La AFIP oficializó la prórroga para la presentación del formulario 572 web hasta el 21 de abril de 2017 ( vencia el 31/03 ) para el período fiscal 2016. La novedad se dio a conocer mediante la publicación de la Resolución 4023-E/2017. Asimismo, se extiendió el plazo para que los agentes de retención realicen las liquidaciones anuales correspondientes hasta el 31 de mayo de 2017, inclusive.
Se difundió el texto del nuevo acuerdo para empleados de comercio el cual establece un incremento salarial del 20% a pagar en dos tramos del 10% en los meses de abril y julio de este año. Tendrá carácter no remunerativo al solo efecto previsional, por lo cual sobre dichas sumas se pagarán todos los rubros que se liquidan sobre el salario remunerativo ( adicionales, enfermedades, vacaciones, aguinaldo, etc. ). Dichas sumas se incorporarán al básico en los meses de julio y noviembre, respectivamente. Por último, se acordó un descuento de $ 100 mensuales a cargo de los trabajadores y a favor de OSECAC.
Mediante Resolución 4003-E la AFIP sustituyó a la Res. 2437 ( y complementarias ), que establece el Régimen de Retención de Ganancias de 4ta categoría (cargos públicos, trabajadores y jubilados ). Según los considerandos de la res., resulta aconsejable efectuar el ordenamiento, revisión y actualización de las normas vigentes en la materia y agruparlas en un solo cuerpo normativo
A partir del período fiscal 2017 todos los trabajadores y jubilados deberán utilizar en forma obligatoria el Formulario 572 WEB a los efectos de informar las deducciones ( entre otros datos ) que el agente de retención deberá consultar a los fines de efectuar la retención del Impuesto a las Ganancias. También se prorroga, para el periodo fiscal 2016, los plazos de presentación del F 572 web y para que el empleador efectúe la liquidación anual, hasta el 31/03/2017 y el 30/04/2017, respectivamente.
Mediante Resolución 3960, publicada hoy, la AFIP sustituyó y unifico las disposiciones que regulan el sistema web de Declaración en Línea ( Seguridad Social ). No hay cambios, solamente se unifican normas. El sistema resulta obligatorio para aquellos empleadores que registren hasta 300 trabajadores y optativo desde 301 a 350 ( obligatorio si ya estaban obligados por registrar menos personal en periodos anteriores ). Si superan los 350 empleados, deben utilizar el aplicativo SICOSS bajo plataforma SIAp.
El incremento de la deducción especial ( de $ 15.000, VER NOTA ) no podrá exceder el importe de la ganancia neta correspondiente a la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario ( SAC ) del año 2016. Si ya se hubiese efectuado la retención, la misma deberá ser reintegrada por el empleador en el próximo pago de sueldo. En el recibo se deberá identificar como “DEVOLUCIÓN GANANCIAS - DECRETO 1.253/16”.
El Gobierno Nacional decidió otorgar a los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo un subsidio de $ 1000, al cual se adicionará $ 250 por cada hijo, a partir del segundo y hasta el quinto.
Las modificaciones versan sobre: validez de registros y planillas laborales; controles personales; seguridad en el trabajo; cómputo de las indemnizaciones pasadas y embargo de sueldo.
Mediante Decreto 1252/2016 el Gobierno Nacional decidió otorgar para los jubilados y pensionados que cobren la mínima un subsidio de $ 1000 para este mes ( diciembre ). Asimismo, se establece que ( por única vez ), ningún titular de una prestación contributiva podrá percibir, en carácter de haber bruto mensual, una suma menor a $ 6.661,16.
Cargando PDF
( por favor aguarde un momento )