CP Jorge Vega
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Comercio CCT 130/75
Gastronómicos Hoteleros
CCT 389/04
CCT 401/05
Construcción - UECARA CCT 660/13
  • Paritarias 2015: Comercio y la UOCRA acordaron con Kicillof un 26% de aumento

    Además se pagarían dos sumas no remunerativas de $ 1.200. En el caso de los empleados de comercio, se pactaría un aporte de $ 1.200 para OSECAC, el cual se descontaría del sueldo del trabajador en doce cuotas mensuales.

  • Paritarias comercio 2015: las partes aún no intercambiaron ni siquiera un borrador del nuevo acuerdo

    Así lo comunicó la Cámara Argentina de Comercio (CAC) en su sitio web. Según la parte empresaria, "el sector se encuentra a la espera de una oportuna clarificación del panorama, que pueda posibilitar la homologación del Acuerdo que pueda alcanzarse".

  • Empleados de Comercio: tras el pedido del 30%, abril se pagará sin aumento

    El sector empresario confirma que pese a su buena voluntad, aún no se ha podido llegar a un acuerdo salarial con FAECyS. En consecuencia, la CAME aconseja que el sueldo de abril se liquide con los mismos valores del mes anterior, pero si el empleador desea pagar con aumento, se recomienda dejarlo asentado en el recibo bajo el concepto "pago a cuenta paritaria 2015".

  • Contribuciones Patronales: se prorrogó tratamiento diferencial a la educación privada

    El Gobierno Nacional suspendió hasta el 31 de diciembre de 2015 la aplicación del Decreto 814/2001 respecto de los empleadores titulares de establecimientos educativos de gestión privada incorporados a la enseñanza oficial.

  • Empleados de comercio: FAECyS habilitó un sitio web para generar la boleta de aportes

    El nuevo sistema permite que los empleadores cumplan con su obligación como agente de retención (del 0,5%), en el marco de lo dispuesto por el artículo 100 de CC 130/75 de manera simple y amigable.

  • Comercio: se homologó el pago de los $ 2400 en forma NO PROPORCIONAL a la jornada

    Así lo dispuso la Disposición N 446 (7/11/2014) de la DNRT. Aquellos empleadores que hayan pagado la primera cuota de $ 1200 en forma proporcional, deberán completar la diferencia junto al recibo de Octubre. El mismo criterio regirá para la segunda cuota de noviembre, la cual deberá pagarse a todos los trabajadores comprendidos en el CCT 130/75 con independencia de la jornada que cumplan.

  • Servicio doméstico: extienden hasta el 28 de noviembre el plazo para pagar los aportes de este mes

    La prórroga se estableció a los efectos de subsanar los inconvenientes suscitados en las entidades bancarias por la falta de desarrollo e implementación de los procesos que posibilitan el ingreso de los nuevos importes. Próximamente la AFIP publicará la resolución correspondiente bajo el número 3.700.

  • Servicio doméstico: AFIP sustituye los formularios a utilizar y agrega la opción para el pago de la ART

    El Formulario 102RT se utilizará para el pago de los aportes mensuales, con excepción de la primera cuota de la ART, la cual deberá pagarse con el formulario 575/RT. En caso de extinción de la relación laboral, deberá utilizarse el formulario 1350. Próximamente podrán descargarse desde la web de la AFIP.

  • Gastronómicos: topes indemnizatorios 2014/2015

    Tras el aumento del 35% acordado para los trabajadores gastronómicos (CCT 389/04), el Ministerio de Trabajo publicó los topes indemnizatorios vigentes desde el 01/08/2014, 01/01/2015 y 01/05/2015.

  • Escala Salarial Servicio Doméstico 2014-2015 (Septiembre y Enero)

    El Ministerio de Trabajo definió las remuneraciones mínimas que regirán desde septiembre de 2014 y enero de 2015. Serán de aplicación en todo el país, incluso Córdoba, hasta tanto se definan nuevas regulaciones por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares o mediante negociación colectiva (Art. 8 de la Ley 26.844).

  • El día del empleado de comercio se traslada al lunes 29 de septiembre

    La decisión fue tomada por la FAECyS y las cámaras empresarias del sector mediante acuerdo firmado el pasado 9 de septiembre. El traslado rige solamente para este año y tiene como finalidad que los empleados de comercio puedan celebrar su día con todos los efectos y alcances de la Ley 26.541. Dicha ley establece el día 26 de septiembre como fecha de celebración.

