Se homologó el acuerdo entre FAECyS y las cámaras empresarias (CAC , CAME y UDECA), el cual anticipa al mes de agosto el 10,5% que se había pactado para enero de 2023. El aumento total se mantiene en el 59,5% sobre los salarios básicos de abril de 2022.

Empleados de Comercio - Paritarias 2022-2023

RECIBOS ACTUALIZADOS - CALCULADORA (clic aquí) 

Puntos claves

  • Incremento total: 59,5%
  • Base de cálculo: básicos según escala de abril de 2022
  • Tramos:
    • 6% en abril,
    • 6% en mayo,
    • 6% en junio,
    • 10% + 10,5% en agosto (acuerdo agosto),
    • 10% en septiembre,
    • 11% en noviembre
  • Se abonará en su valor nominal y no acumulativamente
  • Será no remunerativo y se incorporará al básico en abril de 2023
  • Aportes/Contribuciones aplicables:
    • aportes y contribuciones de la Obra Social de Empleados de Comercio y Actividades Civiles
    • aportes sindicales (arts. 100 y 101 del CCT)
    • INACAP
  • No tendrán impacto sobre los adicionales del CCT 130/75, a saber:
    • presentismo, antigüedad, cajero, armado de vidrieras, chofer y ayudante de chofer
  • Tampoco computarán para el cálculo del sueldo anual complementario.
  • Aporte patronal solidario, excepcional y extraordinario:
    • Valor: $ 600 mensuales por cada trabajador comprendido en el CCT 130/75 y con contrato vigente.
    • Duración: durante la vigencia del presente acuerdo
  • Aporte Solidario a OSECAC: de $ 100 mensuales a cargo del empleado (desde abril 2022 hasta marzo 2023)
  • Vigencia: desde el 01/04/2022 hasta el 31/03/2023
  • Próxima reunión: enero de 2023

Acuerdo Abril

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Acuerdo Agosto

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Escalas (Rectificadas)

