Conforme al mecanismo de actualización mensual establecida por la Res. 649/22, se fija en $ 928 el valor de la suma fija a abonar por cada trabajador conjuntamente con la alícuota establecida en el Artículo 5° del Decreto N° 590/97, a partir del mes de Agosto 2024 (Vencimiento Septiembre 2024).
Mediante DNU 731/2024, el Poder Ejecutivo modificó la Ley de Contrato de Trabajo estableciendo que las propinas ya no formarán parte de la remuneración. Anteriormente, la Ley decía, en su Art. 113, que estos ingresos debían formar parte de la remuneración, si revistieran el carácter de habituales y no estuviesen prohibidas. Por otro lado, se establecen otras precisiones, como la posibilidad de su percepción por medios electrónicos, sea con el intermedio del empleador, en una cuenta recaudadora a tal efecto, o directamente en la cuenta bancaria del empleado.
Conforme al mecanismo de actualización mensual establecida por la Res. 649/22, se fija en $ 874 el valor de la suma fija a abonar por cada trabajador conjuntamente con la alícuota establecida en el Artículo 5° del Decreto N° 590/97, a partir del mes de Julio 2024 (Vencimiento Agosto 2024).
A continuación se detallan cada una de las opciones disponibles para el cálculo de liquidaciones finales.
Con fecha 03/07/2024 se acordó, entre UTHGRA y las cámaras empresarias del sector (CACYR - CAECSAL, bajo el CCT 401/05 - Comedores públicos y Privados), el pago de una suma no remunerativa para el mes de septiembre (15% sobre el básico de agosto 2024, definido en el acuerdo de fecha 02/07/2024 - clic aquí) y un nuevo básico para el mes de octubre 2024.
Con fecha 02/07/2024 se acordó, entre UTHGRA y las cámaras empresarias del sector (CACYR - CAECSAL, bajo el CCT 401/05 - Comedores públicos y Privados), el pago de una suma no remunerativa para el mes de julio (36,5% sobre el básico junio 2023) y un nuevo básico para el mes de agosto 2024. El presente acuerdo, es complementario a los firmados en los meses de mayo, septiembre, diciembre (2023) y febrero 2024.
La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), comunicó que junto a la Cámara Argentina de Comercio (CAC), la Confederación de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales (Udeca), firmaron ayer un acuerdo paritario por los meses de junio, julio y agosto (13,5% en total). A continuación publicamos el texto completo del acuerdo y sus puntos claves.
Mediante Acuerdo de fecha 08/03/2024 (homologado en Junio), UTHGRA y la Asociación de Hoteles, Restaurantes, Confiterías y Cafés pactan en incrementar en 9 puntos porcentuales el "Adicional Ciudad Autónoma de Buenos Aires" (pasa del 6% al 15%).
Conforme al mecanismo de actualización mensual establecida por la Res. 649/22, se fija en $ 815 el valor de la suma fija a abonar por cada trabajador conjuntamente con la alícuota establecida en el Artículo 5° del Decreto N° 590/97, a partir del mes de Junio 2024 (Vencimiento Julio 2024).
Se firmaron dos nuevos acuerdos salariales entre UTHGRA y FEHGRA (CCT 389/04), cerrando las paritarias 2023/24 y estableciendo las nuevas condiciones que regirán para el próximo período (Junio 2024 a Mayo 2025). En relación a la Paritaria 2023, se establece un pago no remunerativo (complementario) del 12,5% para el mes de julio 2024 y nuevos salarios básicos para el mes de agosto. Por su parte, para la Paritaria 2024, se acordó un 15% no remunerativo para el mes de septiembre y nuevos salarios básicos para octubre (20%).
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