Mediante Decreto 561/2019, se establece que se el Estado Nacional financiará el aporte jubilatorio de los trabajadores en relación de dependencia, que se devengue durante los meses de agosto y septiembre del año 2019, en una suma equivalente a $2.000 mensuales o al 100% de su valor, lo que resulte menor. Será proporcional a la jornada y a los días trabajados. 

Conforme al anuncio del día de ayer, se encomienda a la AFIP que proceda a reducir la base de cálculo de las retenciones del Impuesto a las Ganancias y la reducción del 50% de los anticipos para los trabajadores autónomos. Además, se establece la bonificación de Impuesto Integrado del Monotributo para el mes de septiembre con la condición que se tenga pago todo el período enero a agosto. Por último, se establece que la reducción de los aportes jubilatorios ( hasta la suma de $ 2000 ) se hará efectiva en los meses de agosto y septiembre, fijándose el procedimiento a seguir. Se aclara que será proporcional a la jornada.

La Comisión Nacional de Trabajo Agrario ( CNTA ), estableció un aumento salarial del 28% a pagar en dos tramos, el primero junto a las remuneraciones de este mes ( 23% ) y el segundo a partir del mes de octubre ( 5% ). En enero las partes se volverán a reunir a los fines de analizar las variables económicas y definir si se otorgará un nuevo ajuste salarial o no. 

Mediante la Resolución 4535/2019, publicada en el Boletín Oficial de hoy, la AFIP habilitó la posibilidad de adherir en forma voluntaria al sistema de «Libro de Sueldos Digital». Además, se establece que quienes sean incorporados en forma obligatoria serán notificados en el Domicilio Fiscal Electrónico o mediante el dictado de una resolución general, cuando se incluyan en forma masiva empleadores de determinadas actividades, sectores y/o jurisdicciones provinciales.

Así lo determinó la Resolución 583/2019 del Ministerio de Producción  y Trabajo, que modifica y complementa a la Res. 302/2006, la cual establece la posibilidad del pago de la multa en cuotas. De esta forma, se establece que no se computarán intereses entre la fecha de presentación fehaciente de la solicitud de pago en cuotas y la fecha del acto administrativo que autorice el pago bajo dicha modalidad.

La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares oficializó ( Res. 2/2019 ) el aumento salarial para el personal de casas particulares, el cual se aplicará en tres tramos: 10% retroactivo a junio, 10% en agosto y 10% en noviembre. Para aquellos que trabajan en el sur del país se mantiene el adicional del 25% ( la zona sur comprende las Provincias de La Pampa, Rio Negro , Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires ).

El gremio de camioneros dio a conocer las nuevas escalas salariales que regirán a partir del 1 de julio de 2019.

La primera se pagará junto al recibo de junio y será del 10%. El restante 20% se abonará en los meses de agosto ( 10% ) y noviembre ( 10% ). En febrero de 2020 las partes se volverán a reunir a los efectos de evaluar la necesidad de un nuevo ajuste. Además, se solicitó y acepto un adicional remunerativo por antigüedad que está sujeto a un dictamen técnico de la Asesoría Legal de la Nación para antes del 15 de Julio de este año.

Se suspende desde el 01/01/2019 hasta el 31/12/2019 inclusive, la aplicación de las disposiciones contenidas en el Decreto Nº 814/2001, respecto de los empleadores titulares de establecimientos educativos de gestión privada que se encontraren incorporados a la enseñanza oficial conforme las disposiciones de las Leyes Nros. 13.047 y 24.049.

Así lo entendió el Tribunal Fiscal de la Nación ( TFN ) en una reciente fallo, validando la deducción del gasto en indumentaria formal que efectuare un contador público. La utilización de dicha vestimenta, según el Tribunal,  constituye un capital profesional puesto al servicio de la actividad, y por ende necesaria para la generación de ganancias. Sin embargo, se consideró esencial que los gastos hayan guardado relación con el nivel de ingresos del contribuyente ( en el caso en cuestión, representaban el 1,73% del total de ingresos declarados ).

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