Diputados nacionales, presentaron un Proyecto de Ley que crea un nuevo impuesto que se destinará a la compra de insumos y materiales que sirvan para combatir la pandemia. Si se sanciona el Proyecto, quienes posean bienes existentes al 31/03/2020, que superen los $ 10.000.000, tributarán un 1,25% sobre los bienes en el país y un 1,75% sobre los bienes en el exterior. Además, quienes haya obtenido rentas netas que superen los $ 50.000.000, tributarán un alícuota del 10% de lo declarado en el Impuesto a las Ganancias.
Se prorroga hasta el 30 de abril de 2020, inclusive, la fecha de repatriación prevista para el período fiscal 2019, a los fines de lo dispuesto en los artículos 10 y 11 del Decreto N° 99/19.
La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires reprogramará para el mes de mayo y junio vencimientos relacionados con el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, que operaban en los primeros días de abril. Se trata, específicamente, del pago de la tercera cuota del anticipo 2020 y de la presentación de la declaración jurada de ingresos correspondiente a 2019.
Se establece que la información que deba suministrarse en virtud de las disposiciones de la Resolución General N° 1.122, sus modificatorias y complementarias, respecto de los períodos fiscales cerrados entre el 31 de diciembre de 2018 y el 30 de setiembre de 2019, ambos inclusive, se presentará -con carácter de excepción- entre los días 18 y 22 de mayo de 2020, ambos inclusive.
El Poder Ejecutivo Nacional publicó en el Boletín Oficial de hoy (28/03/2020) un Decreto de Necesidad y Urgencia (N° 316/2020) que prorroga hasta el 30 de junio de 2020, inclusive (plazo original: 30/04), el plazo para que los contribuyentes puedan acogerse al Régimen de Regularización establecido en el Título IV de la Ley 27.541 (MORATORIA DE 120 CUOTAS).
A través de una resolución que será publicada en el Boletín Oficial, la AFIP dispondrá suspender las exclusiones de monotributistas correspondientes a marzo y las bajas de oficio del régimen por falta de pago.
La Comisión Arbitral, prorrogó al 1 de junio de 2020 la entrada en vigencia del Registro Único Tributario-Padrón Federal para los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos con jurisdicción sede en las provincias Buenos Aires, Córdoba, Chaco, Chubut, La Rioja, Mendoza y Santa Fe, conforme lo establecido en la Resolución General N° 9/2019.
Establecer, con carácter de excepción, hasta el 30 de junio de 2020, inclusive, la utilización obligatoria del servicio con Clave Fiscal denominado “Presentaciones Digitales” implementado por la Resolución General N° 4.503, para realizar electrónicamente las presentaciones y/o comunicaciones que se indican a continuación:
Tras el Decreto 297/2020 que determinó el "aislamiento social, preventivo y obligatorio” desde el 20 hasta el 31 de marzo inclusive, el BCRA estableció, mediante Comunicación A6942, todas las operaciones que se podrán efectuar en las entidades financieras.
Mediante Decreto 297/2020, se establece para todas las personas que habitan en el país o se encuentren en él en forma temporaria, la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” desde el 20 hasta el 31 de marzo inclusive del corriente año, pudiéndose prorrogar este plazo por el tiempo que se considere necesario en atención a la situación epidemiológica. Esta disposición se adopta en el marco de la declaración de pandemia emitida por la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Emergencia Sanitaria ampliada por el Decreto N° 260/20 y su modificatorio, y en atención a la evolución de la situación epidemiológica, con relación al CORONAVIRUS- COVID 19.
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