Desde hoy mismo se levanta el uso obligatorio del tapabocas al aire libre, se habilitan las reuniones al aire libre sin tope máximo de personas, suben los aforos en actividades económicas y comienza una progresiva apertura de fronteras.

Se establece el plazo para la inscripción al “PROGRAMA REPRO II” (devengado Septiembre de 2021), así como para el “PROGRAMA DE ASISTENCIA DE EMERGENCIA A TRABAJADORES Y TRABAJADORAS INDEPENDIENTES EN SECTORES CRÍTICOS”, el cual estará comprendido entre el 24 y el 30 de septiembre 2021 inclusive.

Se declara homologado el acuerdo salarial celebrado con fecha 06.08.2021, entre la UNION EMPLEADOS DE LA CONSTRUCCION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (UECARA), por la parte sindical, la CAMARA ARGENTINA DE LA CONSTRUCCIÓN (CAMARCO) y la FEDERACION ARGENTINA DE ENTIDADES DE LA CONSTRUCCIÓN (FAEC), por la parte empleadora.

Se adoptan las recomendaciones formuladas por el Comité de Evaluación y Monitoreo del “Programa REPRO II” en el Acta N° 10 que integra la presente, aplicable a los salarios del mes de agosto de 2021.

FAECyS comunicó en su sitio web que se ha acordado con las cámaras empresarias el traslado del día del empleado de comercio del 26 al 27 de septiembre.

Se establece el plazo para la inscripción al “PROGRAMA REPRO II” (devengado Agosto de 2021), así como para el “PROGRAMA DE ASISTENCIA DE EMERGENCIA A TRABAJADORES Y TRABAJADORAS INDEPENDIENTES EN SECTORES CRÍTICOS”, el cual estará comprendido entre el 25 y el 31 de Agosto de 2021 inclusive.

El Ministerio de Trabajo prorrogó al mes de agosto de 2021 el Programa REPRO II (para empleadores) y el Programa de Asistencia a Trabajadores Independientes.

Se establece que el valor de la movilidad prevista en el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias, correspondiente al mes de septiembre de 2021, es de 12,39%.

La Secretaría de Trabajo homologó el acuerdo salarial celebrado el día 15/06/2021, entre UTHGRA y FEHGRA (CCT 389/04), en el cual se acordó el pago de una GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA NO REMUNERATIVA en 3 cuotas para los meses de septiembre, octubre y noviembre 2021 (5%, 10% y 15% respectivamente, sobre los básicos de junio), así como su incorporación a los básicos del convenio.

Se homologó el acuerdo para empleados de comercio, el cual establece un pago no remunerativo de $ 4.000 para todas las categorías, a pagar durante la segunda quincena de agosto, y de otro aumento del 9% en noviembre, complementario al establecido en abril de 2021. 

Página 26 de 98