Conforme al mecanismo de actualización mensual establecida por la Res. 649/22, se fija en $ 1026 el valor de la suma fija a abonar por cada trabajador conjuntamente con la alícuota establecida en el Artículo 5° del Decreto N° 590/97, a partir del mes de Octubre 2024 (Vencimiento Noviembre 2024).
Se dio a conocer el texto del nuevo acuerdo salarial firmado el día 01/10/2024 entre la FAECyS y las cámaras empresarias del sector (Convenio Colectivo 130/75). El mismo establece el pago de una suma no remunerativa del 8% a pagar en dos tramos junto a las liquidaciones de septiembre y octubre de 2024. Dichos importes se incorporarán a los salarios básicos en los meses de junio y julio de 2025.
El Gobierno Nacional decidió extender al mes de octubre el pago del BONO EXTRAORDINARIO PREVISIONAL de $ 70.000 para jubilados y pensionados de ANSeS.
Conforme al mecanismo de actualización mensual establecida por la Res. 649/22, se fija en $ 989 el valor de la suma fija a abonar por cada trabajador conjuntamente con la alícuota establecida en el Artículo 5° del Decreto N° 590/97, a partir del mes de Septiembre 2024 (Vencimiento Octubre 2024).
Luego de la publicación del Decreto 847/2024, que aprueba la Reglamentación del Título IV -Promoción del Empleo Registrado- y del Título V -Modernización Laboral- Ley Nº 27.742, la AFIP establece los requisitos, plazos y demás condiciones que deberán observar los empleadores para solicitar la adhesión al Régimen de Promoción del Empleo Registrado, así como para el acogimiento al plan de facilidades de pago.
El Poder Ejecutivo publicó el Decreto 847/2024, que aprueba la Reglamentación del Título IV -Promoción del Empleo Registrado- y del Título V -Modernización Laboral- Ley Nº 27.742 ("Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos").
La AFIP habilitará en la aplicación móvil “Mi AFIP” la opción “MI LIQUIDACIÓN DIGITAL”, para que los trabajadores del sector privado comprendidos en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) puedan consultar la liquidación de haberes realizada por su empleador en el “Libro de Sueldos Digital”.
FAECyS comunicó en su sitio web que se ha acordado con las cámaras empresarias el traslado del día del empleado de comercio del 26 al Lunes 30 de septiembre
La Federación Nacional de Trabajadores Camioneros y Obreros del Transporte Automotor de Cargas, Logística y Servicios junto con las cámaras empresarias firmaron un nuevo acuerdo salarial para los trabajadores comprendidos en el CCT 40/1989.
La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares finalmente publicó la Resolución que oficializa los aumentos establecidos para Julio (8,5%) y Agosto (4%).
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