CP Jorge Vega
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  • Mis Retenciones: se agrega una nueva función para el cómputo de las retenciones y/o percepciones

    Mediante Resolución 3816, la AFIP habilitó en el sistema “MIS RETENCIONES”, una nueva funcionalidad a fin de computar las retenciones y/o percepciones sufridas, que resulten imputables contra el gravamen de que se trate, para la cancelación —total o parcial— de una determinada obligación y período fiscal.

  • Asignaciones Familiares: por ley se ajustarán en forma semestral

    Diputados convirtió en ley, por unanimidad, el proyecto enviado recientemente por el poder ejecutivo, el cual establece que las asignaciones familiares se ajustarán en los meses de marzo y septiembre de cada año, según el índice de movilidad de los haberes jubilatorios. El primer aumento se hará efectivo en el mes de marzo de 2016. Quienes perciban alguna asignación familiar, no podrán aplicar la deducción por hijo o cónyuge en el impuesto a las ganancias.

  • Ganancias: desde este mes se retendrá menos impuesto a trabajadores y jubilados que cobren hasta $ 25.000 mensuales

    Si bien representa un alivio al bolsillo, se trataría de un diferimiento en el pago del impuesto, debiendo el contribuyente saldar la diferencia junto con su declaración jurada anual. Respecto al impuesto retenido en exceso desde principios de año, el agente deberá reintegrarlo en cinco cuotas mensuales.

  • Ganancias y Bienes Personales - Nuevo aplicativo - Versión 16

    Mediante Resolución 3748, la AFIP aprobó la versión 16 del aplicativo. Entre otras novedades, se actualiza las tablas de retenciones y percepciones, y se permite ingresar el incremento en la deducción especial en un monto equivalente a la segunda cuota del aguinaldo.

  • AFIP implementó el Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE)

    El nuevo sistema sustituye al aplicativo de retenciones y percepciones de la seguridad social ("SIJP – Retenciones y Percepciones") y , en forma gradual, al SICORE (Sistema de Control de Retenciones). En esta primera etapa se incorporan los regímenes de retención correspondientes al impuesto a las ganancias por rentas a beneficiarios del exterior y determinadas contribuciones de la seguridad social.

  • Calendario de vencimientos AFIP - 2015

    Mediante Resolución 3701/2014, publicada en el Boletín Oficial de hoy,la AFIP dio a conocer la agenda de vencimientos para el año 2015.

  • Se publicó el decreto que exime de ganancias a la segunda cuota del aguinaldo

    En una medida idéntica a la establecida en otras dos oportunidades, se habilita el incremento de la deducción especial en una suma equivalente al importe neto de la segunda cuota del aguinaldo. La medida solamente alcanza a los sujetos cuya mayor remuneración bruta mensual, devengada entre los meses de julio a diciembre de 2014, no supere la suma de $ 35.000.-

  • Dólar bolsa: AFIP no permitirá que se deduzca de ganancias las diferencias de cambio negativas

    Mediante Circular 5/2014, la AFIP interpreta que dichas diferencias negativas no resultan deducibles por no encontrarse vinculadas con la obtención, mantenimiento ni conservación de ganancias gravadas, ni cumplen con los requisitos legales para ser consideradas pérdidas extraordinarias en tanto no obedecen a situaciones de fuerza mayor o caso fortuito.

  • Ganancias: nuevo aplicativo para personas jurídicas (Versión 12.1)

    La AFIP publicó en su sitio web una nueva versión del programa aplicativo. Entre otras novedades, se modificaron los formatos de importación/exportación de las retenciones y percepciones.

  • Los exportadores deberán anticipar el pago del Impuesto a las Ganancias

    La obligación alcanzará a quienes realicen operaciones de exportación con sujetos cuyos domicilios difieran del país de destino de la mercadería. La alícuota será del 2% cuando se opere con "paraísos fiscales" y del 0,5% en los restantes casos.

