Con fecha 22/11/2024 se acordaron, entre UTHGRA y las cámaras empresarias del sector (CACYR - CAECSAL, bajo el CCT 401/05 - Comedores públicos y Privados), incrementos en los salarios básicos para los meses de noviembre 2024, diciembre 2024, enero 2025 y febrero 2025 (4% en cada mes, calculados sobre los básicos de agosto, los cuales se suman al 20% acordado para octubre).

Conforme al mecanismo de actualización mensual establecida por la Res. 649/22, se fija en $ 1069 el valor de la suma fija a abonar por cada trabajador conjuntamente con la alícuota establecida en el Artículo 5° del Decreto N° 590/97, a partir del mes de Noviembre 2024 (Vencimiento Diciembre 2024).

El Gobierno Nacional definió, mediante Decreto 1027/2024, como no laborables con fines turísticos los días 2 de mayo, 15 de agosto y 21 de noviembre de 2025.

Es importante remarcar que tales días son considerados como NO LABORABLES, por lo que es facultad del empleador definir si en dichos días se trabaja o no. En ambos casos, se paga el día a valor normal (no como feriado). Todo esto conforme a las leyes 20.744 y 27.399.

La ARCA (ex AFIP) crea el Servicio denominado “Padrón de Trabajadores Independientes con Colaboradores” (PADIC), en el que deberán registrarse las relaciones entre los trabajadores independientes y los colaboradores independientes que se encuadren en el régimen previsto en el Capítulo IV del Título V de la Ley N° 27.742. Dicho servicio contará con información específica de los emprendimientos productivos y sus integrantes. También se establece el mecanismo para la presentación de la declaración jurada exigida por el Decreto 847/2024.

Conforme al mecanismo de actualización mensual establecida por la Res. 649/22, se fija en $ 1026 el valor de la suma fija a abonar por cada trabajador conjuntamente con la alícuota establecida en el Artículo 5° del Decreto N° 590/97, a partir del mes de Octubre 2024 (Vencimiento Noviembre 2024).

Se dio a conocer el texto del nuevo acuerdo salarial firmado el día 01/10/2024 entre la FAECyS y las cámaras empresarias del sector (Convenio Colectivo 130/75). El mismo establece el pago de una suma no remunerativa del 8% a pagar en dos tramos junto a las liquidaciones de septiembre y octubre de 2024. Dichos importes se incorporarán a los salarios básicos en los meses de junio y julio de 2025.

El Gobierno Nacional decidió extender al mes de octubre el pago del BONO EXTRAORDINARIO PREVISIONAL de $ 70.000 para jubilados y pensionados de ANSeS.

Conforme al mecanismo de actualización mensual establecida por la Res. 649/22, se fija en $ 989 el valor de la suma fija a abonar por cada trabajador conjuntamente con la alícuota establecida en el Artículo 5° del Decreto N° 590/97, a partir del mes de Septiembre 2024 (Vencimiento Octubre 2024).

Luego de la publicación del Decreto 847/2024, que aprueba la Reglamentación del Título IV -Promoción del Empleo Registrado- y del Título V -Modernización Laboral- Ley Nº 27.742, la AFIP establece los requisitos, plazos y demás condiciones que deberán observar los empleadores para solicitar la adhesión al Régimen de Promoción del Empleo Registrado, así como para el acogimiento al  plan de facilidades de pago.

El Poder Ejecutivo publicó el Decreto 847/2024, que aprueba la Reglamentación del Título IV -Promoción del Empleo Registrado- y del Título V -Modernización Laboral- Ley Nº 27.742 ("Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos").

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