Los vencimientos de IVA volverán a ser de 5 días. Los de seguridad social ( empleadores ) comenzarán los días 9 de cada mes y los de autónomos desde el día 5. La novedad se difundió en la web de la AFIP. Las resoluciones que los establecen se publicaron en el boletín oficial de hoy, lunes 8 de enero ( RG 4186-E4187-E ).

El Gobierno Nacional publicó la Ley en el Boletín Oficial. En sus más de 300 artículos, la norma modifica a los principales tributos nacionales, tales como Ganancias , Iva, Monotributo y Seguridad Social. También se efectuan cambios al código aduanero, a la ley de procedimiento y al régimen penal tributario, entre otras novedades.

Con ciertas excepciones, todas las modificaciones de domicilio se deberán efectuar en forma online . En relación al domicilio fiscal electrónico, se establece la obligación de registrar una dirección de email y un número de teléfono, donde se efectuarán avisos sobre las novedades producidas.

La AFIP publicó la agenda de vencimientos de impuestos y recursos de la seguridad social para el año 2018.

La AFIP publicó el procedimiento para que las sociedades por acciones simplificadas que se constituyan en la Provincia de Buenos Aires obtengan su CUIT. Cabe recordar que esta figura societaria fue creada por la Ley 27.349 con el objetivo de fomentar la actividad empresaria en el pais y simplificar los trámites de constitución e inscripción impositiva.

Si bien el trámite deberá concluirse en forma personal en la AFIP, podrá efectuarse en cualquier dependencia de la misma, y no necesariamente en la que corresponda al domicilio fiscal denunciado. Es requisito adherir al domicilio fiscal electrónico. Por último , se adicionan dos formas para acreditar el domicilio y se elimina la obligación de adjuntar dos constancias en algunos casos puntuales.

Al plan podrán adherir aquellos sujetos excluídos del monotributo a partir del 1 de octubre e incluye las obligaciones correspondientes al IVA, ganancias y autónomos ( más sus intereses ). Se podrán reimputar los pagos efectuado al monotributo a la cancelación de las mencionadas obligaciones. Es requisito haber presentado todas la declaraciones juradas determinativas. El importe mínimo de la cuota será de $ 1.000 y el plazo de adhesión será de tres meses.

El plan permite cancelar obligaciones vencidas en el último año ( desde el 1 de junio de 2016 hasta el 31 de mayo de 2017 ) hasta 12 o 24 cuotas ( dependiendo del tipo de obligación ). Se debe ingresar un pago a cuenta del 5% o del 10%, el cual dependerá de la categoría de riesgo ( SIPER ) establecida por la AFIP. Es condición excluyente tener presentadas todas las declaraciones juradas.

Se modifican las condiciones para acceder a los beneficios de la Ley.

Se incrementó a $ 2000 el importe a partir del cual resultará obligatoria la consulta y se reduce de 180 a 30 días el plazo de validez de la misma. Se habilitará una nueva opción para obtener información de la situación fiscal denominada “CONSULTA CONSTANCIAS DE INSCRIPCIÓN” a la cual se accederá mediante "Web Services".

Página 56 de 94