En el día de ayer la AFIP habilitó un nuevo plan de facilidades de pago para deudas anteriores al 28 de febrero. A continuación, puede calcular el importe y la cantidad de cuotas según el monto de deuda a financiar.

La tasa de interés será del 1,35% mensual y la cuota mínima de $ 150. La adhesión al plan podrá formularse hasta el 31 de julio y comprenderá las obligaciones vencidas al 28 de febrero de 2013. El sistema estará habilitado a partir del 15 de abril.

La nueva alícuota, que antes era del 15%, se aplicará sobre las compras en el exterior con tarjeta de crédito/débito/compra, portales de internet o a través de agencias de viajes. Asimismo, se gravarán los servicios de transporte con destino fuera del país.

Tras el aumento de las deducciones personales, la AFIP estableció los importes mensuales que deberán tener en cuenta los empleadores a los fines de practicar la retención del impuesto.

De esta forma, un trabajador soltero pagará el impuesto a las ganancias cuando sus ingresos netos superen los $ 6.939 mensuales, mientras que un trabajador casado con dos hijos lo hará a partir de los $ 9.597.  Asimismo, se incrementará en la misma proporción la deducción por pagos al personal doméstico.

Mediante Ley 8.523, se fijaron para su percepción en el ejercicio fiscal 2013, los impuestos y tasas vigentes en la Provincia de Mendoza. En los apartados siguientes pueden consultase las alícuotas (generales y especiales), anticipos, montos mínimos, entre otros aspectos, aplicables al Impuesto Sobre los Ingresos Brutos.

ARBA desarrolló una herramienta que permitirá detectar de forma on line, durante los controles en comercios, los montos de ventas no declaradas. El proceso, que antes demoraba unos seis meses, se realiza en forma automática. El titular de Arba, Martín Di Bella, aseguró que el nuevo equipamiento “será una herramienta estratégica para combatir la evasión”.

Alícuotas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos vigentes para el Ejercicio Fiscal 2013 en la Provincia de Córdoba. Ley Impositiva Nº 10.118.

Mediante Ley 4.470, se fijaron para su percepción en el ejercicio fiscal 2013, los impuestos y tasas vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En los apartados siguientes pueden consultase las alícuotas (generales y especiales), anticipos, montos mínimos, entre otros aspectos, aplicables al Impuesto Sobre los Ingresos Brutos.

El anexo de la Ley 24.977, sustituido por Ley 26.565, establece las causales de exclusión del monotributo en su artículo 20.

Las exclusiones enunciadas transcurren de pleno derecho, es decir sin necesidad de intervención alguna por parte de la AFIP.

El artículo 21 aclara que la exclusión es automática y surte efecto desde la cero (0) hora del día en que se verifique la misma.

La AFIP puede actuar de oficio si como consecuencia del cruzamiento de información de sus bases de datos, constate que el contribuyente se encuentra comprendido en alguna de las causales de exclusión. En este caso la AFIP procede a darlo de baja en el monotributo y a registrar el alta en los tributos del régimen general.

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