El Gobierno Nacional extendió hasta el 8 de noviembre el aislamiento y distanciamiento obligatorio en todo el país, estableciendo el marco normativo que regirá para este nuevo período.

La FAECyS difundió las nuevas escalas salariales que regirán a partir de septiembre y octubre de 2020, tras el nuevo acuerdo salarial, el cual establece la absorción al básico del incremento solidario y del acuerdo de febrero, además de fijar el pago de una Gratificación Extraordinaria de $ 5000 a partir de octubre, entre otros puntos ( Ver: Empleados de Comercio: acordaron 6 pagos de $ 5000 desde octubre hasta marzo - 2021 ).

Mediante Res. Gral. 4838, la AFIP establece un régimen de información de planificaciones fiscales (IPF), nacionales e internacionales, a cargo de los sujetos que se enuncian en la misma.

FAECyS acordó junto con las cámaras empresarias del sector (CCT 130/75), la extensión de los acuerdos de suspensiones hasta Diciembre de 2020 (con un plazo máximo de 60 días a computar desde el 1° de octubre). Además, se convalidan todos los convenios de emergencia de suspensiones concertados en forma individual entre las empresas y trabajadores desde el vencimiento del acuerdo marco anterior.

La CAC informó en su web que junto a la FAECYS, acordaron el pago de 6 sumas extraordinarias de $ 5.000 cada una a pagar en los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2020, enero, febrero y marzo de 2021, las cuales devengarán presentismo y antigüedad. Además, se incorporará al básico el incremento solidario de $ 4000 y la suma fija de $ 2000 (acuerdo de febrero). 

UTHGRA difundió un nuevo acuerdo salarial que regirá a partir de octubre ( pendiente de homologación ) para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo 401/05 ( empresas concesionarias de establecimientos públicos y/o privados ).   

La CNTA difundió la Resolución que establece un aumento salarial del 32%, 20% retroactivo a julio y 12% en noviembre. A continuación se puede descargar la resolución completa.

Se establece la forma y demás condiciones a fin de que las empresas accedan al beneficio de “Crédito a Tasa Subsidiada” correspondiente al mes de Septiembre.

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