La normativa aplicable es la establecida por la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 y el Decreto 484/87. En forma directa influye en el monto del embargo, como explicaré a continuación, la determinación del salario mínimo establecida por el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil.

Según el Art. 120 de la ley laboral "el salario mínimo vital es inembargable en la proporción que establezca la reglamentación, salvo por deudas alimentarias".

Dicho artículo está reglamentado por el decreto 484/87. Pero, previo a su tratamiento, considero oportuno exponer algunas consideraciones sobre el salario mínimo.

Salario Mínimo, Vital y Móvil

La Ley de Contrato de Trabajo define al salario mínimo vital como sigue.

Salario Mínimo Vital

Es la menor remuneración que debe percibir en efectivo el trabajador sin cargas de familia, en su jornada legal de trabajo, de modo que le asegure alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte y esparcimiento, vacaciones y previsión.

Hay que tener presente que el salario mínimo es un derecho constitucional según su artículo 14 bis.

A su vez, la ley establece que todo trabajador mayor de 18 años tendrá derecho a percibirlo y que los subsidios o asignaciones familiares no lo integran y deben ser abonadas aparte.

El artículo 119 dice que :"por ninguna causa podrán abonarse salarios inferiores a los que se fijen de conformidad al presente capítulo, salvo los que resulten de reducciones para aprendices o para trabajadores que cumplan jornadas de trabajo reducida, no impuesta por la calificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 200."

La Ley 24.013 amplia el alcance del salario mínimo a los empleados públicos nacionales (Art. 140).

Evolución del Salario Mínimo Vital y Móvil
Vigente desdeResoluciónSalario mínimo
MesHora
12-agosto-2010 2/2010 $1.740 $8,70
1-enero-2011 2/2010 $1.840 $9,20
1-agosto-2011 2/2011, 3/2011 $2.300 $11,50
1-septiembre-2012 2/2012 $2.670 $13,35
1-febrero-2013 $2.875 $14,38
1-agosto-20134/2013$3.300$16,50
1-enero-2014$3.600$18,00

Nota (1): para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo, con excepción de los trabajadores a tiempo parcial (Art. 92 ter) y los trabajadores a jornada reducida (Art. 198) que lo percibirán en su debida proporción.

Límites al monto de los embargos

El Decreto 484/87 se encarga de establecer ciertos límites a los acreedores en cuanto a sus pretensiones sobre la remuneración de su deudor. Dicho límite se establece teniendo el carácter de subsistencia del salario mínimo del trabajador y de su grupo familiar.

Para realizar los cálculos que siguen se debe tomar la remuneración bruta, es decir sin deducciones de aportes u otros conceptos.

La remuneración mensual devengada o cada cuota del sueldo anual complementaria (SAC) es:

  1. Inembargable si no supera a un salario mínimo.
  2. Embargable, y solamente en lo que exceda al salario mínimo, en:
    • un 10% si el excedente no supera un salario mínimo.
    • un 20% si el excedente supera un salario mínimo.

El segundo punto es también aplicable a las indemnizaciones, pero sobre el total y no sobre el excedente.

El juez resuelve el embargo y le ordena al empleador retener la parte del salario para ir pagando la deuda correspondiente.

Ejemplos: salario mínimo = $2.300 (desde 01/08/2011) en jornada completa.

  • Remuneración bruta: $3.500, Embargo = $  120 = ($3.500-$2.300)*10%
  • Remuneración bruta: $2.300, Embargo = $ 0
  • Remuneración bruta: $5.000, Embargo = $ 540 = ($5.000-$2.300)*20%

Las retenciones por cuotas alimentarias no se rigen por el procedimiento anterior, sino que su importe lo establece el juez. Este debe tener en cuenta el nivel de vida del alimentante, cantidad de hijos, etc.

