CP Jorge Vega
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  • Ganancias: los trabajadores deberán informar los gastos deducibles por Internet

    La AFIP dispuso la creación del formulario 572 Web, en sustitución del formulario en papel, que deberán confeccionar los empleados, jubilados y actores ante cada modificación de datos. La presentación es necesaria para que el empleador calcule en forma adecuada las retenciones del Impuesto a las Ganancias.

  • AFIP reglamentó el procedimiento de devolución del 15% sobre las compras en el exterior

    Quienes no sean contribuyentes de Ganancias y de Bienes Personales podrán solicitar por Internet la devolución de las percepciones, practicadas desde el mes de octubre, a partir de febrero de 2013.

  • Ganancias: la exención sobre el aguinaldo deberá constar en el recibo de sueldo

    Así lo dispuso la AFIP mediante la Resolución 3413. El importe respectivo deberá consignarse bajo el concepto “Beneficio Decreto Nº 2.191/12”.

  • AFIP oficializó la creación del registro de bienes usados

    En el registro deberán inscribirse quienes realicen más de 4 operaciones por mes y por un monto total que sea igual o superior a los $ 5.000. Además, deberán informarse a la AFIP cada 10 días y podrán estar sujetas a percepciones de IVA o retenciones de Ganancias. La medida se dio a conocer mediante la Resolución 3411 de la AFIP.

  • ARBA: régimen informativo sobre discapacitados y ex presos

    Quienes empleen personal con capacidades diferentes o ex presidiarios, y computen como pago a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos la mitad de las remuneraciones pagadas a los mismos, deberán remitir por internet información sobre el personal contratado.

  • Ganancias: criterio aplicable a las indemnizaciones por embarazo, estabilidad gremial y por las que superen el promedio del convenio

    Según el fisco nacional las indemnizaciones por causa de embarazo o por estabilidad y asignación gremialse encuentran exentas del impuesto a las ganancias. Por el contrario, las indemnizaciones que superen el límite que fija la ley laboral deberán pagar el mencionado tributo.

  • Vencimiento Convenio Multilateral 2013

    Mediante Resolución 7/2012, la Comisión Arbitral estableció las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos - Convenio Multilateral - en el período fiscal 2013.

  • Alícuotas Ingresos Brutos Buenos Aires 2013

    Mediante Ley 14.394, se fijaron para su percepción en el ejercicio fiscal 2013, los impuestos y tasas vigentes en la Provincia de Buenos Aires. En los apartados siguientes pueden consultase las alícuotas (generales y especiales), anticipos, montos mínimos, entre otros aspectos, aplicables al Impuesto Sobre los Ingresos Brutos.

  • Sobre el próximo aguinaldo no se pagará Impuesto a las Ganancias

    Asi lo anunció la Presidenta de la Nación, Cristina de Kirchner, en el día de ayer y se oficializó mediante la publicación del Decreto 2191/2012 en el Boletín Oficial. La medida establece un incremento de la deducción especial en un monto equivalente a la segunda cuota del aguinaldo de este año.

  • Las agencias de viajes deberán informar los servicios que contraten en el exterior

    Según la Resolución 3395 de la AFIP, publicada en el Boletín Oficial de hoy, los operadores turísticos deberán informar los contratos celebrados con sujetos del exterior (transporte, hoteles, entre otros) en forma previa a la prestación del servicio. Dicha información, será requisito necesario para que se autorice la compra de moneda extranjera.

  • ARBA: deberán inscribirse como agentes de percepción quienes realicen ventas al por mayor

    Los nuevos sujetos obligados serán aquellos que obtengan ingresos brutos superiores a los $ 5.000.000 anuales y comercialicen al por mayor algunos de los siguientes bienes: alimentos, artículos de ferretería, cartones, maquinas, entre otros. La inscripción podrá realizarse hasta el 31 de octubre.

  • Formulario Data Fiscal: será obligatorio a partir de mañana

    A través de un smartphone o celular inteligente, los clientes podrán conocer el comportamiento fiscal de los comercios y efectuar denuncias a la AFIP (empleo en negro, no emisión de facturas, etc.). Además, el nuevo formulario reemplazará a todos los que se exigen actualmente para su exhibición: "Exija su factura", "Constancia de Inscripción", etc.

  • AGIP: los locadores de inmuebles sufrirán una retención del 1,5% a cargo del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos

    Además, se incrementaron las alícuotaspara importadores, comercio electrónico, pequeños contribuyentes y para las ventas al contado que superen los $ 1.000. Las demás alícuotas, tanto de percepción como de retención, permanecen sin cambios.

  • Alícuotas de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Capital Federal

    En la siguiente tabla pueden consultarse las alícuotas de retención y de percepción del Impuesto sobre los Ingresos brutos en la Capital Federal. Dichas alícuotas comenzarán a regir a partir de octubre de 2012, tal como fue dispuesto por la Resolución 672/2012 (modificatoria de la Resolución 963-2011) de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP).

  • La AFIP creó la Cuenta Corriente Aduanera

    En la misma se registrarán los créditos provenientes de importes pagados en exceso en concepto de derechos de exportación. De esta forma, se proporciona una alternativa más beneficiosa qué soluciona los inconvenientes del procedimiento de repetición de tributos.

  • Las percepciones alcanzarán a las compras por Internet y con tarjeta de débito

    A igual que las tarjetas de crédito, la percepción será del 15% sobre las operaciones en moneda extranjera por Internet y sobre las compras con tarjeta de débito que realicen los turistas en el exterior.

  • Se percibirá ganancias y bienes personales a quienes consuman en el exterior

    La percepción será del 15% sobre el monto total de los consumos con tarjeta de crédito y/o de compra que realicen los turistas en el exterior. Además, se informarán mensualmente el detalle de todos los gastos realizados.

  • La AGIP incrementó las alícuotas de retención y de percepción del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos

    La alícuota general se incrementa en un punto porcentual, quedando en el 2,5% para las retenciones y en el 3% para las percepciones. En cambio, se reduce la alícuota aplicable al comercio electrónico, pasando del 2% al 1,5%.

  • Importaciones: la AFIP incrementó las alícuotas de percepción de IVA y Ganancias

    La AFIP derogó el "Certificado de Validación de Datos de Importadores - CVDI" y, en consecuencia, los beneficios que su tenencia implicaba. A partir de ahora, todos los sujetos deberán pagar una percepción del 6% en ganancias y del 20% (general) o del 10% (reducida) en el IVA.

  • Ingresos Brutos: alícuotas vigentes por jurisdicción

    En este artículo podrás encontrar las alícuotas vigentes del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos en Capital Federal, Buenos Aires (provincia), Santa Fe, Córdoba y Mendoza. Expongo la norma tal como fue publicada con sus modificaciones, pero organizada de forma amigable a la lectura.

    Además, en la publicación de alícuotas de la Capital Federal y Prov. de Buenos Aires, encontrarás un cuadro de búsqueda flexible en el que podrás filtrar la información ingresando el código o la descripción de la actividad. Es flexible, porque encuentra lo que buscas independientemente si lo escribes con o sin mayúsculas, con o sin acentos, incluso si ingresas algunos espacios demás.

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