CP Jorge Vega
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  • Industria Láctea: la AFIP implementó nuevo régimen de información

    Desde agosto los operadores del mercado lácteo deberán informar mensualmente las operaciones de compra de leche cruda a productores primarios. En forma excepcional, también deberán declararse las operaciones efectuadas en el último año.

  • La AFIP requerirá información adicional a los productores de trigo, maíz, soja y girasol

    Se informará respecto a los granos cosechados no destinados a la siembra, luego de haber informado la superficie productiva y con anterioridad a su traslado y comercialización. El régimen complementario, regirá desde la campaña agrícola 2012/2013.

  • ARBA propondrá la sustitución de bienes decomisados por otros de mayor utilidad

    Atento a que los bienes decomisados se destinan a fines sociales, ARBA reglamentó, mediante Resolución 20/2012, el procedimiento para solicitar al contribuyente la sustitución de dichos bienes por otros de igual valor y de mayor utilidad para las entidades beneficiarias.

  • Los viajes al exterior deberán informarse a la AFIP

    Mediante la página de la AFIP, los turistas que deseen viajar al exterior deberán informar, entre otros datos, la cantidad de moneda extranjera solicitada, país de destino, motivo del viaje, fecha de salida/regreso y los datos identificatorios del operador turístico.

  • Se creó el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroalimentaria

    Deberán inscribirse las personas físicas y/o jurídicas que intervengan en el comercio y/o industrialización de lácteos, granos, ganados y carnes. El registro sustituye al de similares características de la ex ONCCA.

  • Los servicios de registración de participaciones y autoridades estarán disponibles en julio

    Los servicios informáticos denominados “Registración de Transferencias de Participaciones Societarias” y “Actualización Autoridades Societarias” de la Resolución General Nº 3293, estarán disponibles en el sitio “web” de la AFIP a partir del día 1 de julio de 2012, inclusive.

  • Los participantes de fideicomisos deberán informar más datos a la AFIP

    La obligación actual se extiende a los fideicomisos constituidos en el extranjero y se incorporan a los fiduciantes y beneficiarios como nuevos sujetos informantes. Además, se deberán informar todas las operaciones que alteren la situación inicial del fideicomiso, como ser: ingresos / egresos de participantes, transferencias de participaciones, entregas de bienes, entre otras.

  • ¿Cómo informar la existencia física de maíz?

    Como ocurrió con el trigo, los propietarios del grano de maíz, tengan en su poder o no la existencia física del mismo, y aquellos no propietarios, tenedores de existencias físicas de maíz, deberán presentar la declaración jurada antes del 21 de mayo próximo.

  • ¿Cómo será el intercambio de información en la Matriz de la AFIP?

    La "Matriz de Intercambio de Información Penal Tributaria", oficializada en el Boletín Oficial de hoy, se destinará a facilitar la transferencia recíproca de información fiscal, entre la AFIP y las administraciones tributarias provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, vinculada a situaciones que puedan dar lugar a la configuración de los delitos establecidos en la nueva Ley Penal Tributaria.

  • Los Contratos de Servicios con el Exterior deberán remitirse en forma digital a la AFIP

    De esta forma, los sujetos residentes en el país, prestadores y/o prestatarios de servicios con sujetos del exterior, deberán producir la información que se indica en el micrositio “DECLARACION JURADA ANTICIPADA DE SERVICIOS (DJAS)” y adjuntar un archivo en formato “.pdf” de la versión digitalizada del contrato que respalda la operación.

  • Propietarios, Administradores, Participaciones y Transferencias, nuevo combo informativo de la AFIP

    Desde este mes, se deberán informar las transferencias de participaciones sociales y los cambios de autoridades de las sociedades y empresas. Además, se modificó el régimen de información anual a cargo de las compañías respecto de los propietarios y administradores de las mismas.

  • La AFIP sustituyó régimen informativo de operaciones con sujetos del exterior

    Se encuentran obligados a informar los representantes de dichos sujetos, así como, los prestadores de servicios que intervengan en las operaciones que realicen aquellos representantes con sujetos residentes en el país.

  • Los pagos no remunerativos se deberán informar a la AFIP

    La información deberá suministrarse con anterioridad al momento de abonar las pertinentes retribuciones.

    El nuevo régimen informativo se dio a conocer mediante Resolución 3279/2012 de la AFIP, publicada en el Boletín Oficial de hoy, y comenzará a regir respecto a los pagos que se realicen a partir del 1º de abril próximo.

  • La Declaración Anticipada alcanzará a la importación y exportación de servicios

    Como sucede con el comercio de bienes, la información suministrada será puesta a disposición de los organismos adherentes. La obligación alcanzará a todos los sujetos residentes en el país que sean prestatarios o prestadores de servicios con sujetos del exterior.

  • Los clientes de prepagas bajo el control de la AFIP

    Las empresas de medicina prepaga deberán proporcionar a la AFIP información personal de sus clientes que abonen cuotas superiores a los $ 2.000 mensuales. El nuevo régimen informativo comenzará a regir a partir de abril.

  • Importadores podrán comprar dólares si presentan la Declaración Anticipada de la AFIP

    Así lo dispuso el Banco Central para las operaciones con fecha de embarque posteriores al 31 de enero.

  • ARBA estableció Plazo de Gracia para la presentación de escritos

    Mediante Resolución Normativa 69-2011, el fisco bonaerense dispuso que se considerarán presentados en término los escritos ingresados hastá las 12:30PM del día siguiente al respectivo vencimiento.

  • La Declaración Anticipada de Importación se deberá realizar por Ventanilla Electrónica

    Mediante Resolución 3255-2012, la AFIP dispuso el procedimiento para realizar la declaración previa de la operación de importación. Se encuentran excluidos, entre otros, los embarques ya realizados, las donaciones, reimportaciones y los envíos escalonados.

    Con este mecanismo, el fisco pretende facilitar la transferencia de información comercial entre todos los organismos gubernamentales que, en el marco de sus competencias, tengan injerencia en las operaciones de comercio exterior.

  • Los importadores deberán informar la operación en forma previa

    La AFIP creó un régimen de Declaración Jurada Anticipada de Importación con la finalidad de lograr una mayor articulación entre las distintas áreas del estado, potenciando los resultados de la fiscalización integral que compete a cada una de ellas.

  • Los operadores de granos deberán actualizar sus datos en la AFIP

    Los productores y operadores en el comercio de granos tendrán 60 días para registrar sus datos biométricos ante la AFIP: fotografía, firma, huella dactilar y documento de identidad, todos en formato digital.

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