  • Calendario de vencimientos AFIP - 2014

    Mediante Resolución 3574/2013, publicada en el Boletín Oficial de hoy,la AFIP dio a conocer la agenda de vencimientos para el año 2014.

    El Calendario puede visualizarse en la tabla que se muestra a continuación.

  • Ganancias: la AFIP reglamentó el nuevo incremento en las deducciones personales

    Según la nueva resolución, y a los fines de la comparación con los límites de $ 15.000 y $ 25.000, se deberán considerar las remuneraciones mensuales, normales y habituales. Los nuevos mínimos serán de aplicación retroactiva al mes de enero pero regirán respecto a las retenciones que se practiquen desde el 1 de septiembre.

  • Quienes ganen hasta $15.000 por mes no pagarán impuesto a las ganancias

    El nuevo mínimo se aplicará a los trabajadores dependientes y jubilados, sin importar la cantidad de familiares a cargo. Además, se estableció un incremento del 20% en las deducciones personalespara quienes ganen menos de $ 25.000 brutos mensuales. En cambio, los trabajadores y jubilados patagónicos se beneficiarán con un incremento del 30%, sin límite de ingresos.

  • Ganancias - SAC: la AFIP aclaró que el monto retenido en exceso deberá ser reintegrado en el recibo de julio

    Tras el incremento de la deducción especial, la AFIP informó que los empleadores deberán considerar las deducciones del inciso c) del articulo 23 acumuladas al mes de julio del corriente año incrementadas en el importe neto de la primera cuota del aguinaldo.

  • Ganancias: en este mes se podrá deducir la primera cuota del sueldo anual complementario

    Mediante Decreto 1006/2013, se estableció un incremento sobre la deducción especial (Art. 23 Inc. C), equivalente al importe neto de la primera cuota del aguinaldo, aplicable a las rentas derivadas del trabajo en relación de dependencia, del desempeño de cargos públicos y la percepción de gastos protocolares, y de las jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de cualquier especie en cuanto tengan su origen en el trabajo personal y de los consejeros de las sociedades cooperativas.

  • AFIP oficializó la reglamentación de la ley de blanqueo de moneda extranjera

    El plazo para cumplimentar con la exteriorización vencerá el próximo 30 de septiembre, la cual deberá hacerse efectiva mediante la adquisición de algunos de los instrumentos financieros regulados por la ley (Cedin, Bonos o Pagarés). Se aclara que la suspensión de la prescripción por un año regirá para todos los contribuyentes, adhieran o no al régimen de blanqueo.

  • Diputados aprobó el proyecto de ley sobre blanqueo de moneda extranjera

    En el día de ayer, la Cámara baja dio sanción definitiva al proyecto de ley destinado a quienes deseen exteriorizar la posesión de moneda extranjera en el país o en el exterior. El blanqueo se hará efectivo mediante la adquisición de los instrumentos financieros creados por la ley (Bono, pagaré o CEDIN) y operará sobre la tenencia de moneda extranjera al 30 de abril de 2013, o que resulte del producido de bienes que se posean a dicha fecha.

  • Se presentó un proyecto para blanquear capitales no declarados al fisco

    Quienes tengan dólares sin declarar, tanto en el país como en el exterior, podrán exteriorizarlos a través del sistema financiero o mediante la adquisición de bonos públicos destinados a proyectos productivos. No se exigirá el pago de impuestos y el plazo para el blanqueo será de tres meses desde la promulgación de la ley.

  • Se incrementa a un 20% la alícuota de percepción sobre las compras en el exterior

    La nueva alícuota, que antes era del 15%, se aplicará sobre las compras en el exterior con tarjeta de crédito/débito/compra, portales de internet o a través de agencias de viajes. Asimismo, se gravarán los servicios de transporte con destino fuera del país.

  • Ganancias: tabla de deducciones acumuladas 2013

    Tras el aumento de las deducciones personales, la AFIP estableció los importes mensuales que deberán tener en cuenta los empleadores a los fines de practicar la retención del impuesto.

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