S/ Acuerdo Agosto 2022

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Homologación Abril

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Homologación Agosto

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Comentarios

0 #33893 martin antonio 17-09-2022 09:59
me dieron 7 dias de vacaciones y cuando cobre me descontaron parte del presentismo , es normal ,es asi
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0 #33925 MPaz 21-09-2022 12:44
El presentismo es un porcentaje sobre el Sueldo Básico, por lo cual si varia es por eso, no deberían descontarte presentismo por vacaciones. Si en tu recibo figuran que te tomaste 7 días de vacaciones, el SB es de 21 días de trabajo por lo cual el porcentaje va aplicarse a los 21 días. Probablemente haya ocurrido eso. Yo reclamaría a que el cálculo del 8.33% se haga sobre ambos conceptos.
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+1 #33898 Dra Natalia Torres 18-09-2022 21:10
No! En absoluto, al contrario, te tienen que pagar presentismo y un plus por vacaciones
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0 #33892 martin antonio 17-09-2022 09:54
es normal que me descuenten porcentaje de inasistencia ,por salir de vacaciones ?
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0 #33906 seba seba 19-09-2022 09:28
no correspode
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+7 #33844 YamEspi 07-09-2022 16:03
Buenas tardes, el acuerdo de agosto del 10% + el 10,5% no se aplica en empleados de call center? Gracias!
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0 #33917 bs_daro 20-09-2022 12:02
Cito a YamEspi:
Buenas tardes, el acuerdo de agosto del 10% + el 10,5% no se aplica en empleados de call center? Gracias!
Correswponde a todos
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0 #33899 Dra Natalia Torres 18-09-2022 21:11
Sii, call center siempre tiene que estar incluido en los aumentos de comercio.
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+5 #33839 estudioegarciaasoc 07-09-2022 11:03
Porque se descuenta el No Remunerativo en caso de inasistencias?
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+1 #33900 Dra Natalia Torres 18-09-2022 21:12
Porque es parte del salario, si hay inasistencia INJUSTIFICADA se descuenta proporcional tanto lo remunerativo como lo no remunerativo.
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+2 #33793 Jorge Alfonso 02-09-2022 12:30
Buenos días me descuentan 15.000 pesos del incremento no remunerativo eso corresponde ?
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+1 #33786 catalian 01-09-2022 12:51
buenos dias , queria consultar porque por recibo de sueldo me estan descontando en concepto INC NO REM ACU AL 4/2022 queria saber a que corresponde
gracias
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0 #33927 MPaz 21-09-2022 12:49
Los incrementos no remunerativos que suele acordar Comercio llevan siempre un aporte por obra social, faecys y sec. Asi que seguramente Tenes el recibo con la parte remunerativa Sb+presentismo+etc y descuentos, por otro lado lo no remunerativo y descuentos. Es lo que dice el último acuerdo, si googleas seguro vas a ver la información. Saludos!
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0 #33784 Leandro Gabriel 01-09-2022 10:01
Buen día, quería hacer una consulta respecto a un item en el recibo que no se que es. En los descuentos me figura (entre otras cosas) FAECYS, aporte extraordinario osecac, Osecac y SINDICATO. Este último a que correspondería? ya que no me afilie en ningún momento al sindicato. Tengo esa obra social pero nunca me afilie al sindicato, a qué corresponde ese descuento? Gracias
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0 #33926 MPaz 21-09-2022 12:46
Leandro, aunque no estés afiliado al sindicato el Convenio Colectivo de trabajo indica que se retiene un pago por el mismo. Entiendo que otros convenios como el de gastronomicos, si no se quiere aportar se retiene igual un "aporte solidario" y en vez dl 2% es del 1.5% es una risa la diferencia pero bue...Los demas conceptos que indicas es todo lo que se resuelve en los acuerdos firmados. Saludos!
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0 #33890 mauri867 16-09-2022 17:29
el aporte sindical es obligatorio en la argentina, no así el gremial
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+2 #33856 MARIANO SEBASTIAN 08-09-2022 11:04
Hola, los sindicatos y gremios, siempre se llevan una "tajada" por ser tus "representantes" ante los empresarios. Por ende, ese aporte "solidario" es digamos... obligatorio; pero suena menos agresivo si se detalla de otras maneras.
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0 #33763 Juli 31-08-2022 13:35
Entré a trabajar a mediados de Julio, y no se me ajusto ningún valor. Tengo que tener antigüedad para percibir los ajustes?
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0 #33901 Dra Natalia Torres 18-09-2022 21:14
No, no tenes que tener antiguedad para cobrar los incrementos, reclamalo si no te lo pagaron.
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0 #33736 Germanr 29-08-2022 12:58
Buen día, los incrementos no remunerativos los paga el estado o depende del empleador?
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0 #33902 Dra Natalia Torres 18-09-2022 21:14
Los paga el empleador.
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0 #33777 CARINASB 31-08-2022 16:22
Los paga el empleador. que sean no remunerativos quiere decir q no te hacen aportes ni te los computan para calculo de aguinaldo ni vacaciones - tengo entendido que recien en marzo o abril 2023 pasan a ser remunerativos
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+2 #33721 Monica Belfiore 26-08-2022 13:10
Hola mí consulta es sobre cómo tienen que pagar el feriado no trabajado. En el recibo lo tengo pago pero como día normal y tengo entendido que se abona con un plus. Es así??
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0 #33903 Dra Natalia Torres 18-09-2022 21:16
Monica, si trabajas un feriado se paga con un plus como vos decis. Si no te lo pagaron reclamalo
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0 #33781 SOFIA INES 01-09-2022 08:47
NO, EL FERIADO SE PAGA AUNQUE NO LO TRABAJES, GARANTIZANDO EL MISMO SUELDO AL EMPLEADO. NO LLEVA PLUS.
SI TRABAJASE SE PAGAN LAS HORAS AL 100%.
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+3 #33728 Diego May 27-08-2022 12:01
Por que deberían pagarte un feriado que NO TRABAJAS?
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0 #33759 Diego Samir 30-08-2022 15:59
Porque el feriado no trabajado se paga. El feriado no trabajado se paga el feriado + plus
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0 #33782 Eze NH 01-09-2022 09:15
No es asi, el feriado no trabajado se paga como dia normal. Solo en el caso de haberlo trabajado se paga el plus que es como si fuesen 2 dias en total, o sea el dia normal mas el 100% del valor de las horas trabajadas. Siempre fue asi
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+1 #33835 M.R.M. 06-09-2022 19:38
EL FERIADO NO TRABAJADO SI LLEVA UN PLUS, DISTINTO AL FERIADO TRABAJADO QUE SE PAGA EL DOBLE. LO INDICAN LOS ARTICULOS 165 AL 171 LCT.
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+1 #33774 Marcos... 31-08-2022 15:21
Como te van a pagar doble un feriado que no trabajaste?? Nunca fue asi.
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+1 #33895 Eduardo K 17-09-2022 13:48
El feriado no trabajado genera un Plus (es el 20% del valor Remunerativo de un dia) porque es la diferencia entre dividir el sueldo por 30 y de dividirlo por 25.- Ejemplo en Maestranza (130/75), ese plus es de $ 290,63 y es un importe Remunerativo. Si lo trabaja cobra Sueldo Basico /25 $ 1743,77. No se toman los Incrementos No Remunerativos para estos calculos. Sdos.
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