El Ministerio de Trabajo homologó ( Res. 425/16 ) el acuerdo salarial 2016 ( UTHGRA - FEHGRA, CCT 389/04 ) el cual establece un aumento del 34% con carácter remunerativo de agosto a marzo ( 20% hasta enero, 34% desde febrero ) y como no remunerativo en los meses de junio ( 20% ), julio ( 20% ) y enero ( 14% ). En abril, dicho incremento se integrará al básico.
Mediante Decreto 807/2016, publicado en el boletín de hoy, el gobierno nacional publicó los índices de actualización que se utilizarán para calcular las jubilaciones que se otorguen a partir del mes de agosto. El objetivo principal del nuevo decreto es que las futuras prestaciones sean actualizadas en forma justa y razonable, en concordancia con las previsiones de la ley y la jurisprudencia emanada de la Corte Suprema.
Así lo dispuso la Ley 27258, publicada en el boletín oficial de hoy. El feriado es en conmemoración al paso a la inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes.
Se eleva a $ 400 el importe mínimo retención del régimen general ( Res. 1784 ). Además se actualizan los valores de las resoluciones 1769 ( Servicios de investigación y seguridad ) y 2682 ( industria de la construcción ).
Para este año, el aumento es del 33% a pagar en tres tramos en los meses de abril ( 20%), julio (7%) y octubre (6%). El salario mínimo para cada uno de dichos meses será de $ 9.792 (abril), $ 10.363 (julio) y $ 10.852 ( octubre ).
A partir del mes de mayo los monotributistas tendrán derecho a cobrar las siguientes asignaciones: por hijo ( común y por discapacidad ), prenatal y ayuda escolar anual. Quienes tributen en la categoría J o superior quedarán excluidos, con excepción de la asig. por hijo con discapacidad.
Se trata de un pago único ( extraordinario ) que se hará efectivo en este mes ( abril ). Lo percibirán los jubilados y pensionados que cobren la mínima ( $ 4.958,97 ), los beneficiarios de asignaciones universales ( por hijo y embarazo ) , titulares de pensiones no contributivas ( vejez, invalidez, a madres de 7 o más hijos ) y pensiones graciables y veteranos de Malvinas.
Mediante Decreto 592, el gobierno nacional decidió extender el pago durante ciertos períodos en los cuales no se realizan aportes al sistema, como ser: durante el cese de la temporada, trabajo discontinuo, período de excedencia ( y maternidad ), período de conservación del empleo ( por enfermedad y accidente inculpable ) y en ciertos casos de suspensión ( fuerza mayor, trabajadores eventuales ). En todos los casos, es requisito que se registren al menos 3 meses de servicios con aportes o el equivalente a 90 jornadas efectivas de trabajo, dentro de los 12 meses inmediatamente anteriores.
Así lo dispusieron las resoluciones 3845 y 3848 de la AFIP. El nuevo aporte pasa a ser de $ 419, en ambas situaciones, lo cual en el caso de monotributistas representa un incremento del 29,72%. En el caso del personal doméstico, el incremento porcentual es mayor (79,82%), ya que el importe llevaba más tiempo sin actualizar.
La Confederación Argentina de la Mediana Empresa anunció que en el día de hoy se firmó el nuevo acuerdo para empleados de comercio. El mismo contempla un incremento del sueldo básico de un 20% ( por el semestre abril a septiembre ), el pago de dos sumas no remunerativas de $ 1000 en los meses de abril y junio ( se pagará del 1 al 7 de los mencionados meses ) y el pago de un aporte solidario de $ 100 a descontar en el recibo del trabajador.
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