Fundamenta su postura en el carácter no remunerativo de tales pagos, afirmando que no depende contraprestación alguna. Dicho criterio es contrario al sostenido por la CAC (Cámara Argentina de Comercio), la cual había comunicado que si bien el acuerdo no lo menciona expresamente, va de suyo que cuando se trata de trabajadores a tiempo parcial el pago de esta suma fija deberá ser proporcional.
En el Registro se incluirán a los empleadores con infracciones laborales por un plazo máximo de tres años, el cual les impedirá celebrar contratos con el Estado y acceder a los beneficios de la ley. Por otro lado, a los pequeños empresarios (con hasta 5 empleados) se les otorgará una reducción del 50% sobre las contribuciones a la seguridad social en forma permanente. Para empleadores con hasta 80 trabajadores, se establece un beneficio similar (durante 2 años) por las nuevas contrataciones que realicen.
Luego de sancionada la ley de promoción del trabajo registrado y prevención del fraude laboral, la Cámara de Diputados convirtió en ley las modificaciones al régimen general de infracciones laborales (Ley 25.212). Las multas serán proporcionales al salario mínimo y se actualizarán junto a las variaciones del mismo.
Mediante Resolución 626, el Ministerio de Trabajo homologó el acuerdo de comercio con fecha 24/04/2014. Cabe recordar que el básico de convenio se incrementa un 17% a partir de abril y un 10% desde septiembre. También se pactó el pago de dos sumas no remunerativas de $ 1.200 en los meses de julio y noviembre.
Mediante Decreto 467/2014 se aprueba la reglamentación del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares. Se regulan aspectos referidos al trabajo eventual y de temporada, período de prueba, trabajo de adolescentes, jornada de trabajo, formas de pago, vacaciones, reparación y prevención de riesgos del trabajo. Además, se crea sel Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria para el Personal de Casas Particulares.
A continuación pueden consultarse los salarios básicos aplicables al personal panadero de la Capital Federal, Provincia de Buenos Aires y del resto del país. Cabe aclarar que en algunas regiones (Córdoba, Salta, Santa Fe, etc.) pueden acordarse salarios diferentes.
En esta oportunidad, solamente será de aplicación para aquellos empleadores comprendidos en el régimen de sustitución de aportes emergentes de Convenios de Corresponsabilidad Gremial suscriptos en el marco de la Ley Nº 26.377. La prórroga rige desde el 1° de enero hasta el 31 de diciembre de 2014 y se dio a conocer el Boletín Oficial de hoy mediante la publicación del Decreto 232/2014.
La ANSES habilitó hoy una opción en su sitio web, para poder presentar el certificado de escolaridad por Internet. Hasta ahora, la constancia solo podía presentarse de manera presencial en alguna de las delegaciones del organismo, solicitando previamente un turno.
La sanción de clausura será de 3 a 5 días corridos cuando no se haya declarado, como mínimo, a dos trabajadores y cuando existan infracciones previas de cualquier tipo, en los últimos 5 años.
El aumento jubilatorio será del 11,31%. La mínima pasará de $2477 a $2757 y el ingreso medio se elevará de $4316 a $4804. La asignación por ayuda escolar se elevará de $ 170 a $ 510 desde el próximo mes de marzo (200% de incremento).
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