Luego de la reciente prórroga al beneficio de reducción de cargas sociales por nuevos empleos, el gobierno estableció que la plantilla de trabajadores a mantener es la existente al 30 de noviembre de 2011.
Con esta herramienta, la AFIP podrá determinar de oficio la cantidad de trabajadores y los aportes y contribuciones de la seguridad social. En total, ya son 29 las actividades alcanzadas.
El nuevo aumento se pagará con los haberes de marzo. Según la Presidente de la Nación, Cristina Fernández, desde el 2003 a la fecha el haber mínimo jubilatorio creció 1025%.
Mediante Resolución 3246-2012, la AFIP dispuso que se podrá anticipar el otorgamiento del certificado de exclusión, siempre que las circunstancias lo ameriten. Además, se adecuan determinadas referencias normativas.
Las Comisiones Asesoras Regionales, dependientes de la CNTA, se reagruparán y se reducirán en número, pasando de las catorce actuales a sólo seis: Austral, Pampeana, Centro, Cuyo, NOA y NEA. A su vez, se crean las Subcomisiones Asesoras Regionales (Sub. C.A.R.) con jurisdicción provincial y las Unidades Técnicas de Negociación (U.T.N.) que se conformarán para cultivos o producciones específicas que así lo requieran.
En un reciente fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (H. C. Marlyn Jhanel c/ Coto C.I.C. S.A. s/ despido) se determinó que los incrementos salariales otorgados a una empleada de comercio debían incluirse en el cálculo de la indemnización por despido, mas allá de que el acuerdo homologado por el Ministerio de Trabajo le otorgue el carácter de no remunerativo.
Mediante Resolución 1455/2011, el Ministerio de Trabajo de la Nación estableció el procedimiento que deberán seguir los empleadores para solicitar autorización para emitir recibos de sueldo a través de formas electrónicas o digitales, en reemplazo de soporte en papel.
Mediante Resolución 973/2011, el Ministerio de Trabajo homologó los acuerdos salariales 1102/2011, 1103/2011 y 1104/2011 celebrados entre la UNION DE TRABAJADORES DEL TURISMO HOTELEROS Y GASTRONOMICOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA (U.T.H.G.R.A.) por el sector sindical y la FEDERACION EMPRESARIA HOTELERA GASTRONOMICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA (F.E.H.G.R.A.) por el sector empresario.
La nueva ley iguala la situación de los jubilados, pensionados y beneficiarios de planes sociales con el régimen aplicable a los trabajadores privados. La cuenta bancaria no podrá tener límite de extracciones, ni costo alguno en cuanto a su constitución, mantenimiento o extracción de fondos en todo el sistema bancario.
Así lo dispuso el Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE) mediante la Resolución 494/2011, publicada hoy en el Boletín Oficial.
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