El nuevo mínimo se aplicará a los trabajadores dependientes y jubilados, sin importar la cantidad de familiares a cargo. Además, se estableció un incremento del 20% en las deducciones personales para quienes ganen menos de $ 25.000 brutos mensuales. En cambio, los trabajadores y jubilados patagónicos se beneficiarán con un incremento del 30%, sin límite de ingresos.
El plan estará destinado a los contribuyentes que sean empleadores y no superen los $ 10 millones de ingresos anuales. La tasa de interés será del 1,35% mensual y el monto de cada cuota no podrá ser inferior a $ 150. Las solicitudes podrán realizarse a partir del lunes 5 de agosto.
Tras el incremento de la deducción especial, la AFIP informó que los empleadores deberán considerar las deducciones del inciso c) del articulo 23 acumuladas al mes de julio del corriente año incrementadas en el importe neto de la primera cuota del aguinaldo.
Mediante Decreto 1006/2013, se estableció un incremento sobre la deducción especial (Art. 23 Inc. C), equivalente al importe neto de la primera cuota del aguinaldo, aplicable a las rentas derivadas del trabajo en relación de dependencia, del desempeño de cargos públicos y la percepción de gastos protocolares, y de las jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de cualquier especie en cuanto tengan su origen en el trabajo personal y de los consejeros de las sociedades cooperativas.
El plazo para cumplimentar con la exteriorización vencerá el próximo 30 de septiembre, la cual deberá hacerse efectiva mediante la adquisición de algunos de los instrumentos financieros regulados por la ley (Cedin, Bonos o Pagarés). Se aclara que la suspensión de la prescripción por un año regirá para todos los contribuyentes, adhieran o no al régimen de blanqueo.
En el día de ayer, la Cámara baja dio sanción definitiva al proyecto de ley destinado a quienes deseen exteriorizar la posesión de moneda extranjera en el país o en el exterior. El blanqueo se hará efectivo mediante la adquisición de los instrumentos financieros creados por la ley (Bono, pagaré o CEDIN) y operará sobre la tenencia de moneda extranjera al 30 de abril de 2013, o que resulte del producido de bienes que se posean a dicha fecha.
Quienes tengan dólares sin declarar, tanto en el país como en el exterior, podrán exteriorizarlos a través del sistema financiero o mediante la adquisición de bonos públicos destinados a proyectos productivos. No se exigirá el pago de impuestos y el plazo para el blanqueo será de tres meses desde la promulgación de la ley.
La disconformidad podrá plantearse ante la AFIP dentro de los diez días posteriores a la notificación de la exclusión, accediendo al servicio “EXCLUSION DE PLENO DERECHO - DISCONFORMIDAD”, opción “PRESENTACION DE DISCONFORMIDAD”. El nuevo procedimiento comienza a regir a partir de hoy.
A partir de hoy y hasta el 31 de julio, rige el plazo para adherirse al plan de regularización de deudas impositivas, aduaneras y/o de la seguridad social vencidas al 28 de febrero de este año. Se contempla un máximo de 120 cuotas, con un valor mínimo de $ 150, y una tasa de interés del 1,35% mensual.
El pago de las obligaciones de monotributistas y autónomos, cuyos vencimientos operen en los meses de abril, mayo, junio y julio de 2013, se considerará efectuado en término siempre que se efectivice hasta las fechas de vencimientos fijadas para los meses de agosto, setiembre, octubre y noviembre de 2013, respectivamente.
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