La normativa aplicable es la establecida por la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 y el Decreto 484/87. En forma directa influye en el monto del embargo, como explicaré a continuación, la determinación del salario mínimo establecida por el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil.

Según el Art. 120 de la ley laboral "el salario mínimo vital es inembargable en la proporción que establezca la reglamentación, salvo por deudas alimentarias".

Dicho artículo está reglamentado por el decreto 484/87. Pero, previo a su tratamiento, considero oportuno exponer algunas consideraciones sobre el salario mínimo.

Salario Mínimo, Vital y Móvil

La Ley de Contrato de Trabajo define al salario mínimo vital como sigue.

Salario Mínimo Vital

Es la menor remuneración que debe percibir en efectivo el trabajador sin cargas de familia, en su jornada legal de trabajo, de modo que le asegure alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte y esparcimiento, vacaciones y previsión.

Hay que tener presente que el salario mínimo es un derecho constitucional según su artículo 14 bis.

A su vez, la ley establece que todo trabajador mayor de 18 años tendrá derecho a percibirlo y que los subsidios o asignaciones familiares no lo integran y deben ser abonadas aparte.

El artículo 119 dice que :"por ninguna causa podrán abonarse salarios inferiores a los que se fijen de conformidad al presente capítulo, salvo los que resulten de reducciones para aprendices o para trabajadores que cumplan jornadas de trabajo reducida, no impuesta por la calificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 200."

La Ley 24.013 amplia el alcance del salario mínimo a los empleados públicos nacionales (Art. 140).

Evolución del Salario Mínimo Vital y Móvil
Vigente desdeResoluciónSalario mínimo
MesHora
12-agosto-2010 2/2010 $1.740 $8,70
1-enero-2011 2/2010 $1.840 $9,20
1-agosto-2011 2/2011, 3/2011 $2.300 $11,50
1-septiembre-2012 2/2012 $2.670 $13,35
1-febrero-2013 $2.875 $14,38
1-agosto-20134/2013$3.300$16,50
1-enero-2014$3.600$18,00

Nota (1): para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo, con excepción de los trabajadores a tiempo parcial (Art. 92 ter) y los trabajadores a jornada reducida (Art. 198) que lo percibirán en su debida proporción.

Límites al monto de los embargos

El Decreto 484/87 se encarga de establecer ciertos límites a los acreedores en cuanto a sus pretensiones sobre la remuneración de su deudor. Dicho límite se establece teniendo el carácter de subsistencia del salario mínimo del trabajador y de su grupo familiar.

Para realizar los cálculos que siguen se debe tomar la remuneración bruta, es decir sin deducciones de aportes u otros conceptos.

La remuneración mensual devengada o cada cuota del sueldo anual complementaria (SAC) es:

  1. Inembargable si no supera a un salario mínimo.
  2. Embargable, y solamente en lo que exceda al salario mínimo, en:
    • un 10% si el excedente no supera un salario mínimo.
    • un 20% si el excedente supera un salario mínimo.

El segundo punto es también aplicable a las indemnizaciones, pero sobre el total y no sobre el excedente.

El juez resuelve el embargo y le ordena al empleador retener la parte del salario para ir pagando la deuda correspondiente.

Ejemplos: salario mínimo = $2.300 (desde 01/08/2011) en jornada completa.

  • Remuneración bruta: $3.500, Embargo = $  120 = ($3.500-$2.300)*10%
  • Remuneración bruta: $2.300, Embargo = $ 0
  • Remuneración bruta: $5.000, Embargo = $ 540 = ($5.000-$2.300)*20%

Las retenciones por cuotas alimentarias no se rigen por el procedimiento anterior, sino que su importe lo establece el juez. Este debe tener en cuenta el nivel de vida del alimentante, cantidad de hijos, etc.

Comentarios

+1 #11623 Manuel Luciano 24-09-2015 18:46
Buenas tardes, queria saber sin con un embarjo ley o judicial puedo renunciar a mi trabajo para inmediatamente ingresar en otra Empresa.... Muchas gracias, espero su respuesta.
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+6 #11572 martinariel 17-09-2015 23:00
Tengo un sueldo basico de 7150 pesos. Tengo varias deudas que seguramente van por el embargo del sueldo. Quisiera saber cual es el porcentaje del sueldo que me pueden embargar. Y que pasa con las deudas que no pueden entrar en el embaargo. Gracias
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+9 #11450 Nemesio 03-09-2015 14:37
Hola, mi remuneración es en neto $12.000, me a llegado un embargo laboral y me gustaría saber de cuanto seria el porcentaje aproximado que me tienen que embargar, desde ya agradezco sus comentarios y ayuda.
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+2 #11147 ines rodriguez 01-08-2015 07:24
quiero saber que tipo de embargo me hicieron en mi msueldo mde docente de la provincia de córdoba y poque tanto y de quien es. el codigo del embargo es 675900
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+6 #10995 Miguel Ángel Romero 15-07-2015 23:22
Mi consulta es tengo una duda me llego una carta de un juzgado de paz tengo una deuda con el banco francés dueda capital es de 9.555.89 y por costa y intereses de 12.000 cuanto me van a embargar mi sueldo es de 9400 si puede ayudarme a entender nunca me avisaron yo fui al banco varias veces y no sabian a quien le vendieron la deuda desde ya muchas
Gracias
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-1 #10870 Alejandro Muñoz 07-07-2015 12:33
Sobre juicio de divorcio. Sobre un sueldo 20.000 brutos, yo paso por manutención de hijos el 50 %. El abogado, salido el dictamen , no me notifica del mismo y me realiza un embargo obre haberes, para cobrar sus honorarios, sobre el bruto del sueldo y pide que se le deposite en cuenta bancaria abierta a tal fin , el equivalente al 30 % del total

Anteriormente y con honorarios pactados en $16.000 con jus a valor JUS$242, 62 , le abono $4.000, sobre un total de 80 jus, hoy me pide que le abone los 80 jus a valor de julio 2015 y no me reconoce el proporcional abonado en jus. Que es lo que corresponde y que debo hacer. Gracias
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+6 #10236 LABORAL 03-06-2015 10:53
MI CONSULTA, EN EL CASO DE UN EMPLEADO QUE TRABAJA A TIEMPO PARCIAL, TENDRIA QUE TOMAR TODO EL SMVYM O PARCIAL?GRACIAS!
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+1 #10114 eli223 28-05-2015 21:37
buenas tardes queria preguntar , si me embargan el sueldo ,yo puedo renunciar y seguir pagando o como quedaria ese embargo?gracias
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0 #9567 Mariafer 15-04-2015 14:19
Trabajador fallecido, con embargo en su recibo de haberes x cobro de alquileres, debe el empleador retener de lo devengado que le corresponde percibir a su viuda el porcentaje del embargo, y de los seguros de vida???
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+1 #9553 Ricardo Chavez 14-04-2015 15:38
Buenas tardes, queria hacer una consulta para saber si pueden despejar mis dudas, con lo que respecta a un embargo sobre los haberes de un trabajador, por deudas comerciales, este embargo lo puede dictaminar el juzgado de paz? o debe haber un previo jucio y lo debe de dictaminar el juzgado comercial?
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