Mediante Resolución 4261 , la AFIP eximió del cumplimiento de lo dispuesto por la Res. 975 ( Determinación e ingreso del gravámen ) a aquellos sujetos que en situación de pluriempleo no hubieran informado a su agente de retención las remuneraciones percibidas de otros empleadores o a quienes su agente pagador no les hubiera retenido la totalidad del impuesto por el período fiscal 2017. El saldo resultante se podrá ingresar hasta el 22 de junio. Dichos sujetos deberán presentar la declaración informativa aún cuando sus ingresos resulten inferiores a 1 millón de pesos.
Establécese respecto de las negociaciones colectivas homologadas para los trabajadores en relación de dependencia del sector privado, comprendidas en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004) un RÉGIMEN SIMPLIFICADO VOLUNTARIO DE ADECUACIÓN DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA SALARIAL AÑO 2018, el que se regirá por las disposiciones del presente Decreto.
Así lo dispondrá el Gobierno Nacional mediante Decreto. El aumento no será automático, dependerá de que los gremios y representantes empresarios se sienten a negociar en los próximos dos meses. Se podrá pagar un 2,5% en julio y 2,5% en agosto. Entre otros , se verán beneficiados los trabajadores de las actividades de comercio, construcción, bancarios, encargados de edificio, ferroviarios, pasteleros y todas aquellas actividades que hayan pactado un aumento que no supere el 15% para este año.
El Ministerio de Trabajo homologó en el día de ayer el acuerdo salarial celebrado entre la UOM y los empresarios de la actividad metalúrgica ( CCT 260/75 ), el cual establece un aumento del 9% para abril y del 6% acumulativo desde julio ( Ver detalles y texto completo del acuerdo en: UOM - METALÚRGICOS : acuerdo y escalas salariales 2018 ).
El acuerdo establece un incremento salarial del 9% a partir de abril y del 6% desde el 1 de julio. El primer tramo se cálculará sobre el básico vigente al mes de marzo considerando el aumento no remunerativo pactado el año pasado.
Se pagará en dos tramos acumulativos del 6% en abril y del 9% en julio. La suma no remunerativa de $ 4000 acordada el año pasado pasará a ser remunerativa, por lo cual en promedio elevará la base de cálculo en un 2,5%, totalizando un incremento real del 18,43% ( 102,5% * 106% * 109% - 100% ). El salario mínimo garantizado se elevará a $ 16.800.
El Ministerio de Trabajo homologó el aumento salarial para empleados de comercio ( CCT 130/75 ) acordado para este año y que rige a pargir de abril de 2018 ( 15% en total, 10% en este mes y 5% en agosto ).
Suspéndese desde el 1º de enero de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2018 inclusive, la aplicación de las disposiciones contenidas en el Decreto Nº 814 del 20 de junio de 2001 y sus modificatorios, respecto de los empleadores titulares de establecimientos educativos de gestión privada que se encontraren incorporados a la enseñanza oficial conforme las disposiciones de las Leyes Nros. 13.047 y 24.049.
La AFIP divulgó las características de la nueva versión del aplicativo y del sistema Declaración en Línea que contemplan las novedades introducidas por la Ley de Reforma Tributaria ( 27.430 ).
Por la modificación introducida por la Ley de Reforma Tributaria, la AFIP derogó Resolución 500 de la AFIP que establecia un régimen de retención sobre los intereses de deuda de empresas. Desde la fecha será de aplicación la Res. 830
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