Se establece un incremento salarial del 36% en tres tramos en los meses de julio (20%), agosto (8%) y septiembre (8%). Los incrementos se calcularán sobre la escala salarial vigente para el mes de Junio de 2023.
Se homologó el acuerdo de fecha 24/07/2023, entre FAECyS y las cámaras empresarias CCT 130/75, mediante el cual se estableció una recomposición salarial para el trimestre julio-septiembre 2023. En primer lugar, se acordó para julio un aumento del 4,5% sobre los salarios básicos de junio. Por otro lado, se acordaron sumas no remunerativas para los meses de julio (7,5% s/nuevo básico de junio), agosto (15%) y septiembre (22,5% en total), las cuales se incorporarán al básico en el mes de octubre. A continuación se pueden consultar los puntos claves, escalas y el texto completo del acuerdo.
La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares estableció un nuevo incremento salarial del 36% a pagar en tres tramos en los meses de julio (20%), agosto (8%) y septiembre (8%). A continuación se publican los valores provisorios.
El aumento se otorgará en forma escalonada y acumulativa: 20% en julio, 9% en agosto y 9% en septiembre (42,57% en total). Por otro lado, se acordó un bono extraordinario por el Día del Trabajador Metalúrgico de $60.000, el cual se pagará en dos cuotas de $ 30.000 en los meses de agosto y septiembre.
Conforme al mecanismo de actualización mensual establecida por la Res. 649/22, se fija en $ 278 el valor de la suma fija a abonar por cada trabajador conjuntamente con la alícuota establecida en el Artículo 5° del Decreto N° 590/97, a partir del mes de Julio de 2023 (Vencimiento Agosto).
El Sueldo Anual Complementario (SAC o aguinaldo) está regulado por la Ley de Contrato de Trabajo (Ley 20.744. modificada por la Ley 27.073), la Ley 23.041 y el Decreto 1078/84. Al margen de su denominación (por lo "anual"), dicho concepto se paga dos veces al año (30 de junio y 18 de diciembre) y se determina en base al 50% de la mayor remuneración mensual devengada en el semestre. A continuación se exponen los puntos principales de la normativa y se desarrollan 5 casos práctico.
Conforme al mecanismo de actualización mensual establecida por la Res. 649/22, se fija en $ 262 el valor de la suma fija a abonar por cada trabajador conjuntamente con la alícuota establecida en el Artículo 5° del Decreto N° 590/97, a partir del mes de Junio de 2023 (Vencimiento Julio).
Se firmó el nuevo acuerdo salarial entre UTHGRA y FEHGRA (CCT 389/04), cerrando las paritarias 2022/23 y estableciendo las nuevas condiciones que regirán para el el próximo período (Junio 2023 a Mayo 2024). Entre otros puntos, se acordó anticipar el básico de agosto a mayo, el pago de una gratificación no remunerativa de $ 25.000 para junio y el pago de sumas remunerativas y no remunerativas, a pagar en cuatro tramos, totalizando un aumento (mínimo) del 120%, así como la unificación de básicos para todas las zonas.
Se establece que el valor de la movilidad prevista en el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias, correspondiente al mes de junio de 2023, es de 20,92%.
Con fechas 05/05/2023 y 08/05/2023 se firmaron los acuerdos, entre UTHGRA y las cámaras empresarias del sector (CACYR - CAECSAL, bajo el CCT 401/05 - Comedores públicos y Privados), los cuales establecen una recomposición salarial para este mes, por la paritaria 2022/2023 (totalizando un 115% de incremento), y aumentos trimestrales, por las paritarias 2023/24, en los meses de JULIO (30%), OCTUBRE (60%), DICIEMBRE 2023 (90%) y ABRIL 2024 (120%). Los nuevos básicos se conformarán en los meses de JUNIO 2023 y MAYO 2024.
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