Además de darse a conocer en el Boletín Oficial, la exclusión será publicada en la web de la AFIP y se verá reflejada en la constancia de inscripción del contribuyente. Inicialmente, el alta en autónomos se efectuará en la Categoría I de la Tabla III. Se contará con 30 días de plazo para empadronarse en la categoría que corresponda.

La Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) publicó las nueve diferencias que existen entre el plan de pagos especial de 24 cuotas (RG 3630) y el plan de pagos permanente de 6 cuotas (RG 3516), en cuanto a la carga de datos en el aplicativo web "Mis Facilidades" de a AFIP.

Con el nuevo plan se podrán financiar deudas vencidas al 31 de marzo, en 24 cuotas, con una tasa del 1,90% mensual. La fecha límite para la adhesión operará desde el 25 al 29 de agosto, según cual sea la terminación del CUIT del contribuyente.

La nueva versión del programa, denominado "Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social - SICOSS - Versión 37", entra en vigencia en forma inmediata y será de aplicación para la generación de las declaraciones juradas correspondientes al mes devengado mayo 2014 y siguientes. La novedad se dio a conocer en el Boletín Oficial de hoy mediante la publicación de la Resolución 3637 de la AFIP.

El procedimiento será optativo y brindará notables beneficios a los contribuyentes y al fisco en cuanto a la acreditación de personería. Se creará un "Registro Único de Apoderados Electrónicos" y se podrán seguir utilizando los mecanismos actuales (poder ante escribano, etc.). Aún falta la publicación de la norma (Res. 37/14) en el Boletín Oficial.

No será necesario revestir la calidad de empleador y se podrán financiar deudas vencidas al 31 de marzo, en 24 cuotas, con una tasa del 1,90% mensual. Asimismo, los pequeños contribuyentes se encontrarán habilitados a adherir al régimen de pagos permanente, instaurado el año pasado, y se amplían los límites de facturación hasta los $ 30 y $ 50 millones anuales, según se trate de prestadores de servicios o de otras actividades.

La AFIP publicó en su sitio web una nueva versión del programa aplicativo. Entre otras novedades, se modificaron los formatos de importación/exportación de las retenciones y percepciones.

A continuación puede descargar la tabla de automotores en formato Excel, necesaria para liquidar el Impuesto sobre los Bienes Personales del período fiscal 2013. La aplicación permite realizar búsquedas por marca, tipo y modelo de vehículo. El resultado, puede ser copiado y procesado según sus necesidades.

Así lo dispuso la AFIP mediante la Resolución 3.593, la cual establece un régimen de registración sistémica de movimientos y existencias de granos no destinados a la siembra (cereales y oleaginosos) y legumbres secas (porotos, arvejas y lentejas). La norma entrará en vigencia a partir del mes de abril.

Mediante Resolución 3583, la AFIP estableció un régimen de percepción del 20% sobre las operaciones de adquisición de moneda extranjera, con fines de tenencia, efectuadas por personas físicas. Aún falta que se reglamente la operatoria por el Banco Central de la República Argentina (B.C.R.A.).

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