Comentarios

+1 #12308 Diego Petcoff 23-12-2015 21:58
Buenas noches,
En frebrero del año pasado me quede sin empleo y recien hace 5 mese empece a trabajar y me quedo una deuda impresionante que me resulta imposible cancelar y me estan amenazando de todos lados con embargos y juicios.
Yo tengo el telegrama de despido y que tuve que comer de la basura por no tener dinero y los bancos no les importaron,
hasta estuve a punto de suicidarme por no tener dinero.
queria saber si hay alguna ley que nos proteja ya que no es nuestra culpa el tener deudas.
muchas gracias
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+1 #12482 valeria1977 12-01-2016 10:59
La ley te protege en cuanto a los porcentajes que se te pueden embargar ya que fija topes y para trabar embargos debe haber una orden judicial, la deuda si la adquiriste la tenes que cancelar a la corta o a la larga esto es así, pero no te angusties para darte idea si vos ganas $12100 el máximo que pueden embargarte es $604 y si tenes mas de una deuda y te traban varios embargos se le da prioridad al que llega primero hasta que no se cancela esa deuda no se le da curso a otro embargo con esto te quiero decir que no es que vas a trabajar para pagar embargos y te vas a quedar sin comer en ese sentido la ley te protege
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0 #12307 daniel edgardo lazza 23-12-2015 14:25
en un sueldo de 23000 pesos.cuanto es el monto.que corresponde al embargo. por cobro de alquileres,gracias
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0 #12277 HUGO VELAZQUEZ 17-12-2015 10:23
Hola soy de Cordoba, retirado de la policia en el mes de Marzo de este año y ahi empezo mi problema, con banco de cordoba, cobro a travez del banco por una cuenta sueldo, tenia con el tarjeta bancor visa, al atrasarse mi pago no pude pagar el resumen de la tarjeta y el prestamo personal que se descontaba directamente de la cuenta, en el mes de junio me empezo a descontar el banco y lo unico que sale es DESCUENTO DEUDA BANCO el aguinaldo de junio no lo tocaron, siguieron los descuentos, fui a preguntar varias veces al banco o a tratar de refinanciar y era tanto lo que me pedian de cuota que era lo mismo me quedaba sin un peso del sueldo, los descuentos siguen, todos los meses me descuentan todo el sueldo, y hoy cobre el aguinaldo y tambien me lo descontaron todo, he ido hablar con el gerente del banco y dice que no puede hacer nada que lo hace el mismo sistema y la marca del banco, si me pueden asesorar que puedo hacer, quiero pagar pero no de esta forma, gracias
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+2 #12246 sergio antonio feder 13-12-2015 07:53
HACE 5 MESES ME ESTAN EMBARGANDO MI JUBILACION DEL IPS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, EN OTROS EMBARGOS JAMAS ME DESCONTARON DEL AGUINALDO Y AHORA 2015 ME APARECE EL DESCUENTO DEL 20% DEL AGUINALDO, ESTO ES ASI, PUES ANTES JAMAS ME DESCONTARON? QUE PUEDO HACER, RECLAMAR AL IPS?
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0 #12136 ALFREDOacevedo 30-11-2015 19:14
hola fui a cobrar mi sueldo y mi cuenta de sueldo caja de ahorro en pesos del banco hsbc estaba bloqueada y sin saldo , en el banco estiman que el empleador no deposito y que el bloqueo lo podria haber echo el empleador
el empleador me informa que realizaron el deposito que ellos no saben nada de embargo o bloqueo de cuenta
nadie me informa nada ; hace 15 años que trabajo en esta empresa.
necesito que un abogado me represente e inicie un reclamo cuales son las alternativas
gracias
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+1 #12068 mercedes estefania 20-11-2015 10:37
Buenos días yo trabajo en una empresa donde le realizamos los descuentos de un embargo a un empleado. Ya le hicimos el descuento del total del monto embargado y el depósito de todas las cuotas. Mi consulta es como debo proceder ahora para informar que ya se cumplió con el embargo y lograr liberar al empleado.
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0 #12046 jose gonza 16-11-2015 16:26
hola,necesito una orientacion ya que me han llamado por estar en mora con un credito en la empresa credito argentino y me han intimado telefonicamente a pagar o van a proceder al embargo de sueldo y vienes..mi pregunta es si bien he leeido que pueden embargarme el sueldo hasta un 20 por ciento....pueden embargarme los muebles de la casa,y dejarme sin nada en que vivir,no tengo propiedades ya que la casa es prestada,y tambien tengo un auto modelo 92 viejito obvio que no vendiendolo alcanzaria para pagar la deuda,pueden quitarmelo?,desde ya gracias y espero su orientacion.....
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0 #11817 Melinda. 11-10-2015 16:00
Me llamaron a mi trabajo para decirme q me van a embargar el sueldo por una deuda que tengo con natura cosmeticos. De un estudio en congreso. Les tengo q dar bola? .
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0 #11796 pia 08-10-2015 11:24
Le embargaron el suelo a un padre que no cumplia con la cuota alimentaria para sus dos hijos, pero falleció la semana pasada, por ende no percibirá mas el salario. Los hijos o la mamá de ellos (que no estaban casados) tienen derecho a una pensión?
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0 #11730 ana lorena 02-10-2015 13:40
Hola me embargaron el sueldo, es un estudio de abogados donde pedi un prestamos, me embargaron en el 2013 durante casi un año y ahora me vuelven a embargar y no entiendo porquesi ya habia saldado mi deuda. Te pueden embargar dos veces del mismo lugar?
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0 #11799 DUrVyLuS 08-10-2015 16:03
si. Porque te embargan inicialmente el importe del préstamo/crédito...
Luego las costas judiciales que por general es el mismo importe.
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