Se fija el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por la RESOL-2019-753-APN-SECT#MPYT y registrado bajo el número 1218/2019, suscripto entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS), por la parte sindical y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), y la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), por la parte empleadora, conforme al detalle que, como Anexo IF-2019-76948835-APN-DRYRT#MPYT, forma parte integrante de la presente.