Se modifican dos artículos de la Res. 1/2021, aclarándose que la expresión “administración” refiere a administración central o sede central, no siendo aplicable en relación a dichos conceptos la Resolución General N° 109/2004.
La AFIP postergó la obligación de recambio de los controladores de vieja tecnología a la nueva, estableciendo un nuevo cronograma que se extiende hasta el 31/01/2022 y el 30/04/2022 (dependiendo de la cantidad de controladores).
La AFIP, mediante Res. Gral. 5108, extendió la suspensión de las exclusiones sistémicas del Monotributo (hasta el 3 de enero de 2022) y de las bajas por falta de pago (10 meses consecutivos).
Mediante Resolución 5106/21, la AFIP decidió extender hasta el 31 de enero de 2022 la vigencia de la modificación transitoria dispuesta por la resolución 4548 a la cantidad de planes, cuotas y topes en la tasa de financiamiento, así como a los cambios introducidos por la Res. 5.057/2021, en la cantidad máxima de cuotas, para los casos de deudas con ajuste de fiscalización.
Puntos claves y cuadro resumen de las principales características de los planes de facilidades de pago de la Ley 27.653 (ampliación moratoria de la Ley 27.541) y la Res. 5.101 de la AFIP.
La AFIP publicó la Res. 5101/2021, instrumentando las medidas de alivio fiscal de la Ley 27.653, estableciendo la condonación de deudas fiscales para entidades sin fines de lucro, MiPyMES y Pequeños Contribuyentes, la ampliación de la moratoria de la Ley 27.541 y beneficios para los contribuyentes cumplidores.
En otras medidas, se establece que las exenciones previstas no resultarán aplicables en aquellos casos en que los movimientos de fondos estén vinculados a la compra, venta, permuta, intermediación y/o cualquier otra operación sobre criptoactivos, criptomonedas, monedas digitales, o instrumentos similares, en los términos que defina la normativa aplicable.
El Poder Ejecutivo promulgó la Ley, con el número 27.653, en el Boletín Oficial de hoy (11/11/2021), en la cual se establece la condonación de deudas fiscales para entidades sin fines de lucro, MiPyMES y Pequeños Contribuyentes, así como la ampliación de la moratoria de la Ley 27.541. Por otro lado, se disponen beneficios para los contribuyentes cumplidores.
Se hacen aclaraciones sobre el tratamiento que cabe conceder en el impuesto a las ganancias a las indemnizaciones o gratificaciones laborales motivadas por la extinción del vínculo laboral, adecuando el criterio a las disposiciones del Máximo Tribunal en la materia y a las modificaciones de la Ley 27.430.
Mediante Res. 626/2021, el Ministerio de Desarrollo Productivo modificó el Reglamento de Acceso al Beneficio del Programa “Crédito a Tasa Cero 2021”, derogando los requisitos de facturación (promedio mensual de ventas o compras) y de ser proveedor del estado. Por otro lado, se establece que no serán elegibles los solicitantes que se encuentren inscriptos (al momento de la solicitud) en una categoría superior a la vigente al día 30 de junio de 2021.
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