Se homologó el acuerdo entre FAECyS y las cámaras empresarias (CAC , CAME y UDECA), el cual anticipa al mes de agosto el 10,5% que se había pactado para enero de 2023. El aumento total se mantiene en el 59,5% sobre los salarios básicos de abril de 2022.
Empleados de Comercio - Paritarias 2022-2023
RECIBOS ACTUALIZADOS - CALCULADORA (clic aquí)
Puntos claves
- Incremento total: 59,5%
- Base de cálculo: básicos según escala de abril de 2022
- Tramos:
- 6% en abril,
- 6% en mayo,
- 6% en junio,
- 10% + 10,5% en agosto (acuerdo agosto),
- 10% en septiembre,
- 11% en noviembre
- Se abonará en su valor nominal y no acumulativamente
- Será no remunerativo y se incorporará al básico en abril de 2023
- Aportes/Contribuciones aplicables:
- aportes y contribuciones de la Obra Social de Empleados de Comercio y Actividades Civiles
- aportes sindicales (arts. 100 y 101 del CCT)
- INACAP
- No tendrán impacto sobre los adicionales del CCT 130/75, a saber:
- presentismo, antigüedad, cajero, armado de vidrieras, chofer y ayudante de chofer
- Tampoco computarán para el cálculo del sueldo anual complementario.
- Aporte patronal solidario, excepcional y extraordinario:
- Valor: $ 600 mensuales por cada trabajador comprendido en el CCT 130/75 y con contrato vigente.
- Duración: durante la vigencia del presente acuerdo
- Aporte Solidario a OSECAC: de $ 100 mensuales a cargo del empleado (desde abril 2022 hasta marzo 2023)
- Vigencia: desde el 01/04/2022 hasta el 31/03/2023
- Próxima reunión: enero de 2023
Acuerdo Abril
Acuerdo Agosto
Escalas (Rectificadas)
S/ Acuerdo Agosto 2022
Comentarios
Las encargadas de liquidar dicen que se incorporo al basico, lo que se incorporo al basico son los aumentos de 2021 y de enero2022 (tengo entendido). No quieren abonar el 6% porque no lo liquidaron que debería hacer, soy Administrativa A. Muchas gracias
Debido a este supuesto gran cuerdo salarial, percibi menos en mano. Entonces no entiendo como esto nos beneficia si tengo que comer ahora ademas de cuando me jubile. Comercio es una verguenza desde donde se lo mire.
A calcular en mayo: Sueldo de abril x 12% (aumento de abril y mayo)
Valor: $ 600 mensuales por cada trabajador comprendido en el CCT 130/75 y con contrato vigente.
Duración: durante la vigencia del presente acuerdo
Aparentemente por este acuerdo ( y seguramente siga así , pero ...el doble!!!??? no será muchoooo??)
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