes y/o responsables deberán constituir con carácter obligatorio el Domicilio Fiscal Electrónico, conforme a las formas, requisitos y condiciones que se establecen por la presente.
Se prorrogan los vencimientos de los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales y Ganancia Mínima Presunta correspondientes al período fiscal 2017, y se extiende el plazo para adherir al plan de facilidades de la Res. 4.057 al 31 de julio de 2018.
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