  • Industria de la Alimentación: Escala Salarial 2014-2015

    Mediante Resolución 1386/2014, el Ministerio de Trabajo homologó las nuevas escalas salariales que regirán desde mayo de este año hasta abril de 2015. Además, se pactó el pago de una suma no remunerativa de $ 1.500 para los primeros días de enero.

  • Personal doméstico: se definió el costo mensual del seguro

    Luego de que se aprobaran las condiciones generales del contrato de seguro, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo estableció entre $ 130 a $ 230 el aporte a cargo del empleador, dependiendo de las horas semanales trabajadas. Las alícuotas, que comenzarán a regir a partir del 1 de noviembre, podrán ajustarse en forma anual.

  • Servicio doméstico - Riesgos del Trabajo: se aprobaron las condiciones generales que regirán la contratación del seguro

    Mediante Resolución 2224/2014, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo aprobó la Solicitud y el Contrato Tipo de Afiliación de Empleadores de Personal de Casas Particulares. El empleador que omitiere la suscripción de un contrato de seguro, pero ingrese pagos al sistema, será asignado de oficio a una ART autorizada.

  • Empleados de Comercio: piden la nulidad del dictamen que ordena pagar los $ 2.400 sin proporcionar a la jornada

    La Cámara Argentina de Comercio envió una carta al Ministerio de Trabajo rechazando elDictamen Nº 4222, sosteniendo que el mismo “presenta defectos de forma, así como errónea apreciación de los hechos y normativa jurídica en que pretende sustentarse”. La parte empresaria sigue sosteniendo que la suma no remunerativa de $ 2.400 debe pagarse en forma proporcional a la jornada laboral de cada trabajador.

  • $ 1200 empleados de comercio: La CAC insiste en la proporcionalidad

    En un nuevo comunicado, la Cámara Argentina de Comercio afirma que el Ministerio de Trabajo "no estaría facultado para exigir el cumplimiento de lo que postula la parte gremial, toda vez que conforme los principios fundamentales de nuestro orden constitucional, entre los que se encuentra el de la división de los poderes del estado, tal facultad es resorte exclusivo del Poder Judicial".

  • $ 1200 empleados de comercio: el Ministerio dictaminó que se debe pagar en forma completa, sin proporcionar

    El Ministerio de Trabajo terminó con la disyuntiva, confirmando la postura del gremio mercantil. Tras no haberse constituido la comisión negociadora por las partes en conflicto, el ministerio laboral determinó que la asignación de carácter no remunerativo debe ser abonada por el sector empresario en su totalidad, independientemente de la jornada que presten los trabajadores, constituyendo su pago parcial un incumplimiento a lo resuelto oportunamente entre los sectores involucrados.

  • Comercio - $ 1200 no remunerativos: FAECyS y las cámaras empresarias se reunirán para llegar a un acuerdo

    El Ministerio de Trabajo intimó a las partes para que inicien, dentro de las 48 horas, la actuación de la Comisión Permanente de Negociación Colectiva a los fines de que resuelva sobre la proporcionalidad o no de las sumas no remunerativas de los meses de julio y noviembre. Cabe recordar que la constitución de dicha comisión se encuentra prevista en el acuerdo firmado en este año.

  • Empleados de comercio: exigen que se paguen los $ 1200 en forma completa

    Según informan desde un medio periodístico marplatense, el Sindicato de Comercio de Mar del Plata estaría intimando a un call center para que pague la suma no remunerativa de julio en forma completa, sin proporcionar a la jornada cumplida. Dicha interpretación del acuerdo se encuentra en línea con el criterio sostenido por la FAECyS y en contra de la postura empresaria.

  • Empleados de comercio: ¿Cómo reflejar la suma no remunerativa de $ 1200 en el recibo de julio?

    Mientras continúa la controversia sobre la proporcionalidad de los pagos no remunerativos de julio y noviembre de este año, la Cámara Argentina de Comercio (CAC) publicó un comunicado en dónde aconseja como se deberían reflejar dichas sumas en el recibo de sueldo.

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