Actividades hoteleras, así como aquellos contribuyentes que no puedan cumplir con el cronograma de la Res. Gral. 3561 (ver aquí), tendrán tiempo hasta el 31.12.2021 para hacer el recambio correspondiente, salvo que gocen de un plazo mayor, en cuyo caso prevalece este último.
La AFIP, mediante Res. Gral. 5025, extendió la suspensión de las exclusiones sistémicas del Monotributo (hasta el 2 de agosto de 2021) y de las bajas por falta de pago (10 meses consecutivos).
La AFIP extendió, hasta el 31/12/2021, el plazo para que los responsables inscriptos adecuen sus sistemas de facturación para que puedan emitir comprobantes "A" a monotributistas, dando cumplimiento a las disposiciones de la Res. Gral. 5003 (Ley 27.618)
La AFIP oficializó la nueva prórroga de los vencimientos de los impuestos a las ganancias, personas humanas, cedular y bienes personales al 10, 11 y 12 de agosto (el pago un día después). Respecto a las declaraciones informativas de empleados y jubilados, el vencimiento pasa al 31 de agosto. Por último, se establece que el primer anticipo, comenzará a vencer a partir del 24 de agosto.
La AFIP decidió volver a prorrogar los vencimientos de los impuestos a las ganancias - personas humanas -, bienes personales y cedular al mes de agosto. La presentación comenzará a vencer el 12 de agosto y el pago un día después. El primer anticipo vencerá el 24 de agosto.
Se establece que los monotributistas podrán cumplir con las obligaciones de pago mensual -impuesto integrado y cotizaciones previsionales- correspondientes a los períodos devengados enero a junio de 2021, hasta el día 5 de agosto de 2021, inclusive.
Se promulgó la Ley 27.630 (BO 16.06.2021), que modifica la Ley de Impuesto a las Ganancias, incorporando, entre otras novedades, un esquema progresivo de alícuotas para empresas (las tasas varían entre 25% y 35%, más una parte fija que depende de la cuantía de la ganancia neta obtenida en el ejercicio). Las disposiciones de esta ley entrarán en vigencia el día 16.06.2021 y surtirán efecto para los ejercicios fiscales o años fiscales iniciados a partir del 1° de enero de 2021, inclusive.
La AFIP, mediante Res. 5008/2021, adecua la Res. Gral. 4003 a los cambios introducidos por la Ley 27.617 y el Decreto reglamentario 336/2021. Por otro lado se actualiza el importe a partir del cual resulta obligatoria la presentación de las declaraciones juradas informativas por parte de empleados y jubilados, así como la prórroga de su vencimiento al 31.07.2021.
Mediante Ley 6.418, publicada en el Bol. Oficial del día 07.06.2021, se exime del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, correspondientes a los anticipos de los meses comprendidos entre mayo y julio del 2021 inclusive a los contribuyentes o responsables que desarrollen las actividades gastronómicas que se enumeran en la misma.
La AFIP prorrogó los vencimientos de los impuestos a las ganancias, personas humanas, cedular y bienes personales al 23 de julio (el pago un día después). Las aplicaciones web estarán disponibles a partir del 18 de junio, salvo la correspondiente al impuesto sobre los bienes personales, la que podrá accederse desde la publicación de la norma en el Boletín Oficial (08.06.2021).
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