Luego de la generalización de la obligación de utilizar el pago electrónico de las obligaciones impositivas, de los recursos de la seguridad social y aduaneras, la AFIP decidió adecuar y actualizar la Resolución 1.778 a los procedimientos actualmente vigentes.

La AFIP publicó un documento donde especifica el tratamiento fiscal aplicable a las Sociedades Por Acciones Simplificadas ( SAS ) en el Impuesto a las Ganancias y en el Impuesto al Valor Agregado, además de indicar el tratamiento contable a aplicar por dichas sociedades. En cuanto a ganancias, tributarán como sociedades de capital a la tasa del 30%, para ejercicios iniciados a partir del 01/01/2018 y del 25% a partir del 01/01/2020.

Se prorroga el plazo del beneficio hasta fines de de este año, se modifica la fórmula de cálculo del bono de crédito fiscal ( el cual podrá ser aplicado al pago de impuestos nacionales ) y se simplifica el trámite para acceder al mismo.

La AFIP informa que a partir del 1 de marzo los profesionales matriculados en ciencias económicas que necesiten realizar consultas y/o gestiones para sus clientes deberán solicitar en forma previa un turno via web. La obligación surge de la aplicación de la Res. 4188/2018 de la AFIP.

De conformidad a lo previsto en la Resolución 4103, la AFIP publicó en el boletín oficial del 05/02/2018 el listado de los contribuyentes recategorizados de oficio en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.

Mediante Resolución 4192-E, la AFIP eliminó a partir de enero de 2018 los siguientes regímenes informativos: 1) espacios y contratos de publicidad, 2) ingresos de fondos del exterior, 3) comercialización de bienes usados, 4) ferias y mercados 5) establecimientos harineros y 6) donaciones de empleadores a nombre de sus empleados.

En la edición del Boletín Oficial N° 33.781 del día viernes 29 de diciembre de 2017, en el Aviso N° 102114/17 se deslizaron los siguientes errores involuntarios:

Mediante Ley 5.914 se fijó para el ejercicio fiscal 2018 los impuestos y tasas que regirán en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En los apartados siguientes pueden consultase las alícuotas (generales y especiales), anticipos y montos mínimos  aplicables al Impuesto Sobre los Ingresos Brutos.

Mediante Ley 14.983, se fijaron para su percepción en el ejercicio fiscal 2018, los impuestos y tasas vigentes en la Provincia de Buenos Aires. En los apartados siguientes pueden consultase las alícuotas (generales y especiales), anticipos y montos mínimos aplicables al Impuesto Sobre los Ingresos Brutos.

Los vencimientos de IVA volverán a ser de 5 días. Los de seguridad social ( empleadores ) comenzarán los días 9 de cada mes y los de autónomos desde el día 5. La novedad se difundió en la web de la AFIP. Las resoluciones que los establecen se publicaron en el boletín oficial de hoy, lunes 8 de enero ( RG 4186-E4187-E